20 años de cárcel para la monja Kosaka por abuso sexual de niños en el Próvolo: por qué aún no irá a prisión
Confirmaron que la religiosa japonesa deberá pasar 20 años en prisión por abuso sexual a menores, aunque no irá a una celda. Tampoco podrá salir de Mendoza.

Confirmaron que la religiosa japonesa deberá pasar 20 años en prisión por abuso sexual a menores, aunque no irá a una celda. Tampoco podrá salir de Mendoza.
20 años de cárcel para la monja Kosaka por abuso sexual de niños en el Próvolo: por qué aún no irá a prisión
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La monja japonesa Kumiko Kosaka deberá cumplir una pena de 20 años de prisión tras haber sido condenada por 7 hechos de abuso sexual contra niños sordos y niña sordas en el Instituto religioso Antonio Próvolo. Así lo resolvió el Tribunal Penal Colegiado N°2 de la Justicia de Mendoza luego de la audiencia de cesura celebrada entre este miércoles y jueves. Kosaka había sido condenada por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza a fines de agosto, pero no se había fijado todavía la pena.
El fiscal de la causa, Alejandro Iturbide y los abogados de las víctimas habían pedido 22 años de cárcel e inhabilitación de 10 años para ejercer cargos en albergues educativos o con menores de edad.
22 años de cárcel para la monja Kosaka por abuso sexual de niños en el Próvolo: por qué aún no irá a prisión
Más allá de la condena y de la fijación de la pena, los jueces dispusieron que Kosaka no quede detenida ni en un establecimiento penitenciario ni en prisión domiciliaria. Ello porque la condena no está firme aún (si bien la Corte la condenó, en primera instancia había sido absuelta). No obstante, le prohibieron salir de Mendoza.
El 21 de agosto pasado, el máximo tribunal mendocino había revertido la primera sentencia absolutoria y encontró culpable a Kosaka como autora de cuatro episodios de abuso sexual contra niños y niñas que estudiaban y dormían en el Próvolo -entre ellos abusos sexuales simples y uno gravemente ultrajante-. Además, la condenó como partícipe de otros tres abusos sexuales cometidos por el cura Horacio Corbacho -condenado en el primer juicio-.
La monja Kumiko Kosaka, condenada por abuso sexual a niños en el instituto religioso Próvolo.
Al igual que en su exposición ante la Corte local, los abogados de la monja insistieron durante la audiencia de cesura en la inocencia de la mujer y fundamentaron sus argumentos en la sentencia en primera instancia, aquella que la absolvía en octubre de 2023 y que, precisamente, fue revertida por la Corte mendocina.
En ese sentido, la defensa de la religiosa ya presentó un Recurso Extraordinario Federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el objetivo de que se revise la reciente condena de la Corte.
Entre otros aspectos, los abogados cuestionan que la Suprema Corte provincial haya revertido la absolución que había sido dictada en primera instancia y plantea objeciones sobre la manera en que fueron valoradas las pruebas.
Los jueces Gabriel Bragagnolo, Federico Martínez y Juan Manuel Pina González definieron que la religiosa japonesa cumpla la pena de 20 años de prisión, luego de que la Corte mendocina la condenara por los abusos. No obstante, Kosaka no quedó detenida.
La monja Kumiko Kosaka fue penada a 22 años de cárcel, aunque no irá a prisión mientras la condena no esté firme.
Al haber sido inicialmente absuelta y recientemente condenada por la Corte -de hecho, su situación actual es la de "condenada"-, dicha condena no se encuentra firme. Eso es algo que deberá definir entonces la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, y hasta tanto ello se resuelva, Kosaka no podrá salir del país y deberá reportarse periódicamente ante las autoridades judiciales para que lleven el control de sus movimientos. Y no podrá salir de Mendoza.
Tanto el fiscal Iturbide como los abogados de las víctimas habían solicitado que quedara detenida a partir de hoy mismo, al considerar que, ya con la sentencia en contra, existía riesgo procesal -o de fuga-. Entre sus argumentos, la parte acusatoria destacó que Kosaka tiene pasaporte extranjero, familia afuera del país y no dispone de bienes o familiares en Argentina que le signifiquen un hipotético vínculo.
Incluso, trascendió que Kosaka habría estado -por lo menos- un mes viviendo en Paraguay. Claro que nada se lo impedía ya que, hasta el 21 de agosto pasado. Kosaka había sido absuelta en el Caso Próvolo.
La situación de Kosaka tuvo un giro histórico en agosto de este año. La religiosa había sido absuelta en octubre de 2023, junto con otras mujeres que habían llegado al segundo megajuicio por el Caso Próvolo, acusadas por su presunta participación u omisión frente a los abusos cometidos en el establecimiento.
A diferencia de las otras acusadas, Kosaka tenía también acusaciones como autora de algunos de esos abusos. Aquella decisión de 2023 fue apelada por el Ministerio Público Fiscal y por representantes de las víctimas.
Kosaka fue condenada como autora de abusos sexuales y como partícipe de otros abusos cometidos por uno de los curas ya condenados.
Finalmente, la Suprema Corte de Mendozarevisó el fallo y modificó sustancialmente el escenario. Con una resolución de casi 300 páginas, el mes pasado dictaminó la culpabilidad de Kosaka (como autora -tocamientos- y partícipe de abusos sexuales) y la condenó.
Entre los hechos por los que Kosaka fue condenada como autora, sobresalen abusos sexuales simples, puntualmente tocamientos denunciados por exalumnas durante distintas situaciones vividas en el instituto.
Además, en otro expediente, un exalumno denunció que Kosaka lo tocaba y que también se hacía tocar por él. En este caso, la Corte también la consideró autora del delito.
En cuanto a las participaciones de la monja en abusos cometidos por otras personas, Kosaka fue declarada culpable por la Corte de haberle colocado pañales a una exalumna que había sido abusada sexualmente por Corbacho en un baño. Según denunció la joven oportunamente, la religiosa hizo lo que hizo para ocultar el sangrado que presentaba la víctima tras la violación.
Los curas Corbacho y Corradi y el exjardinero Gómez, condenados como autores de los abusos en el primer megajuicio del Caso Próvolo.
Otro episodio por los que fue condenada la monja involucra a una joven a quien, según la denuncia y cuando era una niña que estudiaba en el Próvolo, Kosaka envió a llevar tortitas a la habitación de Corbacho, donde finalmente fue abusada por el sacerdote.
La resolución de la Suprema Corte también mantuvo una absolución respecto de uno de los hechos que habían sido denunciados, al considerar que no existían elementos suficientes para confirmar esa acusación.
El Caso Próvolo salió a la luz el 25 de noviembre de 2016, cuando Daiana, la primera víctima, denunció los abusos que había sufrido durante su paso por el instituto Antonio Próvolo, ubicado en Carrodilla (Luján de Cuyo).
A partir de aquella denuncia se destapó el aberrante caso y dio inicio a una investigación que terminó reuniendo los testimonios de cerca de 20 niños y niñas sordos que habían estudiado y/o pernoctado en el establecimiento religioso.
El proceso derivó en dos megajuicios. En el primero fueron condenados los sacerdotes Nicola Corradi y Horacio Corbacho, además de los ex trabajadores Armando Gómez y Jorge Bordón. Corbacho recibió una pena de 45 años de prisión, mientras que Corradi fue condenado a 42 años.
En noviembre de 2016 salieron a la luz los primeros detalles del aberrante Caso Próvolo, instituto en el que fueron abusados sexualmente 20 alumnos sordos que estudiaban y dormían en el lugar.
En tanto, Armando Gómez recibió una pena de 18 años, mientras que Jorge Bordón fue condenado a 10 años de prisión.
Esas condenas fueron posterior y respectivamente confirmadas por la Suprema Corte mendocina y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El segundo megajuicio, en tanto. tuvo como protagonistas a Kosaka, a la también monja Asunción Martínez (superiora de Kumiko), la exrepresentante legal Graciela Pascual y otras mujeres que trabajaban en el instituto.
En octubre de 2023, durante el juicio, todas ellas fueron absueltas en primera instancia. Pero en su reciente resolución, la Suprema Corte provincial dejó sin efecto aquella absolución y estableció la responsabilidad penal de Kosaka en los hechos señalados. En tanto, confirmó la absolución de las otras enjuiciadas.
Fuente: Los Andes
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