Acueducto gate: los cuatro delitos por los que denunciaron al fiscal Gómez en la Justicia Federal
La presentación se hizo en la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1 de la Capital Federal, frente a la negativa del funcionario sanjuanino tras el pedido del juez Daniel Rafecas.

Después de que se conociera que la investigación por el Acueducto Gran Tulum abrió un nuevo frente en la Justicia Federal, con la denuncia contra el fiscal Sebastián Gómez, ahora se conocieron detalles sobre la presentación que fue radicada en Comodoro Py. Es que se supo que la defesa del ex presidente de OSSE, Sergio Ruíz, lo denunció por cuatro presuntos delitos vinculados con el ejercicio de la función pública.
Se trata de resistencia o desobediencia a funcionario público, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica; todo ello a raíz de la negativa del funcionario sanjuanino a informarle al juez federal Daniel Rafecas sobre el estado de la causa, por un impedimento procesal, dado que el expediente todavía no se formaliza.
La presentación dio origen a una causa que tramita en la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1, la que habría notificado al representante del Ministerio Público sobre la acción. Según trascendió, el defensor, Nasser Uzair, habría sido quien impulsó la denuncia con el fin de establecer si Gómez incurrió en conductas penalmente relevantes al informar sobre la investigación del Acueducto Gran Tulum ante un requerimiento del Juzgado Federal Nº 1.
La denuncia fue impulsada por Sergio Fabián Ruiz, expresidente de Obras Sanitarias Sociedad del Estado (OSSE) y una de las personas vinculadas a la investigación provincial. El oficio, fechado en octubre y firmado por un prosecretario letrado de la fiscalía federal, solicita que Gómez sea notificado personalmente de la formación de las actuaciones en su condición de denunciado.
El expediente enumera cuatro figuras penales. Aunque el documento confirma las calificaciones legales, no desarrolla en detalle los argumentos de los denunciantes para cada una de ellas.
Resistencia o desobediencia a funcionario público. Es una de las figuras incluidas en la carátula de la causa federal. La investigación deberá determinar si la conducta atribuida al fiscal frente al requerimiento judicial puede encuadrarse en este delito.
Abuso de autoridad. Previsto en el artículo 248 del Código Penal, sanciona determinadas actuaciones de funcionarios públicos que consistan en dictar o ejecutar resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o las leyes, o en no ejecutar las leyes cuyo cumplimiento les corresponde. Su eventual aplicación depende de los hechos concretos que puedan acreditarse.
Violación de los deberes de funcionario público. También incorporada en la carátula, esta figura apunta al incumplimiento de obligaciones propias del cargo público. Para establecer si corresponde, será necesario conocer qué conducta específica se le atribuye a Gómez y cómo se relaciona con sus deberes legales.
Falsedad ideológica. Es la cuarta figura penal consignada en el expediente. En términos generales, el delito contempla la inserción o el hecho de hacer insertar declaraciones falsas en un instrumento público respecto de circunstancias que el documento deba probar. La documentación disponible no precisa qué manifestación concreta del fiscal sería considerada falsa ni cuál sería el instrumento involucrado.
Por ahora, el oficio federal acredita que esas figuras forman parte de la carátula de la causa, pero no permite determinar qué hechos específicos se invocaron para sostener cada una. Tampoco implica que Gómez haya sido declarado responsable de alguno de esos delitos.
El trasfondo de la denuncia está relacionado con la disputa sobre la competencia judicial para investigar el Acueducto Gran Tulum. El juez federal Daniel Rafecas había solicitado información a las autoridades judiciales sanjuaninas luego de que la defensa de Ruiz planteara que el expediente debía pasar a la Justicia Federal.
Gómez respondió que, al no haberse formalizado todavía la investigación penal preparatoria, no podía brindar mayores precisiones sobre los hechos sin comprometer los fines del proceso y las garantías de las personas investigadas. El fiscal sí ofreció una descripción general del objeto de la pesquisa, centrada en presuntas maniobras irregulares relacionadas con la adquisición de tuberías para la obra.
La respuesta provocó cuestionamientos de las defensas y precedió a la denuncia penal presentada en Buenos Aires. Sin embargo, el oficio de notificación no detalla si la supuesta desobediencia, el abuso de autoridad, el incumplimiento de deberes o la falsedad ideológica se vinculan directamente con esa contestación ni cuáles son las pruebas invocadas para sostener las acusaciones.
La denuncia contra Gómez se inscribe en un enfrentamiento judicial más amplio. Las defensas de personas vinculadas a la causa sostienen que la participación de fondos nacionales en el financiamiento de la obra justificaría la intervención federal. En cambio, el abogado y dirigente Marcelo Arancibia, autor de la denuncia original, cuestionó esa estrategia y sostuvo que las presuntas irregularidades investigadas corresponden a una contratación gestionada en el ámbito provincial.
Arancibia calificó la presentación contra los fiscales como una «chicana» y cuestionó que se intente trasladar la discusión a Comodoro Py antes de que la investigación avance en sus instancias procesales. También planteó que las objeciones a la actuación de los representantes del Ministerio Público deben canalizarse por las vías institucionales correspondientes.
La Fiscalía General de San Juan, por su parte, salió en defensa de Gómez y de su colega Francisco Pizarro, y destacó su profesionalidad, independencia y compromiso con la investigación.
Mientras continúa la discusión sobre qué jurisdicción debe intervenir en la causa por el Acueducto Gran Tulum, la denuncia contra Gómez abre una investigación paralela en el fuero federal. Su alcance dependerá de los hechos que se logren establecer y de las decisiones que adopten las autoridades judiciales competentes.
Fuente: Tiempo de San Juan
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