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ARCA actualizó los aportes de autónomos: cuánto habrá que pagar desde agosto

ARCA actualizó los aportes de trabajadores autónomos desde agosto. Los valores parten de $75.402,48 y llegan a más de $330.000

Por Gabriela Loreiro3 min de lectura
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ARCA actualizó los aportes de autónomos: cuánto habrá que pagar desde agosto
ARCA actualizó los aportes de autónomos: cuánto habrá que pagar desde agosto · Foto: Primera Edición

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó los nuevos valores de los aportes personales correspondientes a los trabajadores autónomos, que comenzaron a regir desde el 15 de agosto de 2026 y tendrán impacto en las obligaciones que se abonarán durante septiembre.

La actualización alcanza a trabajadores que realizan actividades económicas por cuenta propia y comprende tanto las categorías generales como aquellas correspondientes a actividades penosas o riesgosas, afiliaciones voluntarias, menores de 21 años, jubilados que continúan en actividad y amas de casa adheridas al régimen especial.

Comparados con los importes vigentes desde el 15 de julio, los nuevos valores representan un incremento cercano al 1,89%. Por ejemplo, la categoría I pasó de $74.003,80 a $75.402,48, mientras que la categoría V aumentó de $325.612,46 a $331.766,54.

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La variación coincide con el 1,89% de movilidad previsional correspondiente a agosto, calculada a partir de la evolución del índice de precios.

Para las categorías mínimas generales, ARCA estableció los siguientes importes mensuales:

En el caso de quienes realizan actividades penosas o riesgosas alcanzadas por un régimen previsional diferencial, los montos son superiores:

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La actualización comprende además otros casos particulares. Las afiliaciones voluntarias y los menores de 21 años tendrán un aporte de $75.402,48.

Para los beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 que ingresen, reingresen o continúen desarrollando una actividad autónoma, el monto será de $63.620,84.

En tanto, las amas de casa que opten por el aporte reducido previsto en la Ley 24.828 deberán abonar $25.919,60.

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El documento oficial incluye además información que no aparece en el artículo de iProfesional: una segunda tabla denominada "Categorías de revista", con valores que van desde la categoría A hasta la J.

Los nuevos importes son:

A: $58.811,72; B: $72.196,60; B': $78.965,04; C: $96.510,49; C': $105.558,35; D: $144.389,82; D': $157.926,37; E: $241.092,46; E': $263.694,88; F: $337.230,06; G: $481.999,36; G': $527.186,80; H: $723.282,80; y las categorías I y J quedaron en $904.811,87.

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El mismo cuadro oficial incorpora además valores específicos para beneficiarios previsionales y amas de casa vinculados con categorías anteriores del régimen.

ARCA también actualizó las rentas de referencia utilizadas para calcular los aportes previsionales. Para agosto quedaron establecidas en $235.632,75 para la categoría I; $329.880,80 para la II; $471.261,36 para la III; $754.017,84 para la IV; y $1.036.770,44 para la categoría V.

En julio, esos mismos parámetros se ubicaban en $231.261,90; $323.761,70; $462.519,74; $740.031,25 y $1.017.538,95, respectivamente.

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El documento oficial incorpora asimismo una actualización vinculada al Decreto 1866/2006 y la Resolución General 2217, llevando el importe allí establecido a $1.697.003,31, otro dato que no aparece en la publicación de iProfesional.

ARCA habilita diferentes alternativas electrónicas para cancelar las obligaciones de los autónomos. Una de ellas es la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP) desde "Presentación de DDJJ y Pagos" o desde la Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA). El pago puede completarse mediante homebanking, redes habilitadas o utilizando un código QR.

En el caso del QR, ARCA informa actualmente entre las billeteras compatibles a Mercado Pago, Cuenta DNI y E-Pagos. También se encuentran habilitados los cajeros de las redes Link y Banelco para el pago de la obligación del mes en curso.

Existen además alternativas mediante tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria y billetera electrónica de ARCA.

Los trabajadores autónomos que cumplan durante todo el año con sus obligaciones en tiempo y forma pueden acceder a un beneficio equivalente al reintegro de una mensualidad.

Para ello, los doce períodos deben haber sido cancelados mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático con tarjeta de crédito. ARCA establece este beneficio para contribuyentes cumplidores.

La categorización dentro del régimen depende de la actividad desarrollada y los ingresos brutos obtenidos durante el año calendario anterior, y ARCA establece además una recategorización anual durante mayo.

Los nuevos valores publicados por el organismo rigen desde el 15 de agosto, por lo que los autónomos deberán revisar su categoría antes de efectuar el próximo pago.

Fuente: ARCA e iProfesional.

Fuente: Primera Edición

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