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ARCA puso la lupa sobre las billeteras virtuales: cuáles son los montos que se informan

Mientras son investigadas en distintos frentes, las plataformas deben informar determinados movimientos y saldos a ARCA cuando se alcanzan los límites fijados por la normativa. El monto varía, según la persona.

Por Redacción Economía3 min de lectura
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ARCA puso la lupa sobre las billeteras virtuales: cuáles son los montos que se informan
ARCA puso la lupa sobre las billeteras virtuales: cuáles son los montos que se informan · Foto: Los Andes

Mientras son investigadas en distintos frentes, las plataformas deben informar determinados movimientos y saldos a ARCA cuando se alcanzan los límites fijados por la normativa. El monto varía, según la persona.

ARCA puso la lupa sobre las billeteras virtuales.

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Mientras las billeteras virtuales están siendo investigadas por las tasas de interés, cobros abusivos, endeudamientos y presuntas conductas anticompetitivas, ahora suman otro motivo de atención: las plataformas deben informar "obligadamente" a ARCA determinados datos de sus usuarios cuando los movimientos o saldos alcanzan los montos establecidos por el organismo.

Según informó Noticias Argneitnas, para las personas humanas el límite vigente es de $50 millones, mientras que para las personas jurídicas es de $30 millones. Cabe mencionar que el régimen no toma como referencia una transferencia aislada, sino los ingresos y egresos acumulados durante el mes y el saldo disponible al último día hábil.

Esto no significa que una transferencia individual por ese importe genere necesariamente una investigación, una multa ni el bloqueo de la cuenta.

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De acuerdo con la información oficial del organismo recaudador, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), las billeteras virtuales o digitales, y otras plataformas alcanzadas por el régimen deben informar cuando se cumple al menos uno de estos parámetros:

Desde el período fiscal abril de 2026, el régimen contempla la información correspondiente a la totalidad de las cuentas que debe reportar cada plataforma para determinar si el usuario alcanza esos límites.

Entre los datos suministrados aparecen la identificación de los titulares y demás integrantes, cantidad de cuentas asociadas, CVU, CBU u otros identificadores, además de los montos totales y tipos de ingresos y egresos y el saldo final mensual.

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La normativa establece que deben contemplarse los movimientos que modifiquen el saldo disponible y sean visibles para el usuario. También incluye información sobre cuentas ofrecidas por terceros cuando son administradas desde la plataforma.

Alcanzar el umbral no significa que ARCA aplique automáticamente una multa, cobre un impuesto adicional o bloquee una billetera virtual. Se trata de un régimen de información mediante el cual determinados datos pasan a ser reportados al organismo.

Una cuestión diferente son los controles que pueden realizar las propias entidades financieras y billeteras. Las plataformas pueden solicitar documentación para justificar el origen de los fondos cuando una operación no resulte compatible con el perfil económico del cliente.

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Entre los documentos que habitualmente pueden servir como respaldo aparecen recibos de sueldo, facturas, comprobantes de ventas de bienes, documentación de préstamos o certificaciones de ingresos, dependiendo del origen del dinero.

Por ese motivo, no existe un único monto por debajo del cual pueda afirmarse que una operación nunca será objeto de una solicitud de información. Los límites de ARCA corresponden al régimen informativo, mientras que los controles internos de las entidades responden a otras obligaciones y criterios.

También hay que considerar las operaciones en moneda extranjera. ARCA establece que deben convertirse a pesos utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación correspondiente al cierre del último día hábil del mes informado.

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Para criptomonedas o monedas digitales se aplica un criterio similar: el valor debe convertirse a pesos tomando la última cotización compradora fijada por el sujeto obligado al régimen al último día del mes.

Así, para un usuario particular de una billetera virtual, el número central actualmente es $50 millones mensuales. Pero superar esa cifra no equivale por sí solo a quedar bajo investigación: lo que activa es la obligación de la plataforma de incluir la información del usuario en el reporte correspondiente a ARCA.

Fuente: Los Andes

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