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ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada

La presentación correspondiente al período fiscal 2025 podrá realizarse hasta el 22 de septiembre. También cambió el vencimiento del primer anticipo de 2026.

Por Agencia NA2 min de lectura
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ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada
ARCA volvió a prorrogar Ganancias: hasta cuándo se podrá presentar la declaración jurada · Foto: Tiempo de San Juan

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a modificar el calendario del Impuesto a las Ganancias y dispuso una nueva prórroga para la presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025.

A partir de la nueva resolución, las personas humanas y sucesiones indivisas tendrán tiempo hasta el 22 de septiembre de 2026 para cumplir con la presentación.

La medida quedó formalizada este martes mediante la Resolución General 5890/2026, publicada en el Boletín Oficial. ARCA justificó la nueva extensión en "razones de administración tributaria" destinadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones.

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El nuevo esquema establece tres fechas que deben diferenciarse:

Es decir que la prórroga anunciada ahora no modifica el vencimiento para pagar el saldo del impuesto correspondiente a 2025, que ya ocurrió a fines de julio.

Lo que se amplía nuevamente es el plazo administrativo para presentar la declaración jurada.

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ARCA ya había prorrogado previamente la presentación.

En julio, mediante la Resolución General 5876, había trasladado el vencimiento hasta el 27 de agosto de 2026, cuando originalmente presentación y pago tenían fecha límite en julio.

Ahora, cuando faltaban apenas dos días para que venciera aquel plazo, el organismo decidió otorgar casi un mes adicional y fijar como nueva fecha el 22 de septiembre.

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La Resolución 5890 también modificó el calendario previsto para el primer anticipo del período fiscal 2026.

Hasta ahora se había establecido un esquema de vencimientos entre el 14 y el 16 de septiembre, según terminación de CUIT. Con la nueva disposición, todos los contribuyentes alcanzados podrán ingresar excepcionalmente el primer anticipo hasta el 24 de septiembre.

La modificación alcanza únicamente a determinadas obligaciones vinculadas con Ganancias.

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ARCA aclaró que no existe una nueva extensión para el Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2025.

En ese caso, tanto la presentación de la declaración jurada como el ingreso del saldo tuvieron como fecha límite el 27 de julio de 2026.

La prórroga beneficia a personas humanas y sucesiones indivisas, tanto aquellas comprendidas en el régimen general como quienes se encuentren adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

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La resolución entró en vigencia este martes 25 de agosto, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial.

De esta manera, quienes todavía no hayan realizado la presentación de Ganancias 2025 cuentan ahora con plazo hasta el 22 de septiembre, mientras que dos días más tarde vencerá el primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026.

Fuente: Boletín Oficial y ARCA.

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Fuente: Tiempo de San Juan

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