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Caputo se habilitó una nueva fuente de financiamiento con el fondo para indemnizaciones

No puso límites para que el dinero del FAL sea invertido en deuda del Estado Nacional pero sí le puso tope a las provincias las que además deberán tener una alta calificación crediticia local.

Por Roberto Pico3 min de lectura
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Caputo se habilitó una nueva fuente de financiamiento con el fondo para indemnizaciones
Caputo se habilitó una nueva fuente de financiamiento con el fondo para indemnizaciones · Foto: La Voz

Cuando el ministro de Economía, Luis Caputo, presentó el programa financiero 2026/2027 se guardó una carta: el flujo de dinero adicional que el Estado nacional tendrá en 2027 por los fondos que generará el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado al pago de indemnizaciones.

La jugada quedó al descubierto este miércoles cuando el Ministerio de Economía dictó la Resolución 1276/2026 que reglamentó la forma en que podrá ser invertido el flujo de dinero que provenga de este instrumento.

El FAL es un esquema de capitalización obligatorio, por el cual las empresas del sector privado van acumulando aportes mensuales en una cuenta a su nombre para financiar compromisos futuros por despido e indemnizaciones.

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Fue creado al amparo de la Reforma Laboral y el Decreto 408/2026 definió que las "Entidades Habilitadas" para la administración, inversión de estos recursos son aquellas sociedades autorizadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a operar a través de Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros constituidos en el país.

Esto implica que las empresas deberán elegir a uno de estos agentes para el manejo de esos fondos.

Las micro, pequeñas y medianas empresas pagan 2,5% de su masa salarial y las grandes empresas el 1%. Pero esto no constituye un aumento del costo laboral, dado que se descuenta de las contribuciones patronales.

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Así el FAL genera dos situaciones: abre una ventana nueva de dinero hacia el mercado financiero y en contrapartida genera una caída de los fondos que se aplican a la seguridad social.

En diferentes oportunidades, el ministro de Economía, Luis Caputo, advirtió que Argentina debe ampliar su mercado de capitales y reducir la dependencia del financiamiento externo.

Los fondos del FAL generarán desde 2027 una masa de dinero que puede ser capturada por el Estado Nacional en un año electoral que no luce sencillo en materia de financiamiento, dada la incertidumbre política que generará.

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Se estima que el FAL puede alcanzar los U$S 4.000 millones, un monto muy apetecible en medio de mercados inquietos.

Para asegurarse tener prioridad en el acceso a ese flujo, Caputo redactó una resolución a su medida: le fijó un límite a la compra de deuda emitida por provincias y municipios, pero no le puso tope a la adquisición del Estado Nacional.

El listado de instrumentos autorizados para conformar las carteras, los cuales deberán estar integrados y ser pagaderos en pesos, además de emitirse y negociarse en mercados locales habilitados son:

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Los topes que deberán respetarse son los siguientes:

Esto significa que sólo un 10% de los fondos podrá ser invertido en instrumentos en dólares. El 90% restante tendrá que estar nominado en pesos y ser pagaderos en pesos.

Pero además del límite Caputo le puso exigentes condiciones a la deuda provincial dado que para invertir en títulos provinciales u obligaciones negociables el valor debe tener calificación AAA, dictado por al menos dos calificadoras locales. Al momento, sólo la Ciudad de Buenos Aires tiene títulos con esa nota. Los siguientes mejor calificados son los de Córdoba y Neuquén con AA.

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La norma comenzará a regir desde noviembre de este año y aún resta la reglamentación más fina de la Comisión Nacional de Valores.

El esquema propuesto por el Gobierno nacional recrea, en parte, algunas de las condiciones que generaron la crisis de 2001. En ese momento, los bancos habían privilegiado el financiamiento al Estado nacional, que al entrar en default no pagó sus obligaciones. En consecuencia, los bancos no pudieron acceder a los fondos necesarios para devolverles los depósitos a los ahorristas, lo cual desató la corrida bancaria.

En este mecanismo, en caso de que las entidades que administran los fondos privilegien la compra de títulos públicos nacionales, una eventual crisis puede desatar una pérdida de los fondos acumulados que ponga en riesgo el pago de las indemnizaciones.

Si bien una eventual crisis nacional arrastraría a las provincias y los municipios y generaría un problema general, los límites al endeudamiento subsoberano sirven como un dique de contención porque en definitiva afectaría a sólo una porción de las inversiones.

Fuente: La Voz

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