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¿Cárcel desde los 14 años? Qué cambia y cómo impacta en Santa Cruz

El nuevo Régimen Penal Juvenil ya alcanza a adolescentes desde los 14 años y reemplaza al sistema que estuvo vigente durante más de cuatro décadas. La reglamentación nacional fue publicada este lunes y Santa Cruz deberá adecuar aspectos judiciales, administrativos y de alojamient…

Por Redacción Nuevo Día6 min de lectura
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¿Cárcel desde los 14 años? Qué cambia y cómo impacta en Santa Cruz
¿Cárcel desde los 14 años? Qué cambia y cómo impacta en Santa Cruz · Foto: Diario Nuevo Día

Desde este fin de semana, un adolescente de 14 a�os puede quedar alcanzado por un proceso penal en Argentina. El nuevo R�gimen Penal Juvenil reemplaz� a la Ley 22.278, que establec�a que quienes no hubieran cumplido 16 a�os no eran punibles, y abri� adem�s un desaf�o concreto para Santa Cruz: adaptar su sistema judicial y sus dispositivos a una poblaci�n que hasta ahora quedaba fuera del r�gimen de responsabilidad penal.

La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero y publicada el 9 de marzo de 2026. Estableci� su entrada en vigencia 180 d�as despu�s de esa publicaci�n, por lo que comenz� a regir el s�bado 5 de septiembre. Este lunes 7, el Gobierno nacional public� adem�s el Decreto 875/2026 con su reglamentaci�n.

El cambio central es la edad: el r�gimen se aplica desde los 14 a�os hasta las cero horas del d�a en que la persona cumple 18, siempre tomando como referencia la edad que ten�a cuando ocurri� el hecho investigado.

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Hasta ahora, la Ley 22.278 establec�a que los menores de 16 a�os no eran punibles y que entre los 16 y 17 a�os exist�an adem�s excepciones seg�n el delito imputado. Esa norma, sancionada en 1980 y modificada en 1983, qued� derogada por el nuevo r�gimen.

Pero la nueva legislaci�n no establece �nicamente prisi�n. Para delitos con penas de hasta tres a�os, y cuando se cumplan las condiciones previstas, la pena de prisi�n debe ser reemplazada por otras sanciones. Tambi�n contempla amonestaciones, restricciones de contacto o circulaci�n, tareas comunitarias, monitoreo electr�nico, reparaci�n del da�o y otras medidas.

Para determinados delitos con escalas superiores a tres y hasta diez a�os, la Justicia tambi�n podr� reemplazar la privaci�n de libertad cuando concurran los requisitos previstos en la ley y no existan, entre otras circunstancias, muerte de la v�ctima o grave violencia f�sica o ps�quica.

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Cuando corresponda una pena privativa de libertad, el r�gimen contempla tres modalidades: domicilio, instituto abierto o instituto especializado de detenci�n. Proh�be las penas de prisi�n o reclusi�n perpetua y fija en 15 a�os el m�ximo de privaci�n de libertad para una persona adolescente.

Tambi�n incorpora mecanismos como mediaci�n penal juvenil, suspensi�n del proceso a prueba y criterios de oportunidad para determinados delitos, con condiciones espec�ficas y participaci�n de la v�ctima.

La aplicaci�n del nuevo r�gimen no depende solamente de jueces y fiscales. Tambi�n exige infraestructura, equipos profesionales, mecanismos de seguimiento y dispositivos de alojamiento especializados, y ah� aparece uno de los principales interrogantes para Santa Cruz.

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La propia Provincia comenz� a trabajar antes de la entrada en vigencia de la ley. El 29 de julio de 2026, representantes del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial conformaron una mesa interinstitucional destinada espec�ficamente a preparar su implementaci�n.

En esa reuni�n, el secretario de Estado de Ni�ez, Adolescencia y Familia, Luis Quiroga, se�al� que ser� necesario realizar modificaciones en el dispositivo provincial existente y anticip� otro punto relevante: Santa Cruz busca avanzar en la creaci�n de un nuevo dispositivo en Zona Norte.

El dato adquiere importancia por la extensi�n territorial de la provincia. Un informe oficial presentado ante la Legislatura hab�a se�alado anteriormente que el centro de alojamiento ubicado en R�o Gallegos era el �nico dispositivo de esas caracter�sticas y recib�a adolescentes provenientes de diferentes localidades cuando exist�a una medida de privaci�n de libertad.

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Con el nuevo r�gimen, la cuesti�n de los lugares de alojamiento toma mayor relevancia. La Ley 27.801 establece que los adolescentes privados de libertad deben permanecer en institutos adecuados y especializados y no deben tener contacto con personas adultas detenidas. Tambi�n exige personal espec�ficamente capacitado.

Esto significa que, ante eventuales casos que involucren a adolescentes de 14 o 15 a�os en Caleta Olivia, Pico Truncado, Las Heras, Puerto Deseado u otras localidades del norte provincial, no alcanza solamente con que la ley permita iniciar un proceso penal. El Estado debe contar con una respuesta institucional compatible con las condiciones exigidas por la normativa.

La Provincia volvi� a referirse al asunto hace pocos d�as. El secretario Luis Quiroga se�al� que la implementaci�n implica especializar a jueces, fiscales y defensores y adecuar y fortalecer los dispositivos de alojamiento.

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La exigencia surge tambi�n de la ley nacional: los procesos deber�n estar a cargo de jueces, fiscales, defensores y organismos con capacitaci�n especializada en justicia penal juvenil.

Santa Cruz ya cuenta con una Direcci�n Provincial del Dispositivo para Adolescentes Infractores a la Ley Penal y durante 2025 realiz� capacitaciones y revisiones de sus modalidades de r�gimen cerrado y libertad restringida. El cambio actual, sin embargo, ampl�a el universo de adolescentes que puede quedar alcanzado y establece nuevos est�ndares que deber�n ser incorporados.

Uno de los cambios menos conocidos es la incorporaci�n de la figura del supervisor. Cada vez que un juez disponga determinadas medidas o penas deber� designar un profesional especializado encargado de acompa�ar, controlar y seguir la situaci�n del adolescente.

Ese supervisor deber� mantener entrevistas semanales, elaborar informes mensuales y trabajar sobre aspectos educativos, familiares, de salud mental o consumos problem�ticos. La legislaci�n establece que las provincias deber�n regular cuestiones vinculadas con su nombramiento, remoci�n y funcionamiento.

La reglamentaci�n publicada este lunes cre� adem�s, en la �rbita del Ministerio de Justicia de la Naci�n, un registro de supervisores y fij� un plazo m�ximo de 180 d�as para realizar la primera convocatoria p�blica para conformarlo definitivamente. Mientras tanto habr� un listado provisorio de profesionales.

El decreto tambi�n cre� un Comit� Interministerial y una Mesa Federal del R�gimen Penal Juvenil, a la que fueron invitadas las provincias para coordinar la implementaci�n. El Ministerio de Justicia qued� como autoridad de aplicaci�n en el �mbito nacional y federal.

Otro aspecto relevante es el lugar de las v�ctimas. La nueva ley contempla asistencia especializada, posibilidad de patrocinio jur�dico en determinados casos y participaci�n voluntaria en procesos de mediaci�n.

Para Santa Cruz todav�a queda una tarea normativa propia. El art�culo 49 de la Ley 27.801 invita expresamente a las provincias a adecuar sus normas procesales penales y administrativas a los principios y garant�as del nuevo r�gimen.

Eso convierte la entrada en vigencia en algo m�s amplio que una simple modificaci�n de la edad de imputabilidad.

Desde ahora, el interrogante provincial pasa por determinar c�mo se organizar� la Justicia para los nuevos casos, qu� adecuaciones necesitar� el actual dispositivo, cu�ndo podr� concretarse el proyectado centro de Zona Norte, c�mo funcionar�n los supervisores y qu� recursos humanos y presupuestarios demandar� el nuevo sistema.

Santa Cruz comenz� ese proceso antes de la entrada en vigencia de la ley, pero la reglamentaci�n publicada este lunes coloca el debate en una nueva etapa: desde los 14 a�os existe responsabilidad dentro del nuevo r�gimen nacional y la Provincia debe contar con la estructura necesaria para poder aplicarlo bajo las condiciones que establece la propia legislaci�n.(Fuente: El Diario Nuevo D�a)

Fuente: Diario Nuevo Día

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