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Casación confirmó las condenas por la trata de una adolescente de 13 años en San Juan

La adolescente fue rescatada en Caucete en 2024, cuando intentaba escapar con su hijo. Ahora, Casación confirmó las penas de 10 años para un matrimonio y su hijo por la trata de la menor.

Por Tiempo de San Juan2 min de lectura
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Casación confirmó las condenas por la trata de una adolescente de 13 años en San Juan
Casación confirmó las condenas por la trata de una adolescente de 13 años en San Juan · Foto: Tiempo de San Juan

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a 10 años de prisión para un matrimonio y su hijo por la trata de una adolescente de 13 años en un caso que tuvo uno de sus momentos clave en San Juan: la joven fue rescatada en Caucete cuando intentaba escapar junto a su hijo.

El Tribunal Oral Federal de San Juan había condenado a los tres en mayo de este año y también había ordenado una reparación económica de $75 millones para la víctima. La defensa apeló la sentencia, pero Casación rechazó los planteos y dejó firmes las penas.

La adolescente había sido captada en Neuquén entre marzo y abril de 2022, cuando tenía 13 años. Según quedó acreditado en la causa, su familia recibió $825.000 para concretar su unión con un joven de 20 años, que además era su primo.

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La llevaron a Santa Fe, donde permaneció bajo el control de la familia hasta diciembre de 2024. Durante ese período fue sometida a explotación sexual y laboral. También era obligada a realizar venta ambulante y, según la investigación, sufrió agresiones físicas y quemaduras con cigarrillos.

El momento que permitió ponerle fin a esa situación ocurrió en Caucete. La joven intentó escapar junto a su hijo, pero fue localizada en una estación de servicio. Una persona que advirtió lo que ocurría llamó al 911 y las cámaras de seguridad permitieron reconstruir la secuencia. La Policía interceptó el vehículo y logró rescatar a la adolescente y al niño.

La víctima había atravesado dos embarazos durante el período de sometimiento. El primero terminó en un aborto espontáneo y en 2024 nació su hijo.

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Al apelar, la defensa sostuvo que no había existido explotación y planteó que la relación había sido consentida, además de pedir que se tuvieran en cuenta prácticas culturales de la comunidad a la que pertenecían los acusados.

Casación rechazó esos argumentos. El juez Daniel Petrone sostuvo que el tribunal había realizado una valoración conjunta de las pruebas y que la condena no se había basado únicamente en el relato de la víctima. También remarcó que las prácticas o tradiciones culturales no pueden justificar la vulneración de derechos fundamentales.

Fuente: Tiempo de San Juan

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