Caso Magalí Morales: seguirán presos los dos policías de San Luis acusados de la muerte de la mendocina
El excomisario Reinaldo Clavero y el exsubcomisario Marcos Ontiveros –acusados de privación ilegítima de la libertad y torturas seguidas de muerte– continuarán detenidos mientras dure la investigación.

El excomisario Reinaldo Clavero y el exsubcomisario Marcos Ontiveros –acusados de privación ilegítima de la libertad y torturas seguidas de muerte– continuarán detenidos mientras dure la investigación.
Imputaron a los cuatro expolicías de San Luis implicados en la muerte de la mendocina Magalí Morales.
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La Justicia de San Luis ordenó que sigan detenidos los dos policías de alto rango acusados por la muerte de la mendocina Florencia Magalí Morales (39), quien murió en una comisaría de la vecina provincia en 2020, durante la pandemia de Covid-19.
La medida –una prórroga de la etapa de Investigación Penal Preparatoria (IPP) por el término de 120 días– fue dictada el viernes por la jueza Natalia Pereyra Cardini durante una audiencia multipropósito, y alcanzó al excomisario Reinaldo Clavero y al exsubcomisario Marcos Ontiveros, ambos imputados por "privación ilegítima de la libertad cometida por funcionario público, torturas seguidas de muerte e incumplimiento de los deberes de funcionario público, todos en concurso real".
Durante la audiencia también se analizó la situación de las dos mujeres policías implicadas en el hecho: la exsuboficial Eugenia Argüello y la exagente Victoria Torres, imputadas por los delitos de omisión de denunciar torturas y omisión o retardo de actos de oficio, sumándole a la primera el incumplimiento de los deberes de funcionaria pública.
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Ambas deberán cumplir con la firma del libro que la Fiscalía lleva a tal fin una vez al mes por el término de 90 días. Por ese mismo plazo deberán cumplir la prohibición para salir de la provincia de San Luis, como así también la de mantener comunicación por cualquier medio con familiares de la víctima.
En la audiencia, la jueza Pereyra Cardini rechazó el pedido de prisión domiciliaria para ambas "por encontrarse neutralizados los riesgos que existieron oportunamente".
En cuanto al pedido de prisión domiciliaria para Clavero, lo rechazó indicando que no se ha realizado el informe socioambiental, no se ha ofrecido una persona para el control del cumplimiento de la medida y, además, porque la ley tampoco prevé este tipo de modalidad para estos casos.
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Por orden del procurador general de la provincia, participaron de forma virtual de la audiencia celebrada en el Juzgado de Garantías N.º 3 de la Segunda Circunscripción Judicial la fiscal titular de la Fiscalía de Género de la 3.ª C. J. y los fiscales de instrucción: César Hugo Salazar Molina y Virginia Palacios.
En tanto que la querella, por la familia Morales, fue representada por los abogados Leyla Chocr y Federico Martín Putelli, y Gerardo Battiston por la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación.
La acusación del Ministerio Público Fiscal sostiene que la muerte de Florencia Magalí Morales no fue un hecho aislado ni espontáneo, sino la consecuencia directa de una serie de decisiones ilegales, abusivas y omisivas adoptadas por personal policial de la Comisaría Nº 25 de Santa Rosa del Conlara el 5 de abril de 2020, en el contexto de las restricciones sanitarias vigentes por la pandemia de Covid-19.
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Los hechos configuraron un proceso de privación ilegal de la libertad, violencia institucional y tortura psicológica que culminó con el suicidio de la víctima dentro de una celda policial.
De acuerdo con la reconstrucción fiscal, el domingo 5 de abril de 2020, entre las 9 y las 19.30 aproximadamente, Morales, de 39 años, salió de su domicilio en la localidad de Santa Rosa del Conlara y se dirigió en bicicleta hacia la comisaría local. Vivía con dos de sus hijos menores y una nieta.
A las 9 fue registrada por cámaras de seguridad en contramano por la calle Santa Rosa de Lima, en dirección a la comisaría. Su intención era encontrarse con un conocido, un cabo de ese destacamento. En ese momento, frente a la dependencia policial se desarrollaba un operativo de control y prevención debido a las restricciones de circulación establecidas por el Decreto Provincial 1823/2020, que regulaba la salida de personas según la terminación del número de DNI.
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Mientras circulaba por la esquina del banco cercano, Clavero, que realizaba tareas de control, le ordenó detenerse por la infracción de tránsito. Según la Fiscalía, Morales no acató la orden, respondió de manera desafiante y continuó su camino hasta ingresar a la comisaría, dejando la bicicleta afuera.
Aproximadamente quince segundos después, Clavero ingresó también al edificio policial y ordenó que se tomaran los datos de Morales y que quedara demorada, argumentando que lo había insultado en público. Una vez dentro de la comisaría, se verificó que el DNI de Morales terminaba en número impar, lo que –según la normativa vigente durante la cuarentena– implicaba que ese día no debía circular.
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En base a ello, el jefe policial decidió iniciar una causa penal por presunta infracción al artículo 205 del Código Penal, que sanciona el incumplimiento de medidas sanitarias. Para avanzar con ese procedimiento, dispuso que el oficial Quiroga se trasladara hasta el juzgado local para buscar a la agente policial Victoria Johana Paola Torres, quien debía cumplir funciones de guardia allí. Las cámaras del Casino Flamingo registraron la salida del móvil policial a las 9.12 y su regreso a las 9.32.
Para la fiscalía, este episodio demuestra la intención deliberada del comisario de retener a Morales en la comisaría pese a que no existía una razón legal suficiente para hacerlo. Como ejemplo de la arbitrariedad del procedimiento, el Ministerio Público señala que un ciudadano que se encontraba en el mismo lugar, con DNI también terminado en número impar, no fue detenido ni demorado.
A las 9.35, una vez presente la agente Torres, el comisario ordenó trasladar a Morales al hospital local para realizar la revisión médica de rutina previa al alojamiento en la celda. La mujer se resistió al traslado, lo que generó un forcejeo en el que intervinieron varios policías, entre ellos Ontiveros y Mansilla. Durante ese episodio, uno de los agentes recibió un rasguño en la mano. A partir de ese incidente, a la imputación inicial se sumaron los delitos de resistencia a la autoridad y lesiones leves.
La fiscalía sostiene que esa reacción de Morales fue consecuencia directa de una detención arbitraria y que el nuevo cargo fue utilizado como argumento para justificar el accionar policial previamente decidido. A las 9.39 fue trasladada al hospital, donde fue examinada por la médica Daniela Fogel a las 9.45. El informe médico indicó que Morales estaba molesta por la situación, pero no presentaba signos de violencia ni alteraciones que justificaran sedación. Solo se constató un hematoma antiguo en el cuello.
Tras regresar a la comisaría a las 9.56, Morales fue alojada inicialmente en la oficina de guardia. Poco después, por orden del comisario, las agentes Torres y María Eugenia Argüello la trasladaron a una celda donde se le realizó una requisa y se le retiraron objetos personales, entre ellos los cordones de sus zapatillas y las llaves de su casa.
La fiscalía describe las condiciones de la celda como extremadamente precarias: un espacio de aproximadamente dos por tres metros, sin iluminación artificial, con un pequeño ventanal en altura, sin mobiliario y con el piso sucio, que había sido previamente orinado por otro detenido.
Desde ese momento, según múltiples testimonios, Morales comenzó a gritar y reclamar que la dejaran salir. Manifestaba preocupación porque sus hijos menores habían quedado solos en su casa.
Testigos presenciales y detenidos que se encontraban en la dependencia declararon que durante toda la jornada la mujer lloró, gritó y pidió asistencia médica. Varias personas señalaron haberla escuchado decir que le faltaba el aire y que le dolía la espalda o el cuello.
Incluso, un ciudadano que fue llevado momentáneamente a la comisaría para presenciar actuaciones administrativas relató haber escuchado esos pedidos de auxilio. La imputación sostiene que, pese a esos reclamos reiterados, Morales no fue trasladada nuevamente al hospital ni recibió atención médica.
Durante la tarde, una amiga de Morales acudió en dos oportunidades a la comisaría. Primero le llevó comida y agua, y luego una mochila con ropa y elementos de higiene, ya que la detenida había manifestado que estaba menstruando. En ese contexto, la agente Torres la trasladó a un baño para que pudiera higienizarse.
Según el relato fiscal, cerca de las 18.30 Morales continuaba gritando y pedía asistencia médica. La agente Torres informó la situación a Argüello, quien a su vez lo comunicó al comisario Clavero. La respuesta del jefe policial fue que ya la trasladarían más tarde.
Un detenido que se encontraba en el patio interno declaró que, en determinado momento, los gritos cesaron repentinamente. Cuando se lo comentó a Clavero, el comisario respondió con un gesto que –según el testigo– evidenciaba alivio porque la mujer ya no gritaba.
Entre las 19 y las 19.30, la agente Argüello se dirigió a la celda para verificar la situación. Al intentar abrir la puerta encontró resistencia y, tras lograr entreabrirla, observó parte del cuerpo de Morales.
Se convocó a Clavero y a otros efectivos, quienes ingresaron a la celda y encontraron a la mujer en el suelo. Ontiveros comenzó maniobras de reanimación cardiopulmonar. Personal del hospital llegó poco después y constató que la víctima ya no tenía signos vitales. Posteriormente, se realizaron varias autopsias y una exhumación del cuerpo. Los especialistas en criminalística concluyeron que el surco en el cuello era compatible con una asfixia mecánica por ahorcamiento sin intervención directa de terceros.
"Florencia Magalí Morales se suicidó, pero esta muerte es imputable a Clavero y Ontiveros, toda vez que ese suicidio fue la consecuencia directa de las torturas psicológicas a las cuales la misma fue sometida", sostuvo Cangelosi.
Según el Ministerio Público, el suicidio fue la consecuencia directa de un proceso de tortura psicológica y trato degradante al que la víctima fue sometida durante aproximadamente diez horas: detención ilegal, encierro en condiciones indignas, falta de asistencia médica pese a reiterados pedidos y una situación de absoluta vulnerabilidad.
La imputación también remarcó que los policías conocían la situación personal de Morales: una mujer en situación de vulnerabilidad social, atravesada por antecedentes de violencia de género y por el reciente impacto emocional de la muerte de una nieta. En ese contexto, la fiscalía entiende que el accionar y las omisiones del personal policial quebraron psicológicamente a la víctima y la llevaron a quitarse la vida dentro de la celda.
Fuente: Los Andes
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