Choque del juez Mattar en Capital: ante el rechazo del resarcimiento, el magistrado tiene la posibilidad de ser sobreseído
El titular del Juzgado de Faltas, ya formalizado por el choque en Avenida Rawson y 9 de Julio, ofreció hasta $600.000 pero no hubo acuerdo ni contraoferta. Frente a la intransigencia, la defensa solicitó aplicar el "criterio de oportunidad". Qué significa esta medida ju…

La causa judicial que tiene como protagonista al juez de Faltas Enrique Mattar, imputado por el siniestro vial ocurrido en la intersección de Avenida Rawson y 9 de Julio, presenta una nueva instancia clave. El proceso penal por lesiones culposas en accidente de tránsito podría quedar en la nada debido a que el motociclista damnificado se niega rotundamente a llegar a una solución alternativa, un paso que el propio Código Procesal Penal de San Juan exige agotar antes de elevar cualquier expediente a juicio.
Según informaron fuentes calificadas, la defensa del magistrado -quien ya se encuentra formalizado por el hecho- intentó destrabar el conflicto mediante la figura de la reparación integral. Para ello, se pusieron sobre la mesa tres ofertas económicas diferentes: primero 400.000 pesos, luego 500.000 y, finalmente, 600.000 pesos. Sin embargo, el damnificado rechazó cada una de ellas. El dato que llamó la atención es que la presunta víctima nunca realizó una contraoferta por el siniestro; simplemente se limitó a expresar su desacuerdo con los montos ofrecidos sin proponer una cifra superadora.
Ante esta situación de bloqueo total y la imposibilidad de acordar un resarcimiento, la defensa de Mattar hizo una presentación formal ante la fiscalía solicitando la aplicación del criterio de oportunidad.
Para entender el contexto de la causa, es fundamental comprender cómo funciona esta herramienta legal en este tipo de delitos. En el derecho procesal penal argentino, y específicamente bajo la Ley Nº 1851-O que rige en la provincia, el criterio de oportunidad es un mecanismo de política criminal que le permite al Ministerio Público Fiscal prescindir total o parcialmente de la persecución penal.
Si bien tradicionalmente rige el principio de legalidad, el cual obliga al Estado a investigar todos los delitos de acción pública, el criterio de oportunidad actúa como una excepción regulada. Su objetivo principal es la racionalización del sistema judicial: busca descongestionar los tribunales y evitar el gasto de recursos estatales en hechos de mínima gravedad, para poder centrar los esfuerzos en delitos de mayor impacto social. El Artículo 35 del Código provincial avala que el fiscal pueda limitar la acción por "insignificancia o mínima culpabilidad" o en delitos culposos.
El pedido de la defensa tiene un sustento fuerte en la baja gravedad del hecho, ya que los informes médicos arrojaron que las lesiones provocadas por el siniestro fueron mínimas, con apenas 7 días de incapacidad en total y 14 días de recuperación. Fuentes judiciales manifestaron a este medio que, ante este tipo de choques con lesiones tan leves, en la gran mayoría de los expedientes se llega a una instancia de resolución alternativa, priorizando que la víctima cobre una reparación integral.
Frente a este escenario, la posibilidad de que Enrique Mattar sea sobreseído no sería algo inusual, pero depende de una secuencia procesal estricta. En primer lugar, el Ministerio Público Fiscal debe evaluar la presentación de la defensa y hacer lugar a la aplicación del criterio de oportunidad, fundamentado en la levedad de las lesiones y la falta de un acuerdo económico por la negativa de la otra parte.
Si el fiscal da el visto bueno a esta medida, la presunta víctima tendrá un plazo legal y perentorio de 60 días para oponerse y mantener la causa viva. Para lograrlo, la única vía que le otorga la ley es convertir la acción pública en privada, lo que lo obliga a constituirse formalmente como querellante.
Llegar a esa instancia y asumir el rol de querellante en una acción privada está lejos de ser un mero trámite administrativo, ya que conlleva un peso procesal y económico para el damnificado. Al aplicarse el criterio de oportunidad, el Estado se retira del caso. Esto implica que la víctima pierde el respaldo del Ministerio Público Fiscal y debe asumir en absoluta soledad el impulso de la investigación. Deberá contratar a un abogado particular de su propio bolsillo, afrontar todos los costos financieros que demande el proceso, encargarse de buscar y producir las pruebas, y sostener la acusación frente al juez. En términos prácticos, el Estado le traslada toda la responsabilidad y el riesgo económico de llevar adelante un juicio.
Finalmente, si transcurren esos 60 días y el damnificado decide no asumir estas pesadas implicancias ni realiza la presentación para convertirse en querellante, los plazos se agotan. Ante esa inacción, la fiscalía solicitará formalmente al juez de Garantías el sobreseimiento definitivo de Mattar por la aplicación del criterio de oportunidad, extinguiendo la acción penal y cerrando el caso.
Fuente: Tiempo de San Juan
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