Choque fatal de Brisa Gallardo en Capital: el debate legal por la "prioridad de paso" en la imputación del conductor
La muerte de Brisa Gallardo tras un siniestro vial abrió un complejo debate en Tribunales. Durante la imputación a Mateo Argüello Medawar (18), la discusión técnica se centró en una incógnita clave: ¿quién tenía realmente el derecho a cruzar? Mirá el video del siniestro.

Los hechos que originaron esta causa judicial ocurrieron el pasado 21 de agosto a las 16:30 horas. Según la reconstrucción, Brisa Gallardo circulaba a bordo de una motocicleta Gilera en sentido Oeste a Este por la Avenida Ignacio de la Roza. Al llegar a la intersección con calle Catamarca, fue impactada por un automóvil Peugeot 3008, conducido de Sur a Norte por Argüello Medawar. Un testigo presencial fue fundamental en esta etapa, ya que relató a las autoridades cómo el auto y la moto chocaron. El resultado fue devastador: Gallardo ingresó al hospital con un traumatismo encéfalo craneano grave. Tras tres días de agonía, el médico legista confirmó su muerte cerebral antes del deceso definitivo, catalogando la causa como una muerte violenta por traumatismo por choque.
El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Iván Grassi y los ayudantes fiscales Pablo Orellano y Agustina Plateo, formalizó la investigación imputando a Argüello Medawar por el delito de homicidio culposo agravado por ser cometido con un vehículo con motor e infracción de tránsito. Para la Fiscalía, el joven actuó con negligencia e incumplió el artículo 41, inciso D, de la ley de tránsito provincial, normativa que regula las excepciones a la prioridad de paso en avenidas.
A partir de esa acusación, la audiencia se transformó en un intenso debate jurídico. La defensa del conductor, integrada por los abogados José Manuel Beltrán y Miguel Rodríguez, planteó un escenario de falta de acción, inconstitucionalidad e ilegalidad. Su argumento se basó estrictamente en la Ley Nacional de Tránsito, la cual establece que la prioridad de paso de quien circula por la derecha es absoluta. Para los defensores, el decreto provincial no está adherido correctamente y aseveraron que no se puede modificar ni agregar una nueva ley a lo que ya está escrito a nivel nacional, advirtiendo que existen fuertes "grises" normativos en esta situación.
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El fiscal Grassi no tardó en refutar esta teoría. Explicó que la propia Ley Nacional de Tránsito, en su artículo 2 referido a la competencia, establece que la autoridad local podrá imponer exigencias diferentes basadas en las circunstancias locales, validando así la normativa provincial. Por su parte, la querella enfatizó que el caso debe formalizarse y no solo subsumirse a la discusión por la prioridad de paso que esgrimió la defensa. Para evitar demoras innecesarias, la parte querellante solicitó un plazo de Investigación Penal Preparatoria (IPP) de 8 meses, exigiendo además que se le quite el carnet de conducir al imputado y no pueda salir del país sin la debida autorización.
Tras escuchar los alegatos, la jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón tomó la palabra para zanjar el debate constitucional. La magistrada indicó que la ley nacional invita a las provincias a adherir, lo que significa que tienen la facultad de regular como deseen. Aclaró que no es evidente la inconstitucionalidad ni hay una falta de facultad de la provincia para reglamentar, señalando que es un caso que hay que estudiar a fondo y un hecho que amerita ser investigado. A su turno, la defensa solicitó que se le quite el inciso tres de las restricciones al imputado, revelando que el joven se encuentra bajo tratamiento psicológico tras el siniestro.
Finalmente, la jueza Chicón resolvió el marco legal del proceso fijando un plazo de investigación de un año, desestimando los ocho meses pedidos por la querella. Como medidas de coerción, el imputado quedó bajo la promesa de someterse al proceso judicial sin entorpecer la investigación, debiendo presentarse una vez al mes en la comisaría más cercana a su domicilio. Asimismo, tendrá que solicitar permiso judicial explícito si desea abandonar el territorio nacional. En una decisión que generó impacto en la sala, la magistrada no hizo lugar a la inhabilitación para conducir solicitada por la parte querellante, por lo que Argüello Medawar continuará con su carnet habilitante mientras avance la causa.
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Choque fatal en Capital: el debate legal por la prioridad de paso y la inminente imputación al conductor
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Fuente: Tiempo de San Juan
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