Concordia se suma a la regulación de monopatines eléctricos
Los vehículos de movilidad personal eléctricos fueron reglamentados en Concordia, tal cual lo habían hecho en Gualeguaychú y Villa Elisa.

Los vehículos de movilidad personal eléctricos fueron reglamentados en Concordia, tal cual lo habían hecho en Gualeguaychú y Villa Elisa.
Foto: UNO/Juan Manuel Hernández
Desde ahora hay una normativa vigente de regulación en la ciudad de Concordia.
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Foto UNO Juan Manuel Hernández
Desde ahora hay una normativa vigente de regulación en la ciudad de Concordia.
Más ciudades de la costa del río Uruguay se suman a la regulación de los monopatines eléctricos, una modalidad que está en alza y que lleva a los municipios a imponer reglas de conductas, debido a la masividad de circulación. Luego de un tiempo de elaboración, esta semana se conoció que la ciudad de Concordia también se sumó a la reglamentación de estos dispositivos, tal cual lo habían hecho con anticipación las localidades de Gualeguaychú y recientemente Villa Elisa.
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Regulan el uso de monopatín eléctrico.
En cuanto a la norma que se impulsó en la Capital del Citrus contempla la denominación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), ya que no solo esté contemplado a monopatines, sino que también encuadra a bicicletas y motos eléctricas con velocidades de entre 5 a 40 kilómetros por hora y que tengan una potencia máxima de 1.500 watts.
Entre los aspectos más destacados de la ordenanza se encuentra la prohibición de circular por áreas peatonales, zonas de acceso restringido, plazas y espacios verdes, así como por cualquier otro sector que la autoridad municipal determine. La normativa estipula los 16 años como edad mínima para conducir, la obligatoriedad del uso de casco, la circulación por la derecha y el principio de alcoholemia cero.
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Además, los usuarios deberán cumplir una serie de requisitos obligatorios, entre ellos el uso de casco protector, el respeto de las normas de tránsito, la circulación por la derecha, la utilización de luces delanteras y traseras en condiciones de baja visibilidad y la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas.
Asimismo, prohíbe la circulación por plazas, parques y peatonales, exige seguro contra terceros y obliga a registrar los rodados de forma gratuita ante el Municipio para la obtención de una oblea identificatoria.
Cabe destacar que la autora del proyecto es la concejal oficialista Silvina Ovelar, quien valoró el trabajo y el aporte de todos los bloques en la redacción de la norma. "El crecimiento sostenido de estos medios de transporte hace necesaria una regulación específica que permita aprovechar sus beneficios como alternativa de movilidad sustentable, garantizando al mismo tiempo la seguridad de los usuarios y de toda la comunidad", expresó.
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La edil mencionó que el registro de cada uno de estos medios de transporte obedece a la identificación del propietario, como también los datos personales del usuario y del vehículo, ya sea marca y modelo, por ejemplo. Mientras que la necesidad de que cuenten con un seguro es si ante un eventual incidente de tránsito puedan generar daños a terceros.
"Queremos aclarar que todo este trámite es gratuito y que, en relación con la simplificación y transparencia en la modernización del Estado, se va a buscar y se va a trabajar para que el registro se centralice en la digitalización lo más pronto posible", indicó.
Cabe destacar que la norma fue acompañada por concejales del bloque Más para Entre Ríos Carolina Amiano, Pablo Bovino y Javier Aguilar (LLA). Por su parte, la edil Yaiza Pessolani Bechet (LLA) manifestó objeciones respecto a la creación del registro y la oblea, ante lo cual la concejal Celeste Fuscado aclaró que la misma será completamente gratuita.
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Vale recordar que hace pocos meses la localidad de Villa Elisa había reglamentado la circulación de monopatines bajo las especificaciones de permitir la circulación en la vía pública a personas mayores de 16 años, sin acompañantes, por ciclovías y bicisendas, mientras que entre las prohibiciones se destacó la de circular por los paseos de las avenidas principales y veredas destinadas al tránsito peatonal.
También Gualeguaychú había permitido la presencia de monopatines en los mismos espacios que las bicicletas, incluyendo bicisendas, ciclocarriles y ciclovías, aunque en este caso la ordenanza también destaca que estará sujeta a posibles multas ante el incumplimiento de la norma, con sanciones de 250 a 500 días-multa, ya sea por la circulación sin casco, sin luces, exceder 30 kilómetros por hora, transportar pasajeros, por lugares no autorizados, conducción a cargo de menor de 16 años (más retención del vehículo), no respetar señales o sujetarse a otro vehículo.
Fuente: UNO Entre Ríos
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