Condenan a los "presta cara" por ser cómplices de la red de falsificaciones de DNI
Se trata de seis personas que concurrieron al Registro Civil de Pocito para aportar sus datos biométricos y permitir la tramitación de DNI a nombre de terceros. Por ello, fueron castigados por intentar usurpar identidades.

La Justicia Federal condenó a los delincuentes bautizados como los "presta cara", luego de confirmar que eran cómplices de la organización criminal que adulteraba trámites de DNI en el Registro Civil de Pocito. En ese contexto, el juez Daniel Doffo, con funciones de Juicio y Ejecución de San Juan N°1, declaró penalmente responsables a Carlos Fabián Prato, Dayana Belén José, Dayana Sol Castro Cajal, Analía Edith Rosales, Flavia de las Mercedes Vargas y Lucas Alfonso González por el delito de falsedad ideológica en grado de tentativa.
La resolución constituye un cierre a la causa que ya había obtenido las condenas para quienes fueron considerados los principales integrantes de la banda dedicada a obtener documentos auténticos mediante la utilización de identidades ajenas. Se trata de Rolando Navarro Saide, señalado como jefe de la organización, y Natalia Castillo, la exencargada del Registro Civil de Pocito que, según la acusación, utilizaba su posición para cargar los trámites irregulares en el sistema.
En este caso, el magistrado analizó específicamente el papel de quienes concurrieron personalmente al Registro Civil de Pocito y aportaron sus fotografías y huellas para que luego se iniciaran trámites de DNI a nombre de otras personas.
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En sus fundamentos, el juez sostuvo que no existía controversia sobre el núcleo de los hechos. Los propios imputados habían reconocido haber concurrido a la Delegación Pocito del Registro Nacional de las Personas y haber aportado sus datos biométricos a la entonces encargada, Natalia Castillo, quien ya fue condenada por su participación en la maniobra. También quedó acreditado que después de esas presentaciones se iniciaron trámites de documentos a nombre de personas diferentes de quienes habían concurrido físicamente al Registro.
Entre los casos analizados, la sentencia determinó que Dayana Sol Castro Cajal concurrió el 8 de abril de 2025 y se inició el trámite de un DNI a nombre de Ailin Camila Ávila; Lucas Alfonso González hizo lo propio el 14 de octubre de 2024 para un documento a nombre de Sebastián Nicolás Alonso; Analía Edith Rosales realizó dos presentaciones, vinculadas a los DNI de Camila Acedo y María Alejandra Acedo.
Por otra parte, concluyó que Carlos Fabián Prato concurrió para que se iniciara un documento a nombre de Roberto Alejandro Alonso; Dayana Belén José, para un DNI a nombre de María Agustina Barbieri; y Flavia de las Mercedes Vargas, para uno a nombre de Romina Paola Bacifaba. En ninguno de estos seis casos los documentos llegaron a emitirse.
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Uno de los principales argumentos de las defensas apuntaba a desligar a los imputados de la maniobra. La explicación era que simplemente habían concurrido al Registro Civil, aportado sus datos biométricos y se habían retirado, sin solicitar un documento a nombre de otra persona ni conocer qué ocurriría después. Sin embargo, el magistrado consideró que esa explicación no resultaba razonable.
Según los fundamentos, no hace falta contar con conocimientos específicos para comprender cómo se inicia un trámite de DNI: una persona concurre a una oficina pública y solicita el trámite correspondiente, aportando los datos necesarios. Además, el juez encontró contradictoria esa explicación con la declaración de Analía Rosales, quien reconoció haber concurrido en dos oportunidades al Registro Civil y haber solicitado su DNI.
Pero el elemento central de la decisión fue el dolo. En ese sentido, el juez Doffo entendió que los imputados sabían que estaban participando de una maniobra destinada a usurpar identidades. Para llegar a esa conclusión valoró que, después de aportar sus datos biométricos, recibieron la denominada "tirilla", un comprobante en el que figuraban el nombre, apellido y número de DNI de la persona cuya identidad se pretendía utilizar. Para el magistrado, ese dato permitía advertir que el trámite no se estaba realizando a nombre de quien se encontraba físicamente en el Registro.
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A eso sumó otra circunstancia que consideró reveladora: ninguno de los imputados concurrió al Registro Civil más cercano a su domicilio, sino que se trasladaron hasta Pocito. Además, todos aportaron domicilios inexistentes o de difícil ubicación, de modo que los documentos fueran devueltos al Registro Civil de Pocito para ser retirados allí.
La investigación estableció, según los fundamentos, que 14 personas intentaron usurpar la identidad de 22 personas y que cinco de ellas lograron concretarlo. Además, los peritos del Renaper explicaron que los controles posteriores son realizados por personas y que cada perito puede revisar entre 200 y 600 trámites durante una jornada laboral.
Cinco de los acusados recibieron penas en suspenso de entre 1 año y 8 meses y 2 años y 2 meses, mientras que Carlos Prato fue condenado a 1 año y 10 meses de prisión efectiva, pena que se unificó con una condena previa y quedó en 3 años y 10 meses.
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Dayana Belén José, Dayana Sol Castro Cajal, Flavia de las Mercedes Vargas y Lucas Alfonso González recibieron 1 año y 8 meses de prisión en suspenso, más multa de $20.000 y costas, por falsedad ideológica en grado de tentativa; mientras que Analía Edith Rosales fue penada con 2 años y 2 meses de prisión en suspenso, más multa de $25.000 y costas, por falsedad ideológica en grado de tentativa en dos hechos
Por su parte, Carlos Fabián Prato recibió 1 año y 10 meses de prisión efectiva, más multa de $20.000 y costas, por falsedad ideológica en grado de tentativa. A este sentenciado, se le revocó una condena anterior de 3 años de prisión en suspenso dictada por la Justicia Federal de Jujuy por una infracción a la Ley de Estupefacientes. Ambas penas fueron unificadas en una pena única de 3 años y 10 meses de prisión, más multa de $20.000 y costas.
El juez también puso especial énfasis en las comunicaciones de los imputados con Rolando Navarro Saide, uno de los principales condenados de la investigación. En particular, destacó el caso de Analía Rosales. La mujer había intentado explicar que sólo se había comunicado con Navarro Saide para gestionar su propio documento porque le habían dicho que podía obtenerlo gratuitamente. Sin embargo, la investigación telefónica registró 185 interacciones entre ambos.
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En una de esas comunicaciones, Rosales preguntó por la demora de "los DNI", en plural, y también aparecieron conversaciones vinculadas a la posibilidad de solicitar préstamos y realizar compras. Para el juez, ese volumen y contenido de las comunicaciones resultaban muy difíciles de compatibilizar con la explicación defensiva.
También descartó su afirmación de que no había firmado los trámites. Al revisar los expedientes administrativos aportados al juicio, constató que existían firmas correspondientes a los dos intentos de obtención de documentos a nombre de personas diferentes.
"Pretender despojar a los imputados de responsabilidad alguna y depositarla enteramente en la condenada Natalia Castillo", sostuvo el magistrado, no resultaba razonable después de analizar la totalidad de la prueba.
Tras la condena a los falsificadores de DNI en el Registro Civil, los "presta cara" y otros cómplices van a juicio
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Fuente: Tiempo de San Juan
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