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Condenaron a Mariela Ramírez a 16 años de prisión por la muerte de su hija Belén

El Tribunal Penal 1 condenó por mayoría a Mariela Ramírez a 16 años de prisión por homicidio agravado por el vínculo

Por Gabriela Loreiro3 min de lectura
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Condenaron a Mariela Ramírez a 16 años de prisión por la muerte de su hija Belén
Condenaron a Mariela Ramírez a 16 años de prisión por la muerte de su hija Belén · Foto: Primera Edición

El Tribunal Penal 1 de Posadas condenó este viernes a Mariela Andrea Ramírez a 16 años de prisión por la muerte de su hija Rocío Belén López, ocurrida en julio de 2013, y dispuso además su inmediata detención. El fallo fue adoptado por mayoría y consideró a Ramírez autora penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo, cometido bajo circunstancias extraordinarias de atenuación, previsto en el artículo 80 inciso 1 del Código Penal.

La decisión marcó así el cierre de un juicio que comenzó con Ramírez acusada de abandono de persona agravado por el vínculo y por el resultado muerte y durante el cual la Fiscalía había reclamado una condena a prisión perpetua por homicidio agravado.

La figura aplicada por el Tribunal contempla que, cuando en un homicidio agravado por el vínculo existen circunstancias extraordinarias de atenuación, la pena puede ubicarse entre ocho y 25 años de prisión, en lugar de la prisión perpetua prevista como regla para el homicidio de un descendiente.

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Además de imponer la pena de 16 años, los jueces resolvieron dictar la prisión preventiva de Ramírez, dejaron sin efecto la medida que hasta ahora le permitía permanecer en libertad y ordenaron su inmediata detención para comenzar a cumplir la cautelar.

Ramírez había llegado y transitado el debate oral en libertad. La causa, iniciada por un hecho ocurrido el 23 de julio de 2013, aguardaba desde 2017 la realización del juicio ante el Tribunal Penal 1.

El Tribunal también rechazó el pedido de exención de prisión presentado por la defensa, que quedó sin efecto práctico frente a la decisión de imponer la preventiva. Una vez que la sentencia quede firme, se ordenará su alojamiento en la unidad penal correspondiente.

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La resolución fue adoptada por los jueces Gustavo Arnaldo Bernie y Miguel Mattos, mientras que Viviana Gladis Cukla votó en disidencia. La magistrada propuso absolver a Ramírez y, en consecuencia, mantenerla en libertad.

El Tribunal dispuso además que los fundamentos completos de la sentencia sean dados a conocer dentro de los próximos diez días hábiles, en una audiencia prevista para las 12 en la sede del TP-1, sobre calle La Rioja 1561.

Rocío Belén López tenía 15 años y padecía síndrome de Rett, una enfermedad neurodegenerativa. En julio de 2013 quedó al cuidado de su madre durante aproximadamente dos semanas, mientras su abuela y una tía -quienes habitualmente se ocupaban de ella- viajaron a Corrientes. La adolescente fue encontrada sin vida en la vivienda de calle Soria donde residía Ramírez. Durante el juicio, testimonios y pericias incorporaron al debate las condiciones en las que se encontraba la adolescente y las circunstancias previas a su muerte.

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El juicio comenzó a principios de agosto y atravesó varias jornadas de declaraciones testimoniales y planteos de las partes. Durante la primera audiencia, el fiscal Vladimir Glinka pidió ampliar la acusación con la que el expediente había llegado al debate y sostuvo que correspondía analizar el caso como un homicidio agravado.

En su alegato final, Glinka solicitó prisión perpetua, al considerar que la muerte de la adolescente debía ser atribuida penalmente a su madre bajo la figura de homicidio agravado por el vínculo y por omisión. Como alternativa, había pedido aplicar el máximo de la escala correspondiente al abandono de persona agravado por el vínculo y seguido de muerte.

La defensa oficial, encabezada por Miguel Ángel Varela, sostuvo en cambio que no existió intención homicida ni abandono y reclamó la absolución de Ramírez. Subsidiariamente planteó una calificación más leve vinculada a una conducta culposa, que consideraba prescripta por el tiempo transcurrido.

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El Tribunal finalmente se apartó tanto de la perpetua solicitada por la Fiscalía como de la absolución pretendida por la defensa: consideró probado por mayoría un homicidio agravado por el vínculo, pero aplicó las circunstancias extraordinarias de atenuación y estableció una pena de 16 años de prisión.

La discusión sobre los argumentos que llevaron a los jueces de la mayoría a esa conclusión -y las razones por las que Cukla sostuvo que correspondía absolverla- quedará completa cuando se conozcan los fundamentos de la sentencia.

Fuente: Primera Edición

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