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Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 11 años

Lo declararon culpable por abuso sexual simple agravado por tratarse de una menor de 13 años y por haber mediado amenazas, en una serie de hechos ocurridos en 2022. El fallo consideró probado que el acusado realizó tocamientos sobre la víctima.

Por F autor3 min de lectura
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Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 11 años
Condenaron a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 11 años · Foto: El Diario de La Pampa

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El Poder Judicial de Santa Rosa condenó a un hombre a tres años de prisión de ejecución condicional por haber abusado sexualmente de una niña de 11 años, en una serie de episodios ocurridos durante 2022. El juez tuvo por acreditado que el acusado realizó tocamientos sobre la menor en reiteradas oportunidades mientras ella visitaba la casa de una familiar y que la amenazó para impedir que revelara lo ocurrido.

La sentencia lo declaró autor del delito de abuso sexual simple de una menor de 13 años mediando amenazas, como delito continuado, y además le impuso reglas de conducta por dos años, entre ellas fijar residencia, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y mantener una prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima.

Según la reconstrucción realizada en el fallo, los hechos ocurrieron cuando la niña tenía entre 10 y 11 años y concurría a jugar a la vivienda de una tía.

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El juez consideró probado que el primer episodio sucedió cuando el imputado salió del baño con una toalla, intentó exhibirle sus genitales y luego la sujetó de una muñeca para tocarle los pechos por encima de la ropa. De acuerdo con la sentencia, también la amenazó diciéndole que la violaría y mataría tanto a ella como a su madre si contaba lo sucedido.

La resolución sostiene que esos episodios se repitieron en distintas ocasiones, en diferentes ambientes de la vivienda, siempre aprovechando momentos en que la niña quedaba sola.

El magistrado señaló que la prueba central fue la declaración de la adolescente mediante Cámara Gesell, respaldada por otros elementos incorporados durante el juicio.

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En la sentencia se destaca que el relato fue coherente, con precisiones sobre el modo, el lugar y las circunstancias de los abusos, y que fue consistente con las declaraciones posteriores brindadas a profesionales que la asistieron y a otros testigos.

El fallo también remarca que, en los delitos contra la integridad sexual cometidos contra niños y adolescentes, es habitual que no existan testigos presenciales ni pruebas directas, por lo que la declaración de la víctima adquiere un valor probatorio central, criterio respaldado por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa.

La investigación comenzó cuando la adolescente le contó lo sucedido a una docente del colegio al advertir ésta que la alumna se encontraba angustiada y llorando.

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La profesora declaró que la joven le manifestó que "la habían tocado" y señaló como autor a la pareja de una familiar. A partir de esa revelación se activó el protocolo escolar correspondiente, se convocó a la madre y posteriormente se radicó la denuncia penal.

Pena en suspenso

Durante el juicio, la Fiscalía y la querella habían solicitado tres años de prisión de cumplimiento efectivo.

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Sin embargo, el magistrado resolvió imponer la misma cantidad de años pero de ejecución condicional. Fundamentó que el condenado no registraba antecedentes penales y que, al tratarse de una primera condena inferior a tres años, no se acreditó la necesidad de un encarcelamiento efectivo para cumplir con los fines preventivos y de resocialización previstos por la legislación penal.

Además de la condena, el hombre deberá cumplir durante dos años las reglas de conducta impuestas por la Justicia y mantener la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio.

Fuente: El Diario de La Pampa

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