Condenaron a un médico de 71 años por matar a balazos al perro Rocko en Santo Tomé
Ramón Virgilio Gómez fue condenado a un año y cinco meses de prisión en suspenso por maltrato animal y tenencia de arma de fuego. El perro había sido baleado en dos oportunidades y murió a comienzos de este año como consecuencia de las graves lesiones sufridas.

El Tribunal Oral y Penal de Santo Tomé, Corrientes, condenó a un médico de 71 años por la muerte de un perro llamado Rocko, en un caso ocurrido en la zona de la Curtiembre y que generó el acompañamiento de agrupaciones animalistas, vecinos y familiares de animales víctimas de violencia.
Según informaron fuentes judiciales, luego de dos jornadas de debate, Ramón Virgilio Gómez fue hallado culpable de los delitos de maltrato animal en concurso real y tenencia de arma de fuego. El tribunal le impuso una pena de un año y cinco meses de prisión en suspenso.
El juicio estuvo a cargo del doctor Francisco Ramos, mientras que la acusación fue sostenida por el fiscal Rural, doctor Martín Leiva.
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Rocko había sido baleado dos veces
De acuerdo con lo establecido en la causa, Rocko fue atacado con un arma de fuego en dos oportunidades. El primer episodio ocurrió en julio de 2025, cuando recibió un disparo en la cabeza y logró sobrevivir.
El segundo ataque se produjo el 24 de diciembre de 2025. En esa oportunidad, el animal sufrió graves lesiones que finalmente provocaron su muerte durante los primeros días de este año.
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Tras conocerse la sentencia, la abogada animalista Liliana Gómez, quien intervino ad honorem en la causa, destacó el alcance del fallo y el acompañamiento recibido durante el proceso.
"No pudiste hablar en los tribunales Rocko, pero tu historia fue escuchada. Tu paso por la Tierra deja una huella imborrable de dignidad y un precedente judicial que salvará a otros animales", expresó.
La letrada también reconoció que la pena generó cuestionamientos entre ciudadanos que consideran insuficiente una condena de prisión en suspenso frente a un hecho de violencia contra un animal.
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En ese sentido, sostuvo que "muchos ciudadanos consideran que la pena es muy baja y que un año sin ir a la cárcel no frena la violencia ni repara el daño causado a Rocko".
Un precedente para otros casos de maltrato
Gómez destacó además el trabajo realizado junto con agrupaciones animalistas, vecinos y familiares de animales víctimas de violencia en distintos puntos de la provincia de Corrientes.
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Según planteó, la persistencia en el ámbito judicial permitió marcar un precedente que podría tener impacto en futuras causas de maltrato animal, incluso dentro de las limitaciones que establece el marco legal vigente.
"Pero sin la Ley 14.346 no sería posible en la provincia de Corrientes", remarcó la abogada, en referencia a la normativa nacional que establece penas para los actos de maltrato y crueldad contra los animales.
La profesional también mencionó otros fallos recientes que, según señaló, contribuyen a consolidar antecedentes judiciales en materia de protección animal.
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En Esquina, indicó, se conoció una condena de un año, mientras que en la ciudad de Corrientes se dictó una pena de dos años de prisión en suspenso por un caso de crueldad animal bajo la modalidad de abuso sexual, también de carácter condicional.
Los distintos fallos vuelven a poner en debate el alcance de las penas previstas para los casos de maltrato y crueldad animal y el reclamo de organizaciones y defensores de los animales por sanciones que consideren acordes con la gravedad de los hechos.
Fuente: El Territorio
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