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Condenaron al hombre que mató a "Tomasito", el caballo de Acha

La jueza de control de General Acha Laura Moscoso Mendieta homologó un acuerdo abreviado, y condenó a Ricardo Daniel Brañas a tres a&ntilde...

Por Redacción3 min de lectura
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Condenaron al hombre que mató a “Tomasito”, el caballo de Acha
Condenaron al hombre que mató a “Tomasito”, el caballo de Acha · Foto: La Arena

La jueza de control de General Acha Laura Moscoso Mendieta homologó un acuerdo abreviado, y condenó a Ricardo Daniel Brañas a tres años de prisión en suspenso por matar a "Tomasito", un caballo de paseo para niños y niñas.

Brañas, de 28 años, fue hallado culpable del delito de abigeato. Además por el mismo tiempo deberá cumplir con reglas de conducta. Entre ellas figuran la de presentarse mensualmente ante el Ente de Políticas Socializadoras; no concurrir al stud "El Remate" ni al domicilio de la damnificada; no mantener ningún tipo de contacto con ella ni con su grupo familiar; y realizar la capacitación sobre Derecho Animal que dicta Instituto de Derecho Animal (Asociación de Abogados de San Martín).

La Justicia dio por aprobado que el 28 de septiembre del año pasado, Brañas ingresó al predio municipal ubicado en la ruta nacional 152, al norte de General Acha. Allí funciona el stud "El Remate". Mediante el uso, presumiblemente de cuchillos, el imputado dio muerte y faenó a "Tomasito", un caballo mestizo de 500 kilos, perteneciente a la familia Quiroga y valuado en 10 millones de pesos.

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Brañas se llevó los dos cuartos, el lomo y el vacío y dejó la cabeza y otros restos. Luego trasladó la carne a pie hacia el domicilio de una persona que estuvo imputada en la causa y posteriormente a su domicilio. En él se secuestraron los cuchillos que habrían utilizado, un par de medias y una mochila con manchas hemáticas, un trozo de carne que sería de un equino, y otro que estaba enterrado en el patio.

El abreviado fue presentado en forma conjunta por el fiscal Héctor López, la defensora oficial Nydia Conde y el acusado, quien admitió la autoría del delito. La damnificada también brindó su consentimiento.

Más allá del reconocimiento efectuado por Brañas, se tuvieron en cuenta –entre otras pruebas independientes– las declaraciones del denunciante y varios testigos, la captura de pantalla del perfil "Cache Brañas" en Facebook, rastros hallados en el lugar del hecho, las conclusiones del allanamiento al domicilio del imputado y un informe técnico de un veterinario.

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"La pena acordada se encuentra dentro de la escala penal prevista para este tipo de delitos, la que no puede ser incrementada por la suscripta", indicó Moscoso Mendieta en el fallo, en alusión al impedimento expreso previsto en el Código Procesal Penal de La Pampa. Respecto a su condicionalidad acotó que "el imputado puede acceder a ella en razón de no contar con antecedentes penales". El delito probado tiene una sanción de dos a seis años de prisión.

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Fuente: La Arena

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