Confirmaron procesamiento para acusada de trata de personas
La Cámara Federal de Posadas confirmó el procesamiento de una mujer acusada de trata de personas con fines de explotación sexual.

La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas resolvió no hacer lugar a la apelación de la defensa de una mujer y confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de la imputada por considerarla coautora responsable de los delitos de "trata de personas en las modalidades de "captación y acogimiento con fines de explotación sexual, agravado por el uso de violencia, amenazas e intimidación, abuso de la situación de vulnerabilidad de la víctima y por haberse consumado la explotación económica de la prostitución ajena", señaló un vocero del caso.
Las autoridades judiciales dieron especial relevancia a la declaración de la víctima, quien relató haber sido captada en Buenos Aires y trasladada a Posadas, donde fue sometida a explotación sexual y laboral. La Cámara valoró la prueba testimonial de la víctima, corroborada por informes psicológicos y otros elementos probatorios.
Los delitos fueron cometidos entre el 10 de octubre de 2018 y agosto de 2019, mientras la mencionada residía en el domicilio ubicado en inmediaciones de las avenidas Tomás Guido y Andresito de Posadas, mediando una situación de violencia contra la mujer, según la resolución judicial. En la causa hay un hombre y su hijo con prisión preventiva, todos oriundos de Misiones. Entre todo lo que describió la víctima en Cámara Gesell, afirmó que la prostituyeron mientras estaba embarazada e incluso poco después del parto. También la habrían forzado a tener contactos sexuales con animales.
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La joven permaneció encerrada bajo llave y vigilada constantemente, de acuerdo a la versión que aportó a la Justicia. Sus captores le habrían impuesto un régimen de servidumbre: tenía que encargarse de todas las tareas del hogar, durante todo el día y sin poder abandonar la casa. Hacía sus necesidades en un balde porque no podía usar el baño y la obligaban a duchas heladas, según relató.
Fuente: Primera Edición
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