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Crecieron más de un 60% los reportes por producción de contenidos digitales de abuso sexual infantil en Córdoba

Son las alertas que llegan del Centro NCMEC a partir de informes de las plataformas digitales. En lo que va del año ya se iniciaron 700 causas un número que superará por mucho el registro de 2025 de 804.

Por Ary Garbovetzky5 min de lectura
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Crecieron más de un 60% los reportes por producción de contenidos digitales de abuso sexual infantil en Córdoba
Crecieron más de un 60% los reportes por producción de contenidos digitales de abuso sexual infantil en Córdoba · Foto: La Voz

La georreferenciación que daba el reporte era El Crispín, una pequeña localidad del departamento Río Segundo, en la provincia de Córdoba. Allí, según la alerta que llegó del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados Sexualmente (NCMEC) de Estados Unidos, se habían subido a redes materiales de abuso y explotación sexual infantil. El aviso, como toda alerta NCMEC, llegó a la Oficina Especializada en Ciberdelitos y Evidencia Digital –Oeced– del Ministerio Público Fiscal (MPF) y tras una investigación liderada por la fiscal Ingrid Vago. El 23 de abril de este año fue detenido G.A.P.V., un hombre de nacionalidad colombiana, que quedó demorado por la producción de contenidos de abuso sexual infantil (ASI) y chantaje, puesto que habría exigido dinero para no difundir los videos.

El hombre sigue detenido y es uno de los casos más recientes que se derivó de un mecanismo de alerta que muestra un comportamiento alarmante: en los últimos años duplica los reportes por víctimas o contenidos generados en Córdoba, que llegan a plataformas de materiales sexuales explícitos con niños, niñas o adolescentes en pantalla.

En respuesta a un pedido de informes de La Voz, el MPF y el Centro de Gestión Estratégica y Estadísticas (CGEE) del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) los reportes NCMEC crecieron de 804 en 2024 a 1.356 en 2025.

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No todas las alertas generan una causa.

El ingreso de estos reportes NCMEC se canaliza a través de un punto nacional, a cargo del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires.

Cada provincia cuenta con puntos de contacto responsables de distribuir los reportes a las fiscalías correspondientes. En Córdoba, es el Oeced. Dentro de esa oficina funciona una Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual y conexos, especializada en reportes nacionales e internacionales, grooming, material de abuso sexual infantil y demás delitos de naturaleza sexual cometidos en entornos digitales.

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"Recibido un reporte que permita presumir la comisión de un delito, la Oeced efectúa una actuación preliminar destinada a examinar y categorizar la información, establecer la posible jurisdicción, determinar si existen víctimas identificadas o en situación de riesgo y advertir la eventual producción o circulación de material de abuso sexual infantil. Asimismo, articula con las áreas especializadas de la Dirección General de Policía Judicial la recopilación y el análisis de la información técnica y las medidas necesarias para la adecuada preservación de la evidencia digital", detallaron en las respuestas a las preguntas de La Voz.

El reflejo de la cantidad creciente de alertas es el aumento de causas por este tipo de delitos:

El dato del año en curso cubre el primer semestre y permite suponer que casi duplicará el registro del año anterior.

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En cada alerta, antes de iniciarse una causa se consultan dos grandes bases de datos:

Esto hace posible detectar si el material analizado ya forma parte de otras causas en distintas partes del mundo. También se puede identificar si pertenece a una serie vinculada a una misma víctima, e incluso conocer el país de origen del contenido, resaltan las fuentes.

Muy pocas investigaciones tienen como punto de inicio un dato local. El grueso de las causas se originan en algún reporte del NCMEC.

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El Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados Sexualmente funciona desde 1984 con el apoyo del gobierno estadounidense y la sociedad civil.

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Una de sus iniciativas más importantes permitió la incorporación del artículo 18 del Título 2258 del Código de los Estados Unidos que obliga a los proveedores de servicios de comunicación electrónica a reportar cuando detectan que un usuario comparte contenido de posible abuso sexual infantil.

Esto es lo que permite la generación de alertas NCMEC en todo el mundo.

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En materia de delitos contra la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes cometidos en entornos digitales, la cooperación internacional se canaliza principalmente mediante la recepción y el tratamiento de reportes provenientes de organismos especializados, entre ellos NCMEC, Interpol y Ameripol, así como a través de requerimientos dirigidos a proveedores nacionales o extranjeros de servicios digitales.

En el país se creó una red nacional operativa las 24 horas, los siete días de la semana, para actuar de manera coordinada ante reportes del NCMEC.

En Córdoba, la Oeced actúa como punto local de la Red 24/7 para la recepción, categorízación y distribución de los reportes NCMEC y como punto único de contacto frente a proveedores internacionales de servicios digitales.

En los casos de Capital, la fiscal que debe intervenir es Ingrid Vago y en el interior cada causa es girada a la fiscalía que corresponde por jurisdicción.

Además de intervenir en causas de producción de contenido ASI, la Oeced tiene otras dos unidades especializadas:

La Voz solicitó información sobre la cantidad de causas derivadas de reportes NCMEC sobre ASI que llegaron a juicio. La respuesta obtenida es algo imprecisa: "En los últimos 3 años del relevamiento pudimos identificar con precisión 14 elevaciones a juicio efectuadas por año, mientras que en lo que va de 2026 (al 31/07) se registran 7. No obstante no es un dato preciso pues la causa puede modificar su tipo de juicio, o bien acumularse a otra investigación; razones por las cuales no podríamos hacer una trazabilidad exacta a fines de informar con precisión el dato cuantitativo", explicaron desde la CGEE y el MPF.

Tampoco se pudieron precisar datos sobre la existencia o no de producción de contenido "snuff", que es como se denomina a la filmación de hechos reales de violencia extrema –como torturas, mutilaciones, agresiones o muertes– para ser difundidos como objeto de consumo o entretenimiento.

Desde las oficinas judiciales explicaron que no es posible conocer si existen o no porque "no se trata de una categoría jurídica uniforme ni de una figura penal autónoma".

"La eventual responsabilidad penal dependerá de los hechos concretos registrados y de la participación que hubiera tenido cada persona en su comisión, producción o difusión. Sin embargo, su producción y comercialización se investiga y penaliza a través del concurso de delitos subyacentes gravísimos: homicidio, tortura, lesiones graves o privación ilegítima de la libertad, en concurso ideal o real con la producción y distribución de material obsceno o abuso sexual de menores; según el caso", precisaron.

Fuente: La Voz

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