De imprimir la Constitución a registros policiales: las 137 leyes que busca derogar Hojarasca IV en Mendoza
La cuar parte de la iniciativa completa la revisión del siglo XX y alcanza leyes que quedaron desactualizadas por cambios tecnológicos, jurídicos y administrativos.

La cuar parte de la iniciativa completa la revisión del siglo XX y alcanza leyes que quedaron desactualizadas por cambios tecnológicos, jurídicos y administrativos.
La nueva etapa revisa leyes sancionadas entre 1991 y 1999. Hay normas desplazadas por la tecnología, otras que cumplieron su objetivo y varias que fueron reemplazadas por legislación posterior.
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El gobierno de Alfredo Cornejo volvió a poner la lupa sobre las leyes que todavía forman parte del ordenamiento jurídico de Mendoza pero que, en los hechos, dejaron de utilizarse hace años. La cuarta etapa de la denominada Ley Hojarasca ingresó al Senado y propone eliminar 137 normas sancionadas durante la década del 90, algunas de las cuales reflejan procedimientos administrativos y tecnologías que hoy resultan difíciles de imaginar.
La iniciativa comprende las leyes generales aprobadas entre 1991 y 1999. Para elaborar el proyecto fueron revisadas 383 normas y se determinó que 137, junto con sus respectivas modificatorias, podían ser derogadas debido al desuso, la obsolescencia tecnológica, el cumplimiento del objetivo para el cual fueron creadas o porque posteriormente fueron reemplazadas por otra legislación.
Entre los ejemplos aparecen desde una ley que establecía la impresión de ejemplares de la Constitución provincial hasta otra que utilizaba las facturas de servicios públicos como mecanismo para distribuir información oficial.
El proyecto fue remitido a la Legislatura con la firma de la vicegobernadora Hebe Casado, en ejercicio del Poder Ejecutivo, y forma parte de un proceso de depuración normativa que ya atravesó otras tres etapas.
Una de las normas incluidas es la Ley 5732, que ordenaba la impresión oficial de la Constitución de Mendoza y de los códigos electorales.
La fundamentación reconoce que se trataba de una herramienta destinada a garantizar el acceso a esa información, pero considera que la obligación de imprimir ejemplares quedó desplazada por los cambios tecnológicos y la disponibilidad digital de las normas.
El Ejecutivo señala además que sostener ese mecanismo implica actualmente un gasto de impresión que perdió la finalidad que tenía cuando la ley fue sancionada. Por ese motivo, propone retirarla formalmente del ordenamiento jurídico provincial.
El caso es uno de los que el Gobierno incluye dentro de las normas alcanzadas directamente por la obsolescencia tecnológica, uno de los criterios utilizados en esta cuarta etapa.
Constitución de Mendoza
Un escenario similar aparece con la Ley 5746, que regulaba la utilización de boletas y facturas de servicios emitidas por el Estado provincial para difundir información.
En la década del 90, esos documentos constituían una vía directa para hacer llegar comunicaciones oficiales a los hogares. Sin embargo, la fundamentación incluida en Hojarasca IV considera que el esquema perdió actualidad frente a la digitalización de los servicios públicos y la aparición de nuevos canales de comunicación.
El proyecto sostiene que actualmente existen otras herramientas para transmitir información a los usuarios y plantea, por ese motivo, la derogación de aquella disposición.
Las dos leyes permiten observar uno de los ejes del trabajo realizado para esta etapa: identificar disposiciones que continuaron formalmente vigentes pese a que las herramientas para las que fueron diseñadas prácticamente desaparecieron o cambiaron de manera sustancial.
No todas las leyes desaparecerían porque hayan quedado tecnológicamente antiguas. En otros casos, la explicación está en que el tema continuó siendo regulado, pero mediante normas posteriores. Es lo que ocurre con la Ley 5956, vinculada con la prohibición de determinados elementos pirotécnicos de uso doméstico.
El proyecto señala que, con posterioridad, Mendoza avanzó con una legislación más amplia sobre la utilización, tenencia, acopio, exhibición, fabricación y comercialización de artificios pirotécnicos y cohetería. De esta manera, la regulación más antigua perdió autonomía y quedó absorbida por el nuevo esquema normativo.
La derogación propuesta, por lo tanto, no supone eliminar la regulación sobre la pirotecnia sino quitar del sistema jurídico una norma cuyo contenido fue alcanzado posteriormente por otras disposiciones.
La vicegobernadora, Hebe Casado, junto al secretario Legislativo, Lucas Faure.
Otro caso incluido en el paquete es la Ley 6081, que regulaba aspectos vinculados con el Registro Público de Detenidos y Aprehendidos por la Policía.
Según la explicación incorporada al expediente, aquel mecanismo fue posteriormente reemplazado y absorbido por sistemas más modernos de registro, búsqueda, localización e identificación de personas. Por ese motivo, el Ejecutivo entiende que la norma perdió vigencia práctica y propone eliminarla del cuerpo legislativo provincial.
La misma lógica alcanza a la Ley 6082, que regulaba el régimen provincial de tránsito y contemplaba cuestiones relacionadas con la circulación vehicular, las licencias de conducir, las infracciones y otros procedimientos administrativos.
Con el paso de los años, Mendoza sancionó nuevas normas sobre la materia. El proyecto considera que ese marco posterior desplazó a la legislación anterior y que mantenerla formalmente vigente contribuye a la superposición normativa que la Ley Hojarasca pretende reducir.
Se trata de otro de los criterios utilizados durante la revisión: una ley puede continuar figurando dentro del ordenamiento aunque, en la práctica, otra norma posterior haya regulado nuevamente el mismo asunto.
El listado también atraviesa políticas públicas características de aquella década. Entre ellas aparecen disposiciones relacionadas con los sistemas de protección antigranizo y distintos programas creados para atender contingencias climáticas.
Una de las leyes analizadas es la 6341, vinculada al sistema antigranizo, mientras que la 6638 creó un programa de investigaciones técnico-científicas relacionadas con contingencias climáticas. En ambos casos, la revisión analiza cómo esas estructuras fueron posteriormente modificadas, reemplazadas o incorporadas a otras políticas y marcos legales.
También se incluyen normas referidas a operaciones financieras, préstamos, garantías, convenios y transferencias autorizadas durante los años 90. En esos casos, la razón para eliminarlas es diferente: fueron leyes creadas para ejecutar una operación determinada y esa operación ya concluyó.
El proyecto menciona, por ejemplo, autorizaciones financieras cuyos plazos vencieron, convenios que fueron ejecutados y operaciones cuya finalidad se agotó décadas atrás. Mantenerlas dentro del ordenamiento no produce actualmente efectos jurídicos concretos.
La revisión de las normas de los años 90 es la más reciente de un proceso que comenzó con las leyes más antiguas de Mendoza. En la primera etapa fueron analizadas 102 leyes sancionadas entre 1896 y 1950 y se propuso derogar 75. La segunda comprendió 172 normas correspondientes al período 1951-1975, de las cuales 91 fueron consideradas susceptibles de eliminación.
Posteriormente, la tercera etapa avanzó sobre 303 leyes aprobadas entre 1976 y 1990 y planteó la derogación de otras 133. Con Hojarasca IV, el período revisado llega hasta 1999: se analizaron otras 383 leyes y se propone eliminar 137.
En total, las cuatro etapas implicaron la revisión de 960 normas provinciales, con 436 propuestas de derogación. La última palabra sobre las leyes incluidas en esta nueva tanda quedará ahora en manos de la Legislatura, donde el proyecto comenzó su recorrido por el Senado.
Fuente: Los Andes
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