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De qué se trata la Resolución del CPE por la pérdida de días de clase en Santa Cruz

La Resolución N° 1962/26, el Gobierno Provincial exige a los equipos directivos y de supervisión reordenar las jornadas de enseñanza perdidas por paros nacionales, fijando pisos estrictos de horas reloj anuales para Nivel Inicial, Primario y Secundario.

Por Redacción Nuevo Día3 min de lectura
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De qué se trata la Resolución del CPE por la pérdida de días de clase en Santa Cruz
De qué se trata la Resolución del CPE por la pérdida de días de clase en Santa Cruz · Foto: Diario Nuevo Día

En el marco del paquete de medidas orientadas a la reorganizaci�n institucional y el fortalecimiento de la gesti�n educativa, la presidenta del Consejo Provincial de Educaci�n (CPE), Lic. Iris Adriana Rasgido, confirm�  d�as atr�s la ratificaci�n de la Resoluci�n N� 1962/26. La medida, anunciada en coincidencia con el lanzamiento oficial del incentivo para docentes concretado la semana pasada, busca blindar el dictado de clases ante las medidas de acci�n directa convocadas a nivel nacional e instituir un control riguroso sobre el cumplimiento efectivo del calendario escolar en todas las escuelas p�blicas y privadas de la provincia de Santa Cruz.

El instrumento legal, dictado en el marco del Expediente N� 696.308-CPE-25 y formalizado el 31 de julio, surge para regular de forma estricta las estrategias de reorganizaci�n pedag�gica que las instituciones deben implementar obligatoriamente ante cualquier suspensi�n o interrupci�n de actividades lectivas.

La Resoluci�n 1962/26 encuadra sus disposiciones en los mandatos fijados por el Consejo Federal de Educaci�n (CFE) e integra las normativas nacionales vigentes en materia de calendario escolar. Espec�ficamente, se ampara en la Ley Nacional N� 25.864 y las Resoluciones CFE N� 94/10, N� 484/24 y N� 508/25, las cuales ratifican la meta de un piso m�nimo irrenunciable de 190 d�as efectivos de clase por ciclo lectivo.

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Asimismo, la normativa retoma los lineamientos federales de ampliaci�n del tiempo escolar y establece con claridad los pisos anuales de horas reloj indispensables para considerar cumplido el a�o lectivo en la provincia:

En su parte resolutiva, el texto normativo firmado por Iris Rasgido y rubricado por la Secretaria General del CPE, Ver�nica Luj�n Mu�oz, establece mandatos directos de cumplimiento obligatorio para todo el sistema educativo santacruce�o:

Art�culo 1� - Obligatoriedad de Reorganizaci�n: Dispone que ante la suspensi�n de actividades que implique p�rdida de d�as de clase y comprometa el calendario, los establecimientos de gesti�n p�blica y privada de todos los niveles y modalidades deben implementar de forma obligatoria estrategias de reorganizaci�n institucional y pedag�gica para recuperar el tiempo de ense�anza perdido.

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Art�culo 2� - Responsabilidad Directiva y Supervisi�n: Determina que la planificaci�n estrat�gica institucional de recuperaci�n es responsabilidad directa de los equipos directivos de cada escuela, debiendo contar con el acompa�amiento, evaluaci�n y autorizaci�n formal de los equipos de Supervisi�n y de las Direcciones Provinciales de Nivel.

Art�culo 3� - Prioridad Pedag�gica y Trayectorias: Exige que las acciones de recuperaci�n prioricen el fortalecimiento de aprendizajes prioritarios y la continuidad de las trayectorias de aquellos estudiantes con mayor riesgo de interrupci�n o desvinculaci�n escolar.

Art�culo 4� - Monitoreo de Resultados: Encomienda a las Direcciones Provinciales de Nivel y Modalidad el seguimiento, monitoreo y elevaci�n de informes peri�dicos sobre el desarrollo y resultados de los planes de recuperaci�n aplicados.

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Art�culo 5� y 6� - Ratificaci�n y Notificaciones: Dispone la elevaci�n de la medida para su ratificaci�n por parte de los vocales del cuerpo del CPE (art. 192 inc. e, Ley 3305) y su notificaci�n masiva a las Secretar�as de Gesti�n, Direcciones de Nivel, Juntas de Clasificaci�n y Direcciones Regionales (Zona Norte, Zona Centro y Zona Sur).

Para garantizar que la normativa no quede reducida a una formalidad administrativa, el Consejo Provincial de Educaci�n dispuso una red de control territorial que involucra a las Direcciones General Regional Zona Norte, Zona Centro y Zona Sur. Ser�n las inspecciones y los equipos supervisivos quienes deber�n fiscalizar en el terreno que cada escuela privada o p�blica elabore su plan de contingencia pedag�gica frente a cualquier d�a de clase perdido por paros o contingencias de cualquier �ndole.

Fuente: Diario Nuevo Día

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