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Deberá mudarse de provincia tras amenazar a su expareja y a vecinos en San Patricio del Chañar

La medida contó con el aval de la jueza de garantías Carina Álvarez y el consentimiento expreso de las tres víctimas. El acuerdo llegó dentro de los términos de una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP).

Por Redacción3 min de lectura
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Deberá mudarse de provincia tras amenazar a su expareja y a vecinos en San Patricio del Chañar
Deberá mudarse de provincia tras amenazar a su expareja y a vecinos en San Patricio del Chañar · Foto: Río Negro

Por Redacción

Deberá mudarse de provincia tras amenazar a su expareja y a vecinos en San Patricio del Chañar. Foto: Cecilia Maletti

El panorama judicial de un hombre imputado por graves hechos de violencia y amenazas en San Patricio del Chañar se resolvió mediante una salida alternativa. El acusado, identificado por sus iniciales A. G. C., aceptó irse de la localidad y mudarse a otra provincia como parte de una serie de pautas de comportamiento que deberá cumplir estrictamente durante un plazo de tres años.

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La resolución se adoptó el pasado viernes durante una audiencia en la Ciudad Judicial de Neuquén. Allí, la fiscal del caso, Eugenia Titanti, junto a la asistente letrada Galia Borelli, presentó los términos de una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP). Esta herramienta procesal se aplica a casos con previsiones de penas inferiores a los tres años de prisión y a personas que carecen de antecedentes penales.

La medida contó con el aval de la jueza de garantías Carina Álvarez y el consentimiento expreso de las tres víctimas.

El imputado fue advertido de que cualquier incumplimiento de las reglas fijadas podría revocar el beneficio y derivar en una pena de prisión efectiva. Durante los próximos tres años, A. G. C. deberá cumplir con el destierro y mudanza fijando domicilio en otra provincia y prohibición absoluta de concurrir a San Patricio del Chañar.

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También se estableció la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con las víctimas, realizar 96 horas de tareas comunitarias, iniciar un tratamiento por consumos problemático y presentarse de forma cuatrimestral ante el organismo de población judicializada de la provincia a la que se mude.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Policía provincial, el agresor cometió dos hechos delictivos diferenciados en los últimos meses.

El primero de ellos ocurrió el 9 de abril de este año, alrededor de las 21:30, en el sector conocido como "La Costa". A. G. C., acompañado por otra persona que no logró ser identificada, increpó física y verbalmente a dos hombres que se encontraban frente a un comercio y los amenazó exhibiendo un arma de fuego. Tras percatarse de la llegada de la policía, intentó huir pero fue detenido.

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El segundo hecho tuvo como víctima a su expareja. El pasado 20 de junio a la madrugada, el imputado irrumpió en la casa de la mujer, le robó un celular y, tras regresar a exigirle un segundo teléfono, la agredió físicamente y la amenazó con un cuchillo.

Volvió a ser detenido por la policía y ese mismo día se le notificó una orden de restricción de acercamiento a menos de 200 metros. Sin embargo, a la medianoche del 23 de junio, el hombre violó la perimetral en dos oportunidades e intentó entrar a la vivienda, lo que obligó a la víctima a activar el botón antipánico para ser auxiliada por los efectivos.

Por estos episodios, la fiscalía le había formulado cargos por los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma (dos hechos), en concurso real con desobediencia a una orden judicial. Con este acuerdo, el acusado evitará la cárcel siempre y cuando no vuelva a pisar la localidad y mantenga una conducta intachable en su nuevo destino.

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El panorama judicial de un hombre imputado por graves hechos de violencia y amenazas en San Patricio del Chañar se resolvió mediante una salida alternativa. El acusado, identificado por sus iniciales A. G. C., aceptó irse de la localidad y mudarse a otra provincia como parte de una serie de pautas de comportamiento que deberá cumplir estrictamente durante un plazo de tres años.

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Fuente: Río Negro

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