Declararon culpable a un curandero por abuso sexual, estafa y extorsión en Corrientes
El Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción unificó los delitos perpetrados entre 2023 y 2024 bajo la figura de concurso real.

Tras deliberar durante un lapso de dos horas, el Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad correntina de Mercedes declaró la responsabilidad penal de un hombre que ejercía actividades de curanderismo, hallándolo culpable de los delitos de estafa, abuso sexual con acceso carnal y extorsión.
El veredicto unánime de los magistrados dio por plenamente acreditado el raid delictivo perpetrado por el imputado principal, cuyas iniciales corresponden a G.N.G., en perjuicio de una mujer de la localidad.
Los jueces determinaron en los considerandos que las maniobras abusivas y defraudatorias se extendieron de forma sistemática en el período temporal comprendido entre octubre de 2023 y enero de 2024, encuadrando los hechos bajo la modalidad técnica de delito continuado y en concurso real, lo que elevará la escala de la futura pena.
La causa penal involucró en el banquillo de los acusados a una segunda persona, identificada bajo las iniciales R.A.R., sobre quien pesaba una imputación original de la fiscalía de investigación como presunta partícipe de la red de engaños económicos.
Respecto a la acusación por el delito de estafa que sostenía el Ministerio Público, el tribunal resolvió por unanimidad absolver de culpa y cargo a R.A.R. La decisión de los jueces se fundamentó estrictamente en la insuficiencia probatoria detectada durante las audiencias de debate para acreditar su participación directa en los engaños patrimoniales primarios, dictándose su absolución sin costas.
Sin embargo, la situación procesal de la mujer se complicó en el tramo final del expediente. Los magistrados determinaron su responsabilidad penal como coautora material del delito de extorsión, dando por probado que participó de forma activa junto al curandero en un evento intimidatorio directo ejecutado en enero de 2024 contra la misma víctima, con el propósito de obligarla a entregar sumas de dinero bajo amenazas.
El tribunal mercedeño explicitó que la sentencia condenatoria fue dictada en estricta observancia de las disposiciones de fondo del Código Penal de la Nación y las normas de forma del Código Procesal Penal de la provincia, resguardando las garantías constitucionales y convencionales asociadas al debido proceso y el principio de inocencia durante las etapas previas.
Tras la lectura de la declaración de culpabilidad en la sala de audiencias, el Tribunal de Juicio dispuso un cuarto intermedio regular de conformidad con los plazos procesales vigentes.
En una próxima audiencia de cesura, las partes —tanto la querella, la fiscalía como las defensas técnicas— expondrán sus alegatos finales respecto a la mensuración del daño para que los jueces den a conocer formalmente el monto de la pena de prisión efectiva que les corresponderá a los dos criminales condenados.
Con información de Tu Mercedes
Fuente: Diario El Litoral
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