Derecho penal juvenil: especialistas destacaron el enfoque educativo y restaurativo
Especialistas analizaron el nuevo régimen nacional y destacaron el enfoque educativo, restaurativo y de reinserción social para adolescentes en conflicto con la ley penal.

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EL DIARIO digital
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El nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley Nacional 27.801, implica un cambio de paradigma en el abordaje de los adolescentes en conflicto con la ley penal y plantea un sistema basado en la responsabilidad individual, la resocialización y la reintegración social. Así lo señalaron el abogado y docente Alejandro Osio y la jueza María Antonella Marchisio, durante una capacitación realizada en el Centro Judicial de Santa Rosa.
La jornada estuvo destinada a operadores judiciales y contó con la participación de autoridades del Poder Judicial, magistrados, fiscales, defensores, abogados y empleados. También se conectaron de manera virtual unos 120 operadores de distintas provincias, entre ellas Tierra del Fuego, Santa Fe y Misiones.
Osio explicó que la nueva legislación nacional establece normas de derecho sustantivo —entre ellas las referidas a penas, condiciones de punibilidad y extinción de la acción—, pero no fija los procedimientos para llevar adelante los procesos judiciales. Esos aspectos quedan bajo la órbita de las provincias, salvo en materia nacional y federal.
En ese marco, destacó la situación de La Pampa, que cuenta desde el 1 de agosto de 2023 con un Procedimiento Penal para Adolescentes establecido por la Ley Provincial 3353. La norma tiene como eje la justicia restaurativa, que busca que la resolución de los conflictos contemple la reparación del daño causado a la víctima y a la comunidad y la asunción de responsabilidad por parte del adolescente.
A partir de la aprobación del nuevo régimen nacional, la Provincia adecuó ese esquema mediante modificaciones a algunos artículos de la Ley 3353 y de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Un cambio de paradigma
Osio definió la nueva legislación como un "cambio de paradigma", al señalar que se pasó de un modelo tutelar a uno basado en la responsabilidad individual.
También puso el foco en la necesidad de adaptar el funcionamiento del sistema a las características propias de los adolescentes. "La primera charla que se tiene con el pibe es de traducción, sea imputado, víctima o testigo. Hay que saber explicarle de qué se trata, qué va a pasar y no se lo debe hacer desde el adultocentrismo", sostuvo.
En ese sentido, remarcó que el abordaje debe contemplar las diferencias entre las distintas edades. "No es lo mismo un adolescente de 14 años, casi un niño, que otro de 17", afirmó.
Osio sostuvo además que el objetivo del sistema juvenil debe estar vinculado con la posibilidad de evitar que el adolescente quede atrapado posteriormente en el sistema penal de adultos. Según señaló, "el 70 por ciento de los adultos que pasan por el sistema penal para adultos antes pasaron por el sistema penal juvenil".
El especialista planteó también que el trabajo judicial no puede limitarse a las actuaciones formales. "Trabajar con los adolescentes es ir al territorio, comunicar diferente, hablar con la persona, con su familia, con el barrio", expresó. Y agregó: "Si queremos cambiar y realmente resocializarlo, pero seguimos mandando una cédula para notificar una resolución, no sirve de nada".
Otro aspecto señalado fue el financiamiento. Osio indicó que la ley nacional contempla una asignación presupuestaria para que Nación y las provincias puedan cumplir con sus disposiciones, incluyendo la incorporación de personal, equipos interdisciplinarios e institutos de detención especializados. Sin embargo, advirtió que ese aspecto no quedó incorporado en la reglamentación de la norma a cargo del Poder Ejecutivo Nacional.
"La Pampa tiene una ley modelo"
Marchisio, jueza sustituta del Tribunal de Impugnación Penal, destacó el desarrollo que tuvo La Pampa en esta materia. "La Pampa tiene una ley modelo", afirmó, y recordó que junto con María Soledad Forte fueron las primeras defensoras oficiales de la provincia en capacitarse específicamente en derecho penal juvenil.
"La lógica del sistema penal juvenil no apunta a castigar, sino a resocializar, a que el adolescente se haga responsable y pueda reintegrarse a la sociedad", sostuvo.
Para la magistrada, ese objetivo exige conocer las circunstancias particulares de cada adolescente. "Desde la primera entrevista con él tenemos que buscar su traje a medida. ¿Qué significa? Saber qué necesita y cuál es la mejor solución para cada caso", explicó.
En esa línea, señaló que para trabajar en la reinserción social resulta necesario conocer "cómo es, dónde vive y cuál es su contexto", además de su entorno familiar.
Marchisio también se refirió al debate generado a partir del fallo de una jueza porteña que declaró inconstitucional la aplicación del nuevo régimen penal juvenil. En ese punto, planteó que una política criminal definida por parte del Ministerio Público Fiscal puede contribuir a evitar situaciones de ese tipo.
Como ejemplo, mencionó a Entre Ríos, donde la Procuración General aprobó un protocolo de actuación penal juvenil que diferencia las intervenciones según las edades —de 14 a 16 y de 16 a 18 años— y establece criterios para el ejercicio de las facultades de oportunidad de los fiscales.
Ese criterio permite al Ministerio Público Fiscal no iniciar, suspender, interrumpir o prescindir de la persecución penal en determinados casos. Entre Ríos estableció, entre otras pautas, un uso amplio de esos criterios cuando los delitos tengan una pena máxima de hasta tres años.
Fuente: El Diario de La Pampa
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