"Desalojo exprés": en cuánto tiempo se podrá pedir desde que el inquilino deja de pagar si se aprueba la Ley de Propiedad Privada
La iniciativa agiliza los trámites judiciales para recuperar inmuebles por falta de pago u ocupación e introduce cambios clave en los plazos legales
DEBATE LEGISLATIVO EN EL CONGRESO
La iniciativa agiliza los trámites judiciales para recuperar inmuebles por falta de pago u ocupación e introduce cambios clave en los plazos legales
El Senado de la Nación avanzó en la última sesión con la media sanción del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada para modificar sustancialmente las reglas que regulan los procesos de desalojo de inmuebles tanto en sectores urbanos como rurales.
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Desde el Gobierno remarcaron que el objetivo central de la normativa radica en "agilizar los procesos judiciales para recuperar inmuebles ocupados ilegalmente o frente a incumplimientos contractuales, fortaleciendo la protección del propietario sin dejar de resguardar a las personas en situación de vulnerabilidad".
El proyecto, que ahora deberá ser debatido y votado en la Cámara de Diputados para convertirse definitivamente en ley, busca acortar los plazos habituales mediante la implementación del procedimiento sumarísimo y la restitución anticipada del bien.
De aprobarse en la Cámara Baja sin modificaciones, la nueva legislación introducirá reformas profundas en el Código Procesal Civil y Comercial:
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Procedimiento sumarísimo: Se agilizan y acortan de manera directa los plazos del proceso de desalojo.


Restitución anticipada: Se habilita la devolución del inmueble al dueño en las etapas iniciales del juicio cuando se acredite la verosimilitud del derecho reclamado.
Foco en ocupaciones ilegales: Se fortalecen las herramientas de las fuerzas de seguridad y la Justicia para intervenir ante tomas o usurpaciones.
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Simplificación de trámites: Se reducen las exigencias burocráticas en las notificaciones y diligencias judiciales.
Mecanismo especial por falta de pago: Se crea un procedimiento específico para celerar la demanda frente al vencimiento del contrato o la mora en el pago del alquiler.
Protección social sin frenar el juicio: Se garantiza la asistencia a menores, personas con discapacidad y adultos mayores mediante la participación de organismos competentes, pero estableciendo que dicha intervención no paralizará en ningún caso el proceso judicial de desalojo.
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Con la sanción de la Cámara Alta, el texto pasa ahora a las comisiones de la Cámara de Diputados. De ser ratificado en el recinto sin cambios, el nuevo marco legal entrará en vigencia tras su promulgación, reconfigurando el mercado de alquileres y la defensa del derecho de propiedad en todo el país.
Fuente: El Esquiú
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