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Desalojo exprés, plazos y expropiaciones: los cambios que impulsa el Senado

Sin el capítulo sobre extranjerización de tierras, la iniciativa de Federico Sturzenegger habilita desalojos rápidos para inmuebles usurpados, limita las indemnizaciones por expropiación y modifica la ley de manejo del fuego.

Por El Territorio3 min de lectura
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Desalojo exprés, plazos y expropiaciones: los cambios que impulsa el Senado
Desalojo exprés, plazos y expropiaciones: los cambios que impulsa el Senado · Foto: El Territorio

El Senado retoma este jueves, a las 14, el debate por el proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, impulsado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. La sesión había quedado en cuarto intermedio el 16 de julio pasado por las diferencias internas del oficialismo en torno al capítulo sobre extranjerización de tierras, que finalmente fue eliminado del texto que se tratará hoy.

La iniciativa ingresó al Congreso el 27 de marzo y desde entonces sufrió más de una docena de modificaciones. Sin los artículos que flexibilizaban la venta de tierras a extranjeros ni los referidos a los barrios populares, la versión acotada que llega al recinto tiene como eje central agilizar el desalojo de viviendas, campos y terrenos usurpados.

Cómo quedarían los desalojos

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El proyecto habilita un desalojo exprés para los casos de inmuebles usurpados o de tenedores precarios. En esas situaciones, el juez podrá ordenar la entrega inmediata del inmueble si el derecho invocado resulta verosímil y mediante caución juratoria.

El magistrado tendrá la potestad de intimar la devolución del inmueble dentro de las 72 horas si así lo solicita el propietario, quien deberá acreditar con prueba documental que es el dueño del terreno, la vivienda o el campo en cuestión.

Para los inquilinos que adeudan el pago de sus contratos, la mecánica es distinta. El propietario deberá notificarlos mediante carta documento y otorgarles un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar la deuda, contados desde la recepción de la notificación. Esa comunicación podrá realizarse en el domicilio consignado en el contrato o por correo electrónico, y deberá indicar con precisión el lugar de pago.

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Si el incumplimiento persiste, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá resolverse en un plazo de diez días hábiles. Además, no podrá negarse a recibir las llaves ni imponer condiciones para aceptarlas, aunque sí podrá dejar asentado por escrito que existen deudas pendientes de reclamo posterior.

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El texto también contempla una protección específica para los sectores más vulnerables. Cuando en el inmueble haya menores o adultos en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención obligatoria a los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar, y disponer un plazo que no supere los diez días para garantizar una alternativa habitacional transitoria, sin que eso frene el proceso de desalojo.

Expropiaciones y manejo del fuego

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En materia de expropiaciones, el proyecto establece que la declaración de "utilidad pública" deberá interpretarse de manera restrictiva, y el Estado tendrá que fundamentar claramente los motivos de esa medida. También fija un tope del 30% para la indemnización por lucro cesante —el texto original no incluía ningún límite— con una tasa de interés equivalente al Índice de Precios al Consumidor más la tasa a treinta días del Banco Nación. La transferencia del bien no podrá concretarse sin el pago previo de la indemnización, aunque el Estado sí podrá solicitar su posesión anticipada. Ante diferencias sobre el valor a pagar, el juez podrá recurrir a un dictamen del Tribunal de Tasaciones de la Nación.

El proyecto también modifica la ley de manejo del fuego. Deroga el artículo que impedía, durante 30 años, cambiar el uso de las superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas. En el caso de los bosques nativos, se mantiene la prohibición de cambio de uso y destino, pero se elimina el plazo de 60 años que había impulsado el diputado Máximo Kirchner.

Por último, la iniciativa habilita la presentación de documentos digitales en los Registros de la Propiedad de todo el país —algo que ya rige en algunas jurisdicciones— y modifica la ley "Pierri" de regularización dominial, para que las familias con posesión pública durante los diez años anteriores puedan acceder a la escritura de su vivienda única.

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El debate llega luego de cuatro postergaciones sucesivas y de tensiones internas dentro de La Libertad Avanza, con diferencias entre Sturzenegger y la senadora Patricia Bullrich —encargada de negociar el texto en la Cámara alta— que demoraron el acuerdo con los bloques aliados hasta último momento.

Fuente: El Territorio

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