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Desarrollo inmobiliario de casi 70 hectáreas en Posadas obtuvo viabilidad ambiental preliminar

Ecología dio viabilidad ambiental preliminar a un desarrollo de 242 lotes en Posadas, con hotel, club hípico y restricciones ...

Por Gabriela Loreiro3 min de lectura
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Desarrollo inmobiliario de casi 70 hectáreas en Posadas obtuvo viabilidad ambiental preliminar
Desarrollo inmobiliario de casi 70 hectáreas en Posadas obtuvo viabilidad ambiental preliminar · Foto: Primera Edición

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables otorgó la viabilidad ambiental preliminar a un desarrollo inmobiliario de gran escala proyectado en Posadas, sobre un predio de casi 69,7 hectáreas, que contempla la construcción de un club de campo, un centro hípico, un hotel y un sector residencial compuesto por 242 lotes. La autorización fue formalizada mediante la Resolución 305, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, y alcanza exclusivamente a la porción del emprendimiento asentada sobre terrenos pertenecientes al interesado.

Según la documentación incorporada al expediente ambiental, el proyecto prevé una población estimada de 968 residentes, además de capacidad hotelera para otras 70 personas, y una superficie aproximada de 8 hectáreas de selva destinada a conservación.

El diseño urbanístico se aparta del trazado tradicional en damero y, de acuerdo con la memoria descriptiva presentada, se estructura sobre una trama adaptada a las pendientes naturales del terreno, con el objetivo de mantener los escurrimientos existentes. Sin embargo, uno de los puntos centrales de la resolución es la ubicación del emprendimiento dentro de la cuenca del arroyo Itaembé, un área alcanzada por normativa provincial de protección ambiental y que incluye sectores con bosques protectores en galería, bosque ribereño y humedales.

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En ese marco, Ecología estableció una serie de condiciones que deberán ser cumplidas durante el desarrollo de la obra y posteriormente en el funcionamiento del complejo. Entre ellas, figura la obligación de no alterar, desviar, rellenar, tapar ni degradar cursos de agua, nacientes o humedales, además de incorporar medidas específicas de protección y conservación de la flora y fauna nativas presentes en el predio.

La resolución también prohíbe la implantación de especies forestales exóticas y obliga al desarrollador a incorporar especies nativas, restaurar sectores eventualmente degradados y aplicar medidas destinadas a reducir procesos de erosión y pérdida de cobertura vegetal.

Otro de los aspectos particulares del expediente está vinculado con la presencia en el área de una tropa de Alouatta carayá, conocida como mono aullador negro y dorado, especie declarada Monumento Natural Provincial. Ecología dispuso que deberán adoptarse medidas específicas para garantizar su protección y que cada familia que adquiera un lote deberá recibir información sobre convivencia responsable con fauna nativa, normativa ambiental y protocolos de actuación ante comportamientos anómalos de los animales.

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Además, el reglamento interno del futuro barrio deberá incorporar obligatoriamente una cláusula sobre el deber de cuidado, protección y conservación de las especies nativas existentes dentro del predio. La autoridad ambiental también exigió la presentación de informes semestrales de seguimiento y cumplimiento ambiental, junto con planes de contingencia, gestión y mitigación durante las diferentes etapas de ejecución.

La resolución incluye además una limitación territorial que puede resultar relevante para el desarrollo integral del emprendimiento. Dos parcelas lindantes al proyecto, que permiten acceso al arroyo Itaembé, pertenecen a la Entidad Binacional Yacyretá y, por ese motivo, quedaron excluidas de la autorización otorgada.

Esos terrenos solo podrían incorporarse si el organismo binacional se expide favorablemente y se acredita formalmente una autorización de uso a favor del desarrollador.

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La documentación señala que esas superficies habían sido afectadas oportunamente por el embalse de la represa y forman parte de un sector directamente vinculado al curso del arroyo. Por este motivo, la viabilidad ambiental concedida por Ecología se limita exclusivamente al área de propiedad acreditada dentro del expediente.

La autorización publicada no implica una habilitación ambiental definitiva, sino una viabilidad preliminar, sujeta al cumplimiento de las condiciones técnicas, ambientales y administrativas establecidas por el Ministerio. Cualquier modificación futura del proyecto deberá ser informada previamente y podrá requerir una nueva evaluación por parte de la autoridad ambiental.

En ese sentido, la resolución establece que el desarrollador deberá mantener comunicación con Ecología durante la ejecución de la obra y cumplir con las medidas vinculadas a protección de fauna, restauración vegetal, manejo de residuos, conservación de humedales y prevención de impactos ambientales.

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La decisión habilita así una nueva etapa administrativa para uno de los desarrollos urbanos de mayor superficie proyectados en Posadas, aunque bajo un esquema de condicionamientos particularmente marcado por su ubicación dentro de una zona de relevancia ambiental.

Fuente: Primera Edición

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