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Desestiman la denuncia contra una fiscal por el supuesto extravío de dólares en un allanamiento

Claudia Salica -junto a su ayudante fiscales y auxiliares policiales- había sido apuntada por dos abogados sanjuaninos, que la responsabilizaron por el faltante de dinero secuestrado en un procedimiento. Sin embargo, la denuncia fundada fue rechazada por la fiscalía pues no se co…

Por Tiempo de San Juan3 min de lectura
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Desestiman la denuncia contra una fiscal por el supuesto extravío de dólares en un allanamiento
Desestiman la denuncia contra una fiscal por el supuesto extravío de dólares en un allanamiento · Foto: Tiempo de San Juan

Una fiscal sanjuanina había sido denunciada -junto a su ayudante fiscal y auxiliares policiales- por el faltante de dólares de una caja fuerte que fue secuestrada, durante un allanamiento. Sin embargo, la UFI de Delitos Especiales desestimó las sospechas por segunda vez. Primero, lo había hecho el fiscal Nicolás Schiattino, quien realizó la investigación preliminar y, ahora, fue el coordinador Iván Grassi quien rechazó el planteo. 

Acorde señalaron fuentes allegadas, la fiscal de la UFI de Delitos contra la Propiedad, Claudia Salica, fue señalada por el supuesto extravío de un poco más de 12 mil dólares, dado que era quien había estado a cargo del procedimiento. Fue por eso que el presunto damnificado, con el patrocinio de los abogados Néstor Roly Olivera y Marcelo Sández Luján, realizó la denuncia contra la funcionaria y los auxiliares del Ministerio Público. 

Pese a lo que sostenían los letrados, la fiscalía concluyó que no existieron irregularidades ni sustracción de dinero durante el allanamiento ejecutado en la vivienda de la denunciante. En primera instancia, lo hizo Schiattino, que fue quien recibió la denuncia. Luego, frente a la apelación de la parte denunciante, fue el coordinador de la UFI el que indagó al respecto y, finalmente respaldó el fallo.

La resolución judicial que Grassi dictó enfatizó que los elementos reunidos desestimaron por completo los planteos vertidos por la querella, sosteniendo que el procedimiento se ajustó estrictamente a los protocolos legales. Señaló la absoluta falta de tipicidad penal y la ausencia de indicios objetivos que sostengan la presunta desaparición de las divisas.

Desde el Ministerio Público se remarcó que las alegaciones sobre la existencia de un monto superior se basaron únicamente en registros contables de carácter privado y unilateral, los cuales carecen del peso probatorio necesario para enervar la presunción de autenticidad y fe pública que ampara a las actas firmadas por las autoridades intervinientes.  

A su vez, las declaraciones testimoniales de dos testigos civiles independientes resultaron determinantes para desacreditar cualquier maniobra subrepticia. Ambos civiles, convocados formalmente en la vía pública para presenciar la medida en el inmueble, ratificaron bajo juramento que el cofre de seguridad fue manipulado a corta distancia y a la vista de todos. Según sus testimonios, el dinero hallado fue reingresado de inmediato a la caja, procediéndose a su faja de resguardo y firma en el propio lugar del procedimiento.  

Otro de los argumentos clave se fundó en la preservación ininterrumpida de la cadena de custodia y la transparencia del posterior acto formal de apertura en sede judicial. La diligencia de recuento, llevada a cabo en las oficinas de la UFI, contó con registro fílmico continuo y la presencia activa del abogado defensor y familiares de la damnificada. En dicho procedimiento se comprobó que los sobres y las llaves se mantenían intactos, arrojando un conteo coincidente con lo efectivamente resguardado durante el operativo original.  

Finalmente, el escrito desestimó que la incorporación posterior de la firma de la fiscal en las copias digitales del acta constituya una anomalía o un delito, dado que su presencia física en el lugar fue constatada de manera indudable por las cámaras y los testigos. De este modo, la resolución subrayó que accionar penalmente contra magistrados y policías basándose en simples discrepancias personales atenta contra el principio de intervención mínima del derecho penal y el estado constitucional de inocencia de los funcionarios públicos. 

Fuente: Tiempo de San Juan

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