Diputados aprobó la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de San Luis
La iniciativa establece los temas que podrá debatir la Convención Constituyente, tras ser aprobada por 30 votos contra 13 en Diputados.

La Cámara de Diputados de San Luis aprobó este miércoles, con 30 votos a favor y 13 en contra, el proyecto que declara la necesidad de una reforma parcial de la Constitución provincial. La iniciativa, impulsada por el Ejecutivo de Claudio Poggi, ya tenía media sanción del Senado y ahora habilita la convocatoria a una Convención Constituyente.
El proyecto establece los temas sobre los que podrá avanzar la Asamblea. El esquema contempla la modificación de 23 artículos, la incorporación de otros 23 y la creación de cuatro nuevos capítulos.
La Convención Constituyente estará integrada por 52 convencionales, que serán elegidos en las próximas elecciones provinciales generales.
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Durante el debate, la diputada Fabiana Zárate, miembro informante del proyecto, sostuvo que el objetivo central es limitar la concentración de poder.
"El objetivo transversal de la propuesta de reforma es la limitación del poder, que se relaciona con el fortalecimiento de las instituciones, evitar la perpetuidad en el poder y, fundamentalmente, posibilitar la alternancia y la presentación de cuadros dirigenciales que accedan efectivamente a los cargos públicos", afirmó.
Uno de los cambios centrales que podrá discutir la Convención es la modificación del artículo 147 de la Constitución, para establecer la prohibición de una nueva reelección después de dos períodos, sean consecutivos o alternados.
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La propuesta establece además que el mandato correspondiente al período 2023-2027 será considerado como el primer mandato a los efectos de esa limitación.
El proyecto también habilita la incorporación del balotaje para gobernador y vicegobernador.
La reforma también apunta a modificar el calendario electoral de la provincia. La propuesta establece que los diputados y senadores provinciales pasarían a renovarse en su totalidad cada cuatro años, en elecciones coincidentes con las de gobernador y vice.
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Para concretar ese cambio, se contempla una cláusula transitoria que extendería hasta 2031 los mandatos de los legisladores elegidos en 2025, que originalmente terminan en 2029.
A partir de 2031, ambas cámaras tendrían renovación total cada cuatro años. El mismo criterio se aplicaría a los Concejos Deliberantes, que renovarían todos sus integrantes en coincidencia con las elecciones provinciales.
De esta manera, la reforma busca eliminar las actuales elecciones legislativas de medio término.
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El período de sesiones ordinarias de la Legislatura también se modificaría: comenzaría el 15 de marzo y finalizaría el 31 de diciembre.
Otro de los principales ejes de la reforma es la estructura del sistema judicial.
El proyecto habilita la separación del Ministerio Público del Poder Judicial y propone una organización con dos autoridades principales: una Defensoría General y una Procuración General.
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También se prevé la creación de un Consejo del Ministerio Público, que intervendría en la selección de integrantes de las categorías inferiores del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.
A esto se sumaría un Jurado de Destitución propio para ese ámbito.
La reforma también contempla modificaciones en el Consejo de la Magistratura. Entre ellas, la incorporación de representantes de la academia y del Senado.
El organismo deberá elaborar un orden de mérito a partir de concursos de antecedentes. La terna que eleve al Poder Ejecutivo tendrá carácter vinculante, aunque el gobernador podrá apartarse del orden establecido por motivos fundados.
El proyecto también habilita cambios en las condiciones para acceder y permanecer en cargos judiciales.
Los magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público deberán permanecer al menos cuatro años en el cargo antes de acceder a nuevas funciones.
Además, se elevará de tres a cinco años la exigencia de ejercicio profesional o desempeño en determinadas funciones judiciales para acceder a la magistratura.
La reforma también establece un límite de 75 años para los integrantes del Poder Judicial, el Ministerio Público y el Tribunal de Cuentas.


Al alcanzar esa edad, podrán continuar en sus cargos mediante una nueva designación, con acuerdo del Senado y a propuesta del Poder Ejecutivo.
La disposición no afectará a quienes ya se encuentren en funciones al momento de entrada en vigencia de la reforma. Para ellos se mantendrán las condiciones de inamovilidad previstas en la Constitución actual.
La reforma también habilita modificaciones en la composición del Tribunal de Cuentas.
Dos de sus integrantes, designados por la Asamblea Legislativa, deberán ser propuestos uno por la mayoría y otro por la primera minoría. Si esto no fuera posible, uno corresponderá a la primera minoría y otro a la segunda.
También se ampliaría el grupo de funcionarios que pueden ser sometidos a juicio político.
La lista incluiría a los integrantes del Superior Tribunal de Justicia y del Tribunal de Cuentas, el Defensor General, el Procurador General, el Fiscal de Estado, el Contador General y el funcionario técnico responsable del área de Agua.
Otro de los cambios habilitados es la incorporación del agua como derecho humano y recurso estratégico dentro de la Constitución.
Su administración quedaría a cargo de un funcionario técnico con acreditada idoneidad, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.
El cargo tendría una duración de cinco años.
La Convención también podrá discutir la incorporación de capitales alternas en distintas localidades de San Luis.
Las localidades serán determinadas por una ley especial de la Legislatura. Cuando el Poder Ejecutivo y su gabinete se constituyan allí, esa localidad será considerada capital provincial durante ese período.
La reforma constitucional también incorpora un eje vinculado con las nuevas tecnologías.
El proyecto habilita la inclusión de derechos y principios relacionados con la inteligencia artificial, la identidad digital, el uso ético de las nuevas tecnologías, la protección de la dignidad humana y de los datos personales frente a algoritmos.
También se contempla el acceso universal a la conectividad.
Otro de los cambios previstos es la incorporación del hábeas data como mecanismo de protección de los datos personales, junto con principios relacionados con el acceso a la información pública y un gobierno abierto y transparente.
El proyecto también habilita la incorporación de una cláusula federal destinada a reafirmar la autonomía de San Luis, en línea con la reforma de la Constitución Nacional de 1994.
Entre los puntos previstos se encuentra el ejercicio de los poderes y competencias no delegados al Gobierno federal, el poder de policía y tributario de la Provincia sobre establecimientos de utilidad nacional ubicados en su territorio y la participación de San Luis en estudios, planes y decisiones de la Administración federal.
También se incorpora la posibilidad de participar en el debate de un nuevo régimen de coparticipación federal.
A su vez, se habilita un capítulo específico sobre relaciones intergubernamentales e internacionales. Allí se contemplaría la facultad de la Provincia para celebrar convenios de inversión y cooperación directa y establecer principios para sus vínculos con otros niveles de gobierno, dentro y fuera del país.
Finalmente, la reforma contempla modificar el plazo constitucional para presentar el Presupuesto provincial.
El límite actual, fijado antes del 31 de agosto, pasaría al 30 de septiembre inclusive.
Fuente: SanLuis24
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