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El 20% retenido de la AUH se podrá cobrar de forma automática: desde cuándo

ANSeS verificará automáticamente la escolaridad para liquidar el monto reservado de la Asignación Universal por Hijo.

Por Ezequiel Miño2 min de lectura
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El 20% retenido de la AUH se podrá cobrar de forma automática: desde cuándo
El 20% retenido de la AUH se podrá cobrar de forma automática: desde cuándo · Foto: Primera Edición

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) estableció un nuevo procedimiento para acreditar automáticamente el cumplimiento de la escolaridad de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), requisito necesario para acceder al 20% del monto de la prestación que se mantiene reservado. El mecanismo se aplicará a los montos puestos al pago desde el 1° de noviembre de 2026.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución 290/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El cambio permitirá que ANSeS verifique la condición educativa a partir del intercambio de información con la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano.

De esta manera, cuando el organismo disponga de los datos correspondientes, los titulares no necesitarán presentar la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación para demostrar el cumplimiento de la escolaridad.

Actualmente, la normativa establece que el 80% de la AUH se paga mensualmente, mientras que el 20% restante se reserva hasta que se acredite el cumplimiento de las condiciones previstas para cada edad.

Para los niños de hasta cuatro años inclusive se deben acreditar los controles sanitarios y el plan de vacunación. A partir de los cinco años, también debe certificarse el cumplimiento del ciclo escolar correspondiente en establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial.

La modificación forma parte de un esquema más amplio de verificación automática establecido previamente por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. ANSeS reglamentó ahora específicamente el procedimiento para acreditar de manera automática la condicionalidad educativa.

Según estableció la resolución, la Secretaría de Educación remitirá la información a ANSeS mediante un intercambio seguro de datos. Con esos registros, el organismo podrá comprobar automáticamente el cumplimiento de la escolaridad requerido para liquidar el porcentaje reservado.

El objetivo será evitar que el titular tenga que acreditar nuevamente una información que ya se encuentra en poder del Estado. El procedimiento alcanzará a los establecimientos educativos públicos y privados incorporados a la enseñanza oficial.

El cambio comenzará a aplicarse a los montos reservados de las Asignaciones Universales por Hijo puestos al pago a partir del 1° de noviembre de 2026.

La resolución aclaró que la Libreta AUH no será eliminada. Continuará funcionando como mecanismo alternativo cuando ANSeS no cuente con la información educativa remitida por la Secretaría de Educación.

También podrá presentarse ante el organismo cuando el titular formule un reclamo y necesite acreditar el cumplimiento de las condiciones exigidas.

En esos casos, la persona podrá demostrar la escolaridad mediante la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación, de acuerdo con el procedimiento actualmente vigente.

Fuente: El Once y otros medios digitales.

Fuente: Primera Edición

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