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El colectivero que atropelló tres veces a una peatona evitará el juicio: qué deberá cumplir

El conductor había sido acusado por lesiones gravísimas culposas tras un impactante accidente ocurrido en pleno centro de Neuquén.

Por Olga Cabeza5 min de lectura
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El colectivero que atropelló tres veces a una peatona evitará el juicio: qué deberá cumplir
El colectivero que atropelló tres veces a una peatona evitará el juicio: qué deberá cumplir · Foto: LM Neuquén

El conductor había sido acusado por lesiones gravísimas culposas tras un impactante accidente ocurrido en pleno centro de Neuquén.

El colectivero que atropelló tres veces a una peatona evitará el juicio: qué deberá cumplir

La Justicia acordó una suspensión de juicio a prueba por un año para el chofer de un colectivo de la empresa Cole que atropelló tres veces a una peatona durante una maniobra realizada en la esquina de San Martín y Jujuy, en la ciudad de Neuquén.

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La decisión se tomó este lunes durante una audiencia encabezada por el juez de garantías Juan Guaita. El conductor había sido acusado en octubre de 2025 por el delito de lesiones gravísimas culposas, luego del grave episodio ocurrido el 12 de diciembre de 2024.

La salida alternativa contó con el acuerdo de la víctima y establece distintas reglas de conducta que el acusado deberá respetar durante los próximos doce meses.

De acuerdo con la acusación, el colectivo circulaba por calle Jujuy y, al llegar a la intersección con San Martín, realizó un giro hacia la izquierda. Durante la maniobra, el lateral de la unidad golpeó a una peatona, que cayó sobre la calzada. En ese momento, las ruedas traseras dobles del colectivo pasaron sobre las piernas de la mujer.

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Sin embargo, el episodio no terminó allí. Debido al radio de giro, el chofer no pudo continuar avanzando y, sin advertir que había atropellado a la peatona, realizó marcha atrás.

En esa maniobra, volvió a pasar sobre las piernas de la víctima, que permanecía tendida en el piso y sin posibilidades de moverse. Luego, el conductor avanzó nuevamente y las ruedas pasaron por tercera vez sobre sus piernas.

A raíz de las graves lesiones sufridas, el hecho fue calificado judicialmente como lesiones gravísimas culposas en calidad de autor.

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Durante la audiencia, el juez tuvo en cuenta que la víctima prestó su conformidad para avanzar con la suspensión del juicio a prueba. También se analizó la situación del acusado, quien no registra antecedentes condenatorios, y se consideró que una eventual pena podría ser de cumplimiento condicional.

El abogado querellante, por su parte, rechazó en esta instancia la posibilidad de establecer una reparación económica dentro del acuerdo. Esto se debe a que la víctima mantiene abierta una demanda civil contra la aseguradora para reclamar una indemnización.

Con esos elementos, el magistrado consideró que estaban dadas las condiciones para conceder la suspensión del proceso por el plazo de un año.

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Durante ese período, el conductor deberá fijar domicilio y presentarse cada cuatro meses ante la Dirección de Población Judicializada.

Además, tendrá que realizar un curso de manejo defensivo y deberá autoinhabilitarse para conducir vehículos automotores mientras se encuentre vigente la suspensión del juicio a prueba. Entre las reglas impuestas también se estableció que deberá abstenerse de consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas.

Finalmente, tendrá que completar 96 horas de trabajo comunitario no remunerado. Si cumple con todas las condiciones establecidas durante el plazo fijado por la Justicia, podrá acceder a la extinción de la acción penal. Si incumple las reglas impuestas, en cambio, el proceso judicial podrá continuar.

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Fuente: LM Neuquén

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