El exvicepresidente de EC Sapem remarcó que "la tasa de ocupación aérea es un costo operativo"
Luego de que opositores reclamen la quita de tasas en la factura de luz, el exvicepresidente de la EC Sapem, Aldo Palavecino, distinguió que la Tasa de Ocupación de Espacio Aéreo (TOEA) "es un costo operativo". Señaló: "La tasa que cobran los municipios por el uso del espacio público es un costo directo por la red que operan EC Sapem y todas las distribuidoras del país. Estas redes no tienen un fin comercial, sirven exclusivamente para que la energía llegue a los domicilios de los usuarios".
Planteó que el debate "se aborda por estos días con interés netamente político" y cuestionó que la oposición "lo hace confundiendo a la ciudadanía, omitiendo la compleja realidad técnica y los principios económicos que rigen los servicios públicos concesionados". Remarcó que el traslado de las tasas municipales a la tarifa "no constituye una arbitrariedad de la empresa distribuidora, sino un mecanismo legal indispensable para garantizar la sustentabilidad, continuidad y el equilibrio económico-financiero de la prestación del suministro energético".
A la par, sostuvo: "El espacio aéreo es un insumo físico insustituible para la prestación del servicio" y explicó que se requiere "una red física compuesta por cientos de kilómetros de líneas de media y baja tensión, postes y transformadores". También, subrayó: "No tiene un fin comercial, existe exclusivamente para que la energía llegue al usuario final" y afirmó: "El gravamen que cobran los municipios por el uso del dominio público es un costo directo derivado de la existencia de esa red". "Pretender que la distribuidora absorba este concepto equivale a exigirle que brinde el servicio sin computar el costo de los cables o de las cuadrillas de mantenimiento", comparó.
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Invocó el "principio de neutralidad fiscal y el mantenimiento del equilibrio de las concesiones", y recordó que las tarifas "están estrictamente reguladas por el Estado mediante audiencias públicas, marcos regulatorios y contratos de concesión que establecen con claridad que la tarifa final debe cubrir los costos de la operación de la distribución". Advirtió que, de no trasladarse las cargas impositivas, "se alteraría el equilibrio económico original de la concesión de manera unilateral", y definió a las distribuidoras como "meros agentes de retención" que "recaudan los fondos exigidos por los poderes públicos locales y los transfieren íntegramente a las arcas municipales".
Indicó que las tasas "varían de manera sustancial entre diferentes municipios de una misma provincia" y alertó sobre "un subsidio cruzado injusto" si las empresas absorbieran esos tributos, ya que "los usuarios de municipios con tasas bajas o nulas terminarían financiando, a través de una tarifa general inflada, la alta presión fiscal de aquellos municipios que deciden cobrar tasas elevadas". Precisó que trasladar la tasa de forma desagregada "permite que cada usuario pague exactamente el costo fiscal que su propio municipio ha decidido imponer sobre la infraestructura que abastece su zona".
Cerró afirmando que la TOEA "no es un beneficio empresarial, sino un costo fiscal del sistema de distribución eléctrica impuesto por las autoridades municipales" y que negar su traslado "asfixia financieramente al sistema eléctrico de Catamarca".
Fuente: El Esquiú
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