El Gobierno actualizó el cobro a las prepagas por la atención en hospitales públicos
El Gobierno provincial actualizó el régimen de recupero de costos de las prestaciones que brindan los hospitales públicos a personas con cobertura médica.

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EL DIARIO digital
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El Gobierno de La Pampa actualizó el régimen mediante el cual recupera los costos de las prestaciones médico-asistenciales que brindan los hospitales públicos a personas con cobertura de salud. A través del Decreto Nº 1229, publicado en el Boletín Oficial, facultó al Ministerio de Salud a aplicar un adicional de hasta el 50% sobre los aranceles vigentes cuando la atención corresponda a afiliados de empresas de medicina prepaga.
La medida reemplaza al Decreto 408/99, que regulaba este mecanismo desde hace más de 25 años, y busca adecuar el sistema de facturación a la realidad actual del financiamiento sanitario.
De acuerdo con la norma, el adicional no será automático. Deberá ser establecido mediante una resolución fundada del Ministerio de Salud, teniendo en cuenta la complejidad de las prestaciones y los costos de atención.
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Según explicaron fuentes oficiales, la medida no implica un aumento para los afiliados, ya que el cobro se realiza a las empresas de medicina prepaga. Tampoco modifica el esquema para las obras sociales sindicales ni para las mutuales.
El objetivo, señalaron, es equiparar los valores que las prepagas abonan en los hospitales públicos con los aranceles que ya pagan cuando las mismas prestaciones son realizadas en clínicas privadas.
"Hoy una prepaga puede pagar un determinado valor por una intervención en un hospital público y un monto considerablemente mayor por la misma práctica en una clínica privada. Lo que se busca es establecer un esquema de mayor equidad", explicaron desde el Gobierno.
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Cómo se facturarán las prestaciones
El decreto establece que, cuando no existan convenios específicos, las prestaciones serán facturadas de acuerdo con el nomenclador del Servicio Médico Previsional (SEMPRE), la obra social provincial. Esos importes deberán abonarse dentro de los 30 días de recibida la factura y se actualizarán automáticamente cada vez que el Directorio del Instituto de Seguridad Social modifique sus aranceles.
En cambio, los afiliados al PAMI y al SEMPRE continuarán rigiéndose por los convenios específicos vigentes o por los que se suscriban en el futuro.
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Recupero de costos
El texto oficial señala que el adicional para las empresas de medicina prepaga deberá fundarse en criterios de razonabilidad y proporcionalidad y tendrá como finalidad mejorar el recupero de los costos del sistema público de salud, optimizar la asignación de recursos y contribuir al sostenimiento de la gratuidad y el acceso universal para quienes no cuentan con cobertura médica.
La norma también incorpora la obligación de que el paciente, o su responsable, declare mediante una declaración jurada cuál es su cobertura de salud y aporte la documentación correspondiente para que el Estado pueda identificar al obligado al pago.
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Finalmente, el decreto deroga la normativa vigente desde 1999 y actualiza el marco regulatorio del recupero de costos que realiza la Provincia cuando los hospitales públicos atienden a personas con cobertura de salud privada.
Fuente: El Diario de La Pampa
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