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El Gobierno envió al Congreso una ley para endurecer las sanciones por explotar recursos en Malvinas

El proyecto de Javier Milei amplía las prohibiciones a toda actividad de aprovechamiento de recursos naturales sin autorización argentina, establece fuertes multas y penas de prisión y crea un Consejo de Seguridad Nacional.

Por Redacción Diario de Cuyo5 min de lectura
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El Gobierno envió al Congreso una ley para endurecer las sanciones por explotar recursos en Malvinas
El Gobierno envió al Congreso una ley para endurecer las sanciones por explotar recursos en Malvinas · Foto: Diario de Cuyo

El proyecto de Javier Milei amplía las prohibiciones a toda actividad de aprovechamiento de recursos naturales sin autorización argentina, establece fuertes multas y penas de prisión y crea un Consejo de Seguridad Nacional.

La plataforma petrolera Sea Lion opera en las aguas del océano Atlántico sin autorización del Estado argentino.

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El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, una iniciativa que busca endurecer el régimen de sanciones contra empresas y personas que exploten recursos naturales sin autorización argentina en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes.

La propuesta fue presentada luego del rechazo oficial al inicio del proyecto petrolero Sea Lion, impulsado por compañías extranjeras en aguas próximas al archipiélago. El texto lleva las firmas de Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, el canciller Pablo Quirno y los ministros de Defensa, Carlos Presti, y Economía, Luis Caputo.

Uno de los principales cambios planteados es la derogación de la Ley 26.659, vigente desde 2011 y enfocada específicamente en actividades hidrocarburíferas no autorizadas. El nuevo régimen amplía el alcance a toda explotación de recursos naturales, sean renovables o no renovables, realizada sin habilitación de una autoridad nacional.

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El proyecto establece sanciones económicas que podrían ir desde 4.000 hasta 500.000 barriles de petróleo, además de la suspensión o cancelación de permisos y una inhabilitación de entre cinco y 20 años para las personas o empresas involucradas.

Para las actividades vinculadas con hidrocarburos, el régimen prevé además un endurecimiento de las penas. La exploración o explotación no autorizada de recursos no renovables podría recibir penas de 12 a 20 años de prisión, mientras que la extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos tendría una escala de 15 a 20 años, junto con multas de hasta 3 millones de barriles de petróleo.

El proyecto también alcanza a proveedores que entreguen bienes o servicios esenciales para esas actividades cuando conozcan el destino de los mismos. En esos casos, se contemplan penas de cinco a siete años de prisión.

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Las sanciones podrían extenderse a las sociedades involucradas, que quedarían expuestas a la revocación de habilitaciones, suspensión de actividades por hasta 30 años, imposibilidad de contratar con el Estado y, en determinadas circunstancias, su disolución o liquidación.

Uno de los puntos centrales de la iniciativa establece que una empresa inhabilitada no podría desarrollar actividades económicas en Argentina durante el período de sanción.

Además, podrían revocarse sus permisos, perder beneficios impositivos o previsionales otorgados mediante actos particulares y rescindirse contratos que tengan ejecución total o parcial en territorio argentino o involucren bienes ubicados en el país.

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La autoridad de aplicación tendría que establecer un período de 30 a 180 días para el cese de las actividades, con posibilidad de prórroga cuando estén involucrados trabajadores, acreedores, terceros de buena fe o servicios cuya continuidad resulte necesaria.

A su vez, el proyecto crea un Régimen de Desistimiento y Regularización, mediante el cual los infractores podrían abandonar las actividades cuestionadas, pagar las multas correspondientes o comprometer inversiones en proyectos legales dentro de Argentina. El cumplimiento de las condiciones permitiría archivar actuaciones administrativas y extinguir la acción penal, salvo en casos de sentencia firme o reincidencia.

La iniciativa no se limita a la cuestión Malvinas. Otro de sus ejes es la creación de un Sistema de Seguridad Nacional, destinado a coordinar cuestiones diplomáticas, económicas, cibernéticas, jurídicas, de defensa, inteligencia y protección de infraestructuras críticas.

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El órgano rector sería el Consejo de Seguridad Nacional, que estaría presidido por Milei e integrado de manera permanente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia.

Entre sus funciones estaría elaborar una Política de Seguridad Nacional, que luego debería ser aprobada por el Poder Ejecutivo. También podría requerir información y asistencia a organismos nacionales y solicitar cooperación a provincias, la Ciudad de Buenos Aires y municipios.

El proyecto define como infraestructuras críticas a las redes, instalaciones y sistemas públicos o privados considerados indispensables para servicios esenciales, salud, defensa, economía y funcionamiento del Estado.

La propuesta también establece procedimientos para responder ante aeronaves consideradas hostiles, particularmente aquellas que vulneren las reglas de vuelo, no se identifiquen o desobedezcan órdenes de las autoridades.

Las medidas coercitivas destinadas a impedir la continuidad de un vuelo requerirían una orden expresa del Presidente, aunque podría delegarse en el ministro de Defensa. El texto establece que toda intervención deberá respetar el derecho internacional y evitar poner en riesgo a los ocupantes de aeronaves civiles.

En el caso de buques, se contemplan advertencias, maniobras de interposición, disparos de advertencia e inutilización después de agotar medidas menos lesivas. El hundimiento quedaría reservado como una medida militar excepcional contra un buque hostil y requeriría autorización presidencial.

El proyecto establece expresamente que no podrá hundirse un buque civil como sanción, herramienta policial o para impedir una fuga.

El Consejo de Seguridad Nacional también tendría facultades para iniciar procedimientos contra personas o entidades vinculadas con Estados u organizaciones extranjeras que busquen afectar la integridad territorial argentina, interferir clandestinamente en decisiones estatales, atacar infraestructuras críticas o financiar esas acciones.

En esos casos, las sanciones podrían incluir multas de 30.000 a 180.000 Unidades de Valor Adquisitivo, revocación de permisos, pérdida de beneficios estatales e inhabilitación para operar en sectores estratégicos.

Ante un riesgo considerado grave e inminente, el esquema contempla restricciones temporales a operaciones cambiarias, transferencias, importaciones y exportaciones, además del bloqueo de fondos y la suspensión de permisos. También se prevé elevar derechos de importación y exportación hasta un 75% para el Estado extranjero involucrado.

El proyecto también modifica la Ley de Defensa Nacional para incorporar amenazas y riesgos externos provenientes tanto de actores estatales como no estatales, incluidos aquellos considerados "cinéticos" y "no cinéticos".

En materia electoral, propone impedir que extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña y propaganda.

Además, incorpora figuras penales relacionadas con operaciones clandestinas de inteligencia extranjera, filtración de secretos y campañas masivas de desinformación destinadas a alterar procesos electorales.

Por último, eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera. El mecanismo contempla la posibilidad de inmovilizar bienes y restringir operaciones de las personas o entidades incluidas, con posterior intervención judicial.

Fuente: Diario de Cuyo

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