El Gobierno volvió a postergar los aumentos pendientes en los impuestos a los combustibles
La actualización tributaria del Gobierno debía comenzar este lunes, pero el Ejecutivo la trasladó al 1° de octubre. Alcanza a naftas y gasoil.

La actualización tributaria del Gobierno debía comenzar este lunes, pero el Ejecutivo la trasladó al 1° de octubre. Alcanza a naftas y gasoil.
Foto UNO/Gonzalo Nuñez
El Gobierno volvió a postergar los aumentos pendientes en los impuestos a los combustibles.
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El Gobierno nacional volvió a postergar la aplicación de los aumentos pendientes en los impuestos sobre los combustibles. La medida quedó establecida mediante el Decreto 829/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La actualización impositiva estaba prevista para comenzar a regir desde el 1° de septiembre, pero el Ejecutivo decidió diferirla nuevamente y fijó como nueva fecha de aplicación el 1° de octubre de 2026.
La medida alcanza a los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono correspondientes a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
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El decreto modifica el esquema establecido por el Decreto 617/2025 y sus posteriores modificaciones, mediante el cual el Gobierno había ido postergando los efectos de las actualizaciones impositivas.
Ahora, el Ejecutivo estableció que el incremento total pendiente comenzará a tener efecto sobre los hechos imponibles a partir del 1° de octubre.
Ese monto acumulado contempla las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025, además de las previstas para el primer y segundo trimestre de 2026.
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De esta manera, desde este lunes 1° de septiembre no comenzará a aplicarse el tramo de la actualización tributaria que estaba previsto originalmente.
Según los fundamentos del decreto, la decisión busca "continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible".
La medida se suma a las sucesivas postergaciones que el Ejecutivo dispuso sobre la actualización de estos impuestos, en un esquema que viene modificándose desde 2025.
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El decreto no establece un porcentaje de aumento para las naftas o el gasoil a partir de octubre. Lo que dispone es la postergación de la aplicación de los incrementos correspondientes a los impuestos sobre los combustibles.
Por ese motivo, el impacto que la actualización tributaria pueda tener sobre el precio final en los surtidores dependerá de la decisión de las empresas y de cuánto de ese componente impositivo sea trasladado al valor de los combustibles.
La norma establece que sus disposiciones entran en vigencia desde este 1° de septiembre, aunque los incrementos tributarios mencionados comenzarán a regir, según lo dispuesto por el Ejecutivo, a partir del 1° de octubre de 2026.
Fuente: UNO Entre Ríos
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