El INDEC actualizó las multas por no entregar o falsear información estadística
El organismo fijó nuevos montos para las sanciones destinadas a quienes no suministren en término, falseen u omitan de manera maliciosa información requerida para estadísticas y censos oficiales. El máximo asciende a casi $1,93 millones.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) actualizó los montos de las multas aplicables ante incumplimientos en el suministro de información necesaria para las estadísticas y los censos oficiales.
La medida quedó establecida mediante la Resolución 133/2026, publicada este martes 22 de septiembre en el Boletín Oficial. La normativa derogó la resolución anterior y estableció los nuevos valores de las sanciones.
De acuerdo con la disposición, pueden ser sancionadas las personas o entidades que no entreguen en término la información requerida, presenten datos falsos o produzcan omisiones maliciosas de información necesaria para las estadísticas y censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional.
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Cuánto deberán pagar las multas
Con la actualización, los montos quedaron establecidos de la siguiente manera:
Multa mínima: $19.397,92.
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Multa máxima: $1.924.720,29.
Monto a partir del cual la multa es inapelable: $39.454,30.
Los valores fueron actualizados de acuerdo con la variación registrada por el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) durante el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026.
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La normativa establece que estos importes deben reajustarse de manera semestral, cada 1° de enero y 1° de julio, en función de la evolución de los precios mayoristas, conforme al mecanismo previsto por la Ley 17.622 y su decreto reglamentario.
Qué establece la normativa
La Ley 17.622, que creó el INDEC y estableció el Sistema Estadístico Nacional, contempla sanciones para quienes incumplan con el suministro de información requerida para la elaboración de estadísticas y censos oficiales.
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La nueva resolución actualiza los valores que estaban vigentes desde marzo de 2026. En ese momento, la multa mínima era de $16.639,92, mientras que la máxima alcanzaba $1.651.062,93. El límite de inapelabilidad estaba establecido en $33.844,68.
Con la nueva actualización, esos importes quedan reemplazados por los establecidos en la Resolución 133/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
Fuente: El Territorio
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