El intendente de San Martín de los Andes evitó el jucio político tras su exposición
Carlos Saloniti se presentó este jueves ante el Concejo Deliberante local y argumentó cada uno de los seis cargos que fuera denunciado por una vecina.

Carlos Saloniti se presentó este jueves ante el Concejo Deliberante local y argumentó cada uno de los seis cargos que fuera denunciado por una vecina.
Carlos Saloniti expuso ante el Concejo Deliberante y evitó el juicio político.
Tras cuatro horas de exposición, el intendente de San Martín de los Andes, Carlos Saloniti, no fue a juicio político por decisión del cuerpo legislativo del Concejo Deliberante local.
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El jefe comunal respondió a cada uno de los cargos formulados en su contra y, finalmente, el voto de los concejales para impulsar el juicio político no alcanzó.
Saloniti se presentó a la sesión especial, a pedido del propio interesado, y se refirió al sistema cloacal y al Lago Lacar, la deuda del municipio con el EPEN, el cumplimiento de la medida cautelar del Tribunal Superior de Justicia vinculada al Convenio Colectivo (CCT), las obras en el Cerro Chapelco, el vínculo con la Contraloría Municipal y el proceso de participación ciudadana en el Plan de Ordenamiento Territorial.
"No les pido que compartan cada decisión de mi gobierno. No les pido que dejen de controlar. Les pido rigor y, recién después de hacer ese análisis, que se pregunten cuál es exactamente la conducta personal que se me atribuye", dijo el intendente.
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Ahondó con las respuestas a la denuncia de la vecina Valeria López Oronoz, que de aprobar los ediles, le hubiesen suspendido el cargo.
Sobre el sistema Cloacal y el Lago Lacar dijo que "la Cooperativa de Agua Potable aclaró públicamente el 19 de mayo que nunca había diagnosticado un colapso general del sistema y que las plantas se encontraban en funcionamiento continuo y regular."
Y objetó: "No es lo mismo decir hay una infraestructura exigida que necesita inversión que afirmar todo el sistema está colapsado".
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Puntualizó que sobre los barros cloacales "fue abordado mucho antes de esta denuncia". Dijo que gestionaron asistencia financiera y que en el contexto del Pacto de Gobernanza con el Gobierno de Neuquén, "se obtuvo un aporte provincial no reintegrable de $128.063.423,28, que la Cooperativa recibió en agosto de 2025, para mejorar la capacidad operativa de las plantas y la provisión de agua".
"En reuniones entre el Municipio, el Organismo de Control Municipal, la Cooperativa y el Ente Provincial de Agua y Saneamiento, se identificó como prioritarios para la planta que protege al Lago Lacar un grupo electrógeno, dos nuevos sopladores y un equipo deshidratador de lodos. La compra ya se tramita, con una inversión estimada en 600 millones de pesos".
E indicó: "Las inversiones actuales y proyectadas en saneamiento no resuelven definitivamente todos los desafíos del saneamiento. No sería serio decir eso. Pero tampoco sería serio describir una administración inmóvil cuando existen expedientes, licitaciones y casi 1.552 millones de pesos destinados a mejorar ambas plantas".
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Respondió sobre la deuda con el EPEN que "recién en 2024 comenzó a aparecer un saldo a favor del EPEN y durante 2025 el desequilibrio se hizo mucho más fuerte, entre otras razones por el incremento de las tarifas eléctricas, el crecimiento del alumbrado y la cantidad de suministros. La deuda nació cuando un esquema de compensación de casi veinte años dejó de equilibrarse frente a una ciudad y a costos que habían cambiado".
Detlló que de los 286 suministros, 150 corresponden a alumbrado público y que 91 son de uso general. "Hay 26 residenciales, 15 de mediana demanda y 4 de gran demanda. La gran mayoría de los medidores significan iluminación de calles y plazas, bombas de agua, plantas de tratamiento, espacios comunitarios, infraestructura vial, dependencias, viviendas y servicios que la ciudad fue incorporando con el tiempo".
Agregó que desde diciembre de 2019 se sumaron 82 suministros y que los otros 204 ya existían previamente. "Esto demuestra que estamos frente a una acumulación histórica y no frente a un sistema creado en los últimos seis años".
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Induicó que detectado el desequilibrio con EPEN, "la decisión fue trabajar en dos planos al mismo tiempo: regularizar la deuda y corregir las causas administrativas que podían seguir generándola. Refinanciamos la deuda para pagarla sin destruir el funcionamiento cotidiano de la Municipalidad y empezamos a revisar cada suministro y la potencia contratada".
Respecto a la medida Cautelar del TSJ y al CCT señaló que "se pretende transformar una discusión jurídica, que todavía se encuentra sometida al Tribunal Superior de Justicia, en una imputación personal al intendente de desobediencia. Son cuestiones completamente diferentes".
Y cuestionó: "Para imputarme incumplimiento de una orden judicial deben responderse preguntas elementales. ¿Cuál fue la orden judicial concreta dirigida a este Intendente? ¿Qué conducta específica debía realizar? ¿Qué conducta específica debía abstenerme de realizar? ¿Qué acto dicté contrariando esa orden? ¿Qué decisión de la CIAP ejecuté automáticamente después de la cautelar? Porque la responsabilidad política no puede fundarse en abstracciones, tiene que existir una conducta concreta".
También se refirió al cargo de las obras del Cerro Chapelco del que se atajó y sostuvo que el municipio no abandonó el poder de policía ambiental en el Cerro Chapelco. Explicó que el 30 de enero de 2026 "el Municipio constató que la empresa concesionaria del Cerro Chapelco realizaba movimientos de suelo en la playa de estacionamiento, sin autorización municipal. Constatada la irregularidad, el Municipio ordenó la paralización de los trabajos. ¿Quién realizó los movimientos de suelo? La concesionaria. ¿Quién detectó el incumplimiento? La Administración municipal. ¿Qué hizo cuando lo detectó? Paralizó. La infracción de un tercero no puede ser transformada, sin más, en prueba de que el Municipio renunció a controlar: cuando la irregularidad fue constatada, se ordenó detener la obra".
El intendente destacó que el proceso continuó y culminó con la Ordenanza N° 15.593/26, aprobada por el propio Concejo Deliberante el 23 de abril, que dio Factibilidad Ambiental a la obra tras estudios técnicos y participación institucional, incluyendo instancias de diálogo con comunidades originarias desde febrero de 2026. Aclaró además que el nuevo medio de elevación, los cañones de nieve y las líneas eléctricas corresponden a una licitación provincial ajena al expediente municipal, y que «toda actuación de un organismo provincial» o «todo incumplimiento de un concesionario» no puede atribuirse automáticamente al intendente como causal de destitución.
"El 23 de abril este Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza N° 15.593/26, mediante la cual aprobó la Factibilidad Ambiental de la Playa de Estacionamiento del Cerro Chapelco, sobre la base del Informe de Factibilidad Ambiental tramitado en el expediente. No estamos, entonces, frente a un procedimiento que quedó abandonado o indefinidamente inconcluso. El procedimiento continuó, fue evaluado técnicamente, llegó a este Concejo Deliberante y culminó con una decisión institucional", recordó.
El jefe comunal abordó el cargo de Contraloría Municipal. Señaló que "la Contraloría tiene que controlar. Y un intendente no tiene derecho a impedir ese control. Ahora bien, controlar no significa gobernar. La Contraloría observa, informa, cuestiona y recomienda. El Ejecutivo administra, decide y, cuando corresponde, responde o corrige. Entre ambos pueden existir diferencias. Las notas que recibimos y que son muchas has sido contestadas en su enorme mayoría, pero algunas fueron puestas en consideración de las áreas correspondientes y también se encuentran en fase de evaluación".
Además, expuso de la Audiencia Pública en el Plan de Ordenamiento Territorial: "Se afirma que el Departamento Ejecutivo habría eludido deliberadamente la audiencia pública exigida por la Carta Orgánica Municipal. La afirmación es incorrecta. El artículo 59 inciso 4 de la Carta Orgánica establece la exigencia de audiencia pública para la aprobación de proyectos de ordenanza que dispongan la aprobación o modificación de normas ambientales y urbanísticas".
Agregó que "una vez concluida la asistencia técnica y elaborado el proyecto de Código de Planeamiento Urbano, éste será sometido al procedimiento correspondiente, incluida la audiencia pública exigida por la Carta Orgánica".
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Fuente: LM Neuquén
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