El IPLA de Tucumán: de organismo de prevención a estructura intervenida por más de un cuarto de siglo, con
El Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) nació con una misión vinculada a la prevención y la salud pública. Más de tres décadas después

Creado en 1994 con una finalidad preventiva y sanitaria, el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo terminó concentrado en tareas de fiscalización, recaudación y sanción. La Justicia ordenó terminar con una intervención que comenzó en 2000 y fijó 60 días para normalizarlo. Jaldo confirmó que acatará el fallo y que Fiscalía de Estado definirá los pasos legales.
El Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo (IPLA) nació con una misión vinculada a la prevención y la salud pública. Más de tres décadas después de su creación, el organismo enfrenta una discusión mucho más profunda: lleva más de 26 años intervenido, su principal actividad está vinculada con la fiscalización y la recaudación y una parte sustancial de sus recursos se destina al pago de su propia estructura.
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán puso fecha límite a esa situación. Los jueces Sergio Gandur y Ebe López Piossek ordenaron al Poder Ejecutivo provincial terminar con la intervención y normalizar el funcionamiento del IPLA en un plazo máximo de 60 días.
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La sentencia fue depositada el 11 de agosto de 2026 y surgió a partir de un amparo presentado por propietarios de salones de fiestas y locales de entretenimiento.
El tribunal recordó un dato central: la Ley 7.243 establece un límite de 60 días corridos para las intervenciones. El IPLA, sin embargo, permanece bajo ese régimen desde el año 2000.
Para los magistrados, la extensión durante más de dos décadas transformó una herramienta excepcional en una forma ordinaria de administración. Esa situación resulta incompatible con el principio de juridicidad establecido por la Constitución provincial.
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El fallo no declaró inconstitucional la Ley 7.243 ni anuló las multas, clausuras y cánones cuestionados por los comerciantes. Esos planteos fueron rechazados dentro de la vía del amparo por falta de elementos suficientes o por cuestiones procesales. Pero la Cámara sí fue contundente respecto de la ilegitimidad de una intervención que se prolongó durante más de un cuarto de siglo.
Para comprender el conflicto actual hay que retroceder hasta 1994. El IPLA fue creado mediante la Ley 6.600, dentro del entonces Sistema Provincial de Salud (Siprosa).
Su misión original tenía una fuerte impronta sanitaria. El organismo debía trabajar en la prevención del alcoholismo, la concientización y el control de la comercialización de bebidas alcohólicas.
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El esquema cambió con la Ley 7.243, sancionada entre 2001 y 2002. La norma convirtió al IPLA en un ente autárquico, con personalidad jurídica e individualidad financiera, bajo la órbita del Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Seguridad.
El diseño original todavía contemplaba funciones sociales, educativas, preventivas y sanitarias. La fiscalización y la recaudación formaban parte de sus atribuciones, pero no constituían su única razón de ser.
El modelo cambió en los años siguientes.
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La Ley 7.353, de 2004, redefinió el objetivo del instituto como "la definición y la aplicación de las políticas de control del alcoholismo mediante el desarrollo de sus funciones de fiscalización, administración y recaudación".
Con esa modificación desaparecieron del texto legal las referencias a los roles sociales y sanitarios.
En 2007, la Ley 7.934 profundizó el giro. La norma estableció que el 100% de los importes recaudados debía destinarse a "cubrir los gastos de personal, funcionamiento y todo otro concepto" derivado de las funciones del organismo.
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El cambio resulta central para entender la discusión actual.
El IPLA pasó de un esquema pensado para financiar acciones de prevención y asistencia a otro en el cual la totalidad de lo recaudado queda destinada al sostenimiento de su propia estructura.
Los cánones por permisos para vender bebidas alcohólicas, las multas y las clausuras quedaron así en el centro de su funcionamiento financiero.
La intervención comenzó en julio de 2000, durante la gobernación de Julio Miranda. El Poder Ejecutivo dictó el Decreto 1294/21 MAS cuando todavía regía la Ley 6.600.
Desde entonces, la conducción provisoria se prorrogó de manera sucesiva.
En la actual gestión, Dante Rolando Loza asumió como interventor el 10 de octubre de 2023. Las prórrogas continuaron con carácter bimestral.
La Justicia puso el foco precisamente en esa continuidad.
La Ley 7.243 contempla un Directorio integrado por un presidente y dos vocales titulares, con designación del Poder Ejecutivo y acuerdo de la Legislatura. Los mandatos tienen una duración de cuatro años.
Ese esquema quedó desplazado durante más de dos décadas por la figura del interventor.
Para los camaristas, la transitoriedad no es un aspecto secundario de la intervención. Forma parte de su propia naturaleza. Una medida pensada para recuperar el funcionamiento normal de un organismo no puede convertirse en su forma permanente de administración.
La sentencia, por eso, ordenó que el Poder Ejecutivo adopte las medidas necesarias para poner fin a la intervención y normalizar el organismo dentro del plazo de 60 días.
El tamaño del organismo también quedó bajo discusión.
Según datos difundidos por el legislador de La Libertad Avanza José Macome, el IPLA cuenta con 164 empleados. Desde el instituto reconocieron una cifra apenas inferior: 163 agentes, distribuidos entre la sede central y las delegaciones de Alberdi y Concepción.
Macome afirmó que el 90% del presupuesto se destina al pago de salarios y cuestionó los resultados de la estructura frente al consumo problemático de alcohol.
Desde el IPLA rechazaron esa interpretación. El secretario ejecutivo, Leandro Saavedra, sostuvo que el organismo realiza alrededor de 10.600 operativos anuales.
La discusión sobre el porcentaje exacto no modifica otro dato: la institución mantiene una plantilla superior a 160 personas y una parte central de sus recursos se utiliza para sostener esa estructura.
Esto alimentó cuestionamientos políticos y comerciales sobre la relación entre el costo del organismo y las funciones que desarrolla en la actualidad.
Las críticas también apuntaron a la composición y al funcionamiento del instituto.
Legisladores y comerciantes lo calificaron como "cueva política" y "refugio de empleados públicos". También señalaron la supuesta presencia de personas vinculadas con el entorno del exgobernador José Alperovich.
La discusión derivó incluso en proyectos para avanzar con su disolución.
Las iniciativas plantean reemplazar al IPLA por un Registro Público de Expendedores de Bebidas Alcohólicas, gratuito y online, bajo la órbita del Ministerio de Salud.
El argumento es que el Estado puede controlar los horarios de venta, impedir el expendio a menores y fiscalizar los establecimientos sin sostener una estructura autárquica de estas características.
Los comerciantes también reclamaron en las calles por el costo de los cánones y por multas que consideran desproporcionadas.
En medio de esa discusión, el gobernador Osvaldo Jaldo fijó posición sobre la sentencia de la Cámara. El mandatario aseguró que el Poder Ejecutivo respetará la decisión judicial y que el expediente será enviado a la Fiscalía de Estado.
"Yo soy muy respetuoso de la división de poderes y, fundamentalmente, un convencido de que a los fallos judiciales hay que cumplirlos. Y este gobernador va a cumplir el fallo que ha salido de la justicia de la provincia de Tucumán", afirmó.
Jaldo explicó que Fiscalía de Estado deberá analizar el alcance de la sentencia y definir los pasos jurídicos necesarios para cumplirla.
"Por supuesto que el fallo hoy va a Fiscalía de Estado, que es quien maneja la parte jurídica del Poder Ejecutivo, y nos va a aconsejar los trámites legales que hay que hacer, pero siempre del dentro del marco de la legalidad, de las leyes vigentes y de la Constitución de la provincia", sostuvo.
El gobernador también remarcó su postura frente a las decisiones de los tribunales.
"No hay duda que este gobernador acata a rajatabla los fallos emitidos, no solo por la justicia provincial, sino también por la justicia federal", afirmó.
Y agregó: "Vamos a escuchar o ver los dictámenes de Fiscalía y, en función de esto, vamos a actuar".
De esta manera, el Ejecutivo no anticipó una disputa judicial contra la orden de normalización. El próximo paso será determinar cómo se conformará nuevamente el Directorio y qué medidas deberá adoptar el Gobierno dentro del plazo fijado por la Cámara.
El fallo representó un avance para los comerciantes que impulsaron el amparo, pero no resolvió todos sus reclamos.
La presentación había pedido el cese de la intervención, la inconstitucionalidad de la Ley 7.243, la nulidad de actos dictados por los interventores y la devolución de las sumas abonadas por cánones, multas, clausuras y levantamientos de clausura.
La Cámara solo hizo lugar al planteo vinculado con la intervención.
María Constanza Bauque, vicepresidenta del Movimiento Nacional de Pymes (Monapy) en Tucumán y abogada de los demandantes, anticipó que recurrirá la parte del fallo vinculada con el tributo.
"Nuestra lucha no termina acá. Nosotros hemos solicitado que se declare inconstitucional el tributo", afirmó.
Uno de los argumentos centrales apunta al destino de los recursos.
"Al principio era 80% para la lucha contra el alcoholismo y 20% para el mantenimiento del ente, y se ha ido modificando hasta llegar a un 100%. Es una locura", cuestionó.
La abogada también sostuvo: "Todo lo recaudado, el 100%, va al mantenimiento del IPLA, lo que lo hace profundamente inconstitucional, porque no podés recaudar un tributo que supuestamente es para la lucha contra el alcoholismo para mantener un ente y los sueldos de los empleados".
Bauque confirmó que los comerciantes llevarán el planteo ante la Corte Suprema de Justicia de Tucumán.
"Vamos a ir en casación hacia la Corte para que declare inconstitucional el tributo y continuar así nuestra lucha".
La representante de los demandantes también puso el foco en el impacto de las sanciones sobre los pequeños negocios del interior.
Entre sus representados hay comerciantes de Concepción, Aguilares, La Cocha y Arcadia, entre otras localidades.
"Mis representados son gente que tiene un pequeño drugstore, un barcito en el interior, una pequeña ventanita en donde vende alguna cosa. Están desesperados porque, primero, obviamente el consumo está planchado, pero aun así el IPLA les cae y les hace multas", afirmó.
Bauque relató casos de sanciones millonarias por incumplimientos de los horarios de venta.
"Venden una cerveza a las 11.05 de la noche y tienen multas de $8 millones o $10 millones, cuando, créeme, con suerte durante la semana venden $200.000 como mucho. Entonces, cuando les llega esa multa, directamente tienen que cerrar", aseguró.
También definió el impacto histórico del organismo sobre los comercios tucumanos: "El IPLA, consuetudinariamente, ha sido un gran cerrador, por llamarlo de alguna manera, de comercios de la provincia".
El perfil actual del IPLA no eliminó por completo sus programas vinculados con la acción social.
Entre sus iniciativas figuran "Un Pase a la Gloria", un programa de rugby social, y "RecIPLA", destinado a la recolección solidaria.
Sin embargo, esas actividades ocupan un lugar secundario frente al funcionamiento administrativo y financiero del instituto.
El núcleo de sus recursos está asociado con los cánones, las multas y otras sanciones vinculadas con el control de la comercialización de bebidas alcohólicas.
Esa realidad alimenta una pregunta que ya atraviesa el debate político provincial: qué sentido tiene sostener un ente autárquico con una estructura de más de 160 empleados si buena parte de sus funciones puede quedar bajo la órbita de los ministerios de Salud o Seguridad.
La sentencia de agosto no ordenó la desaparición del IPLA. Ordenó terminar con una intervención que debía ser excepcional y recuperar el funcionamiento ordinario previsto por la Ley 7.243.
Jaldo confirmó que cumplirá la decisión. Los comerciantes, en paralelo, llevarán a la Corte su cuestionamiento al tributo.
Pero el problema de fondo excede el cumplimiento de una sentencia.
El IPLA fue creado en 1994 como una herramienta de prevención del alcoholismo y con una fuerte concepción sanitaria. Con las reformas posteriores, ese perfil perdió peso y el organismo quedó concentrado en la fiscalización, la administración y la recaudación. En 2007, además, la totalidad de los recursos recaudados pasó a destinarse al personal, el funcionamiento y otros gastos propios del instituto.
A eso se suma una intervención que comenzó en 2000 y que, según la Justicia, convirtió una herramienta excepcional en una forma permanente de administración.
Después de más de un cuarto de siglo, la Provincia deberá ahora decidir si se limita a normalizar el IPLA o si aprovecha la discusión abierta por la Justicia para revisar su estructura, sus funciones y su modelo de financiamiento.
La sentencia obliga al Gobierno a recuperar el régimen institucional previsto por la ley. El debate político que queda abierto es mucho más amplio: si Tucumán necesita mantener el IPLA tal como existe hoy o si llegó el momento de discutir qué organismo debe controlar la venta de alcohol y cómo debe hacerlo.
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Fuente: El Federalista
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