El mayor decomiso de drogas sintéticas en Tucumán: el acusado reconoció el tráfico y pactó 4 años de prisión
Luis Enrique Sánchez Loria reconoció hoy su responsabilidad penal en la causa por comercialización de estupefacientes sintéticos que se abrió en abril,

El imputado del mayor decomiso de éxtasis, tusi y ketamina registrado en la provincia firmó un juicio abreviado. Ofreció 5 millones de pesos de reparación y consintió el decomiso de $5.192.200, 751 dólares y 4 reales.
Luis Enrique Sánchez Loria reconoció hoy su responsabilidad penal en la causa por comercialización de estupefacientes sintéticos que se abrió en abril, después de un accidente de tránsito en Yerba Buena, y se destapó a fines de mayo con el mayor secuestro de éxtasis, tusi y ketamina documentado en Tucumán. El imputado firmó un acuerdo de juicio abreviado: cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, multa por el mínimo de 45 unidades al valor del formulario RENPRE (poco más de 5 millones de pesos), accesorias legales y costas.
Sánchez Loria consintió la calificación de los hechos como infracción al artículo 5, inciso c, de la ley 23.737, cuya escala abstracta va de 4 a 15 años de prisión. También ofreció, en los términos del artículo 29 del Código Penal, una reparación económica de 5 millones de pesos y aceptó el decomiso del dinero hallado en el procedimiento: 5.192.200 pesos, 4 reales y 751 dólares estadounidenses.
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La pena pactada se ubica seis meses por encima del piso legal. El texto del acuerdo justifica ese monto con los artículos 40 y 41 del Código Penal. Como atenuantes, consigna que el Registro Nacional de Reincidencia no registra condenas anteriores y que el imputado se sometió al procedimiento abreviado. Como agravantes, pondera "la extensión del daño causado con la droga secuestrada y el daño que ella provoca".
El 10 de abril, Sánchez Loria, de 36 años, protagonizó un siniestro vial en avenida Aconquija al 1600, Yerba Buena. Los efectivos que lo asistieron hallaron en su mochila cinco tubos con una sustancia compatible con drogas sintéticas. La Dirección General de Drogas Peligrosas (Digedrop) confirmó la sospecha y el Ministerio Público Fiscal abrió la investigación.
La pesquisa —con intervención de los oficiales Diego Rojas y Carla Lazarte, según crónicas contemporáneas— estableció que el sospechoso vivía en un departamento de calle Jujuy al 200, en el microcentro de San Miguel de Tucumán. Las vigilancias registraron entregas en la vía pública y dentro del edificio. El fiscal José Sanjuán pidió el allanamiento. Lo autorizó la jueza Ana María Iácono.
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El procedimiento se ejecutó el sábado 30 de mayo. Quedó detenido el titular del inmueble. Antes de ingresar, los investigadores vieron entrar y salir a Nicolás Avellaneda. Lo interceptaron con una dosis identificada con el nombre de otra persona, una dirección de entrega y 34.000 pesos, cifra que la Fiscalía asoció al precio de esa transacción. Avellaneda, agente de una empresa de seguridad privada, dijo ser "solamente un consumidor". Sánchez Loria no declaró sobre los cargos. Sí insistió en que le habían abierto la mochila sin autorización y en que su consorte de causa no tenía vinculación con los hechos.
El juez Guillermo Taylor rechazó el planteo de exclusión probatoria de las defensas —Jorge Montalván Rentería por Sánchez Loria; Maximiliano Movsovich por Avellaneda— y dictó prisión preventiva: 120 días para el primero y 15 para el segundo. Montalván Rentería había pedido, en subsidio, arresto domiciliario porque su defendido tenía a cargo dos hijos menores de lunes a viernes. Taylor no hizo lugar.
Las cifras del decomiso variaron levemente entre el parte policial y las actas judiciales, pero el núcleo es coincidente y, para la Digedrop, inédito en la provincia. En el departamento se secuestraron entre 458 y 498 pastillas de éxtasis; más de 100 gramos de tusi —otras actas hablaron de más de 200 gramos y de 38 dosis listas—; ketamina líquida (cinco a siete frascos) y sólida (más de 60 gramos en tubos); 29 troqueles de LSD; más de 600 tubos Eppendorf para fraccionar; y más de mil envases vacíos. Una nota de junio también mencionó cocaína entre lo incautado.
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La auxiliar fiscal Elina González valuó la sustancia en al menos 60 millones de pesos. El director de la Digedrop, Jorge Nacusse, dijo entonces que se trataba de "uno de los mayores secuestros registrados en Tucumán" de la llamada "droga del amor" y de las otras sustancias. Desde que rige el régimen de narcomenudeo, en diciembre de 2022, y hasta ese operativo, la misma dirección había decomisado apenas 31 pastillas de éxtasis, 4 gramos de tusi y 387 pepas de LSD.
El dinero hallado en mayo —alrededor de 5 millones de pesos, unos 700 dólares y 4 reales, según el parte inicial— quedó precisado en el acuerdo de hoy: 5.192.200 pesos, 751 dólares y 4 reales. Esa caja, más los 5 millones ofrecidos ahora como reparación, es el capítulo patrimonial del pacto.
Había, además, un sistema de clientes. Varias bolsas de éxtasis estaban rotuladas con nombre, domicilio y teléfono. Una llevaba la anotación "Pablo Escobar 1.500", leída por los investigadores como referencia a un stock de mil quinientas pastillas. En el allanamiento de la vivienda de Avellaneda, el lunes siguiente, la Digedrop encontró un cuaderno con compradores, dosis y montos. González dijo que los vecinos, al principio reticentes porque lo consideraban "una persona peligrosa", confirmaron que tenía clientela de alto poder adquisitivo "vinculada al ambiente de las fiestas electrónicas".
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Sánchez Loria se presentó como comerciante de muebles, colchones y artículos ortopédicos. En redes figuraba como importador. No se halló la máquina acuñadora de pastillas. El juez Taylor admitió "indicios" de elaboración o fraccionamiento local —ketamina líquida, cafeína y MDMA, componentes del tusi, más instrumental—, pero dijo que faltaban pruebas concluyentes de un laboratorio. Las pastillas de éxtasis, según la hipótesis policial de junio, podían haber llegado de laboratorios clandestinos de Buenos Aires, Santa Fe o Córdoba. Se investigó un alcance regional hacia Catamarca, Santiago del Estero, Salta y Jujuy.
El caso reabrió el debate sobre las fiestas electrónicas, quinto expediente tucumano en 23 años con esa derivación. El secretario de Lucha contra el Narcotráfico, Jorge Dib, aclaró que la pesquisa se basaba en indicios y no apuntaba a una actividad cultural. En 2024 había habido una suspensión temporaria de esos eventos por su vínculo con la venta de sintéticos.
En junio, un coimputado —identificado en las crónicas como N. A., en alusión a Avellaneda— se acogió a la figura de imputado colaborador (Arrepentido). Lo representó Movsovich. La auxiliar González formalizó el acuerdo en audiencia reservada ante el juez Guido Buldurini. Le prorrogaron la preventiva hasta el 29 de julio, ya en arresto domiciliario. Fuentes judiciales dijeron entonces que esa declaración "habría complicado la situación procesal de Sánchez Loria".
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El artículo 5, inciso c, de la ley 23.737 reprime el comercio y la tenencia con fines de comercialización con prisión de 4 a 15 años y multa de 45 a 900 unidades fijas, referidas al valor del formulario RENPRE. El acuerdo toma el mínimo pecuniario y apenas supera el mínimo de prisión. El decomiso y la reparación del artículo 29 del Código Penal —el ofrecimiento económico como parte de la condena— completan el paquete. Las accesorias del artículo 29, inciso 3°, del mismo código, y las costas, quedan a cargo del imputado.
El juicio abreviado no extingue, por sí, las ramificaciones que la Fiscalía dejó abiertas en junio: compradores de alto poder adquisitivo, eventuales revendidores, el rol exacto de Avellaneda y de la empresa de seguridad, y si hubo fraccionamiento local. Esas líneas dependen de pericias sobre teléfonos, agendas y cámaras, y de lo que el colaborador haya aportado bajo reserva. El acuerdo de hoy cierra, en cambio, la responsabilidad penal de Sánchez Loria en los hechos que el Ministerio Público tuvo por acreditados, con una pena efectiva que no admite condicional: cuatro años y seis meses de encierro.
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Fuente: El Federalista
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