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El STJ dejó firme la absolución de una mujer acusada de maltrato animal

La mujer había sido acusada por las condiciones en las que tenía un caballo y dos bovinos en una vivienda de Santa Rosa. La Fiscalía cuestionó que se hubiera considerado la situación de vulnerabilidad económica de la acusada.

Por F autor4 min de lectura
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El STJ dejó firme la absolución de una mujer acusada de maltrato animal
El STJ dejó firme la absolución de una mujer acusada de maltrato animal · Foto: El Diario de La Pampa

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El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa dejó firme la absolución de una mujer que había sido acusada de maltrato animal por las condiciones en las que mantenía a un caballo y dos bovinos en un inmueble de Santa Rosa.

La Sala B del STJ declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la fiscal Leticia Andrea Pordomingo contra la decisión del Tribunal de Impugnación Penal (TIP), que anteriormente había confirmado la absolución de Leticia Fabiana Alderete.

El caso se originó a partir de las condiciones en las que fueron encontrados tres animales en un inmueble ubicado en Víctor Lordi 1350 de la capital pampeana.

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Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, Alderete había ocasionado malos tratos a un equino y dos bovinos al mantenerlos sin proporcionarles bebida ni comida "en cantidad y calidad suficientes". También se señaló que se encontraban en malas condiciones de higiene y que el caballo estaba atado con una soga y permanecía expuesto al sol en esas condiciones durante varias horas del día.

Por esos hechos, la mujer llegó a juicio acusada de infringir los artículos 1 y 2, inciso 1, de la Ley 14.346 de maltrato y crueldad hacia los animales.

Sin embargo, luego de producirse la prueba durante el debate, el juez de Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial resolvió absolverla al considerar que no se encontraba configurado el dolo exigido para atribuirle el delito.

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La Fiscalía apeló esa decisión ante el TIP, pero la Sala B rechazó la impugnación y confirmó la absolución. Frente a ese resultado, Pordomingo llevó la discusión hasta el Superior Tribunal mediante un recurso de casación.

El planteo de la Fiscalía

Uno de los principales cuestionamientos fiscales estuvo dirigido a la valoración que hicieron los jueces de las condiciones personales, sociales y económicas de Alderete.

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La Fiscalía sostuvo que el TIP se había equivocado al descartar el delito sobre la base de que la mujer había proporcionado a los animales alimento, bebida y resguardo "en el marco de sus posibilidades".

Según el planteo, la situación de vulnerabilidad social y económica de la acusada no constituye un elemento contemplado por la Ley 14.346 para determinar si existió o no maltrato. Para la fiscal, esas circunstancias eventualmente podían ser consideradas al momento de establecer una pena, pero no para excluir la existencia del delito.

También afirmó que la figura penal no requiere que exista una intención de provocar la muerte de los animales por hambre, sed o exposición al calor, sino que puede configurarse por el incumplimiento de los deberes básicos de cuidado de quien los tiene a su cargo.

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La acusación aseguró que durante el juicio declararon policías y médicos veterinarios y que también se incorporó documentación sobre las condiciones de los animales y del lugar donde se encontraban.

Además, cuestionó lo que consideró una "cosificación" de los animales. La Fiscalía planteó que deben ser considerados seres sintientes y sujetos de derecho y que su subsistencia e integridad física no pueden quedar subordinadas de manera absoluta a las dificultades económicas de quien los tiene bajo su cuidado.

En ese marco, solicitó al STJ que revocara la absolución y condenara a Alderete a dos meses de prisión de ejecución condicional, además de imponerle reglas de conducta durante dos años. Como alternativa, pidió que el expediente regresara al TIP para que otra integración dictara una nueva resolución.

El rechazo del STJ

La Sala B del Superior Tribunal no hizo lugar al planteo. Consideró que los cuestionamientos de la Fiscalía no reunían los requisitos necesarios para habilitar la instancia de casación y que, en buena medida, reproducían argumentos que ya habían sido analizados por el TIP.

El STJ señaló que la discusión sobre la existencia del dolo estaba directamente relacionada con la valoración de los hechos y de las pruebas producidas durante el juicio.

En ese sentido, sostuvo que tanto el juez que realizó el debate como posteriormente el TIP concluyeron que no se había acreditado el requisito intencional necesario para configurar el delito atribuido.

Para el Superior Tribunal, determinar si existió ese elemento subjetivo constituye una cuestión vinculada con la prueba y los hechos del caso, materia que corresponde a los tribunales de juicio y que resulta ajena, en esas condiciones, al control mediante un recurso de casación.

Los jueces tampoco admitieron el planteo de arbitrariedad formulado por la Fiscalía ni consideraron que la discusión acerca del reconocimiento de los animales como seres sintientes y sujetos de derechos permitiera habilitar esa instancia extraordinaria.

Fuente: El Diario de La Pampa

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