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En Diputados, el oficialismo también logró aprobar la nueva Ley de Inocencia Fiscal

El oficialismo logró aprobar en Diputados la nueva ley de Inocencia Fiscal con la que el Gobierno nacional busca ampliar el universo de contribuyentes.

Por Uno Entre Rios2 min de lectura
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En Diputados, el oficialismo también logró aprobar la nueva Ley de Inocencia Fiscal
En Diputados, el oficialismo también logró aprobar la nueva Ley de Inocencia Fiscal · Foto: UNO Entre Ríos

El oficialismo logró aprobar en Diputados la nueva ley de Inocencia Fiscal con la que el Gobierno nacional busca ampliar el universo de contribuyentes.

En Diputados, el oficialismo también logró aprobar la nueva Ley de Inocencia Fiscal.

El oficialismo logró en la noche de este miércoles aprobar en la Cámara de Diputados la nueva ley de Inocencia Fiscal con la que el Gobierno nacional busca ampliar el universo de contribuyentes que podrán adherir al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias.

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Luego de avanzar con la aprobación de la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, el Gobierno se alzó con la segunda victoria consecutiva al alcanzar la media sanción de esta iniciativa, con 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones.

El proyecto, que modifica aspectos de la ley 27.799 de Inocencia Fiscal, permite que todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país puedan optar por esa modalidad, sin topes de ningún tipo en cuanto a ingresos y patrimonio.

En la actualidad podían solo adherirse los que tengan un ingreso anual de $1.000 millones y un patrimonio de hasta $10.000 millones.

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La nueva iniciativa también extiende el plazo para acceder a los beneficios hasta el 31 de diciembre de 2027.

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Otro punto clave es que se mantienen las facultades de fiscalización de ARCA sobre los contribuyentes de mayor capacidad económica o relevancia recaudatoria.

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En ese contexto, se redefine el concepto de "discrepancia significativa", que es el criterio que habilita a ARCA a impugnar una declaración jurada simplificada y revisar las declaraciones del Impuesto a las Ganancias.

Esa discrepancia se configurará cuando la impugnación arroje un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos no inferior al 15 % respecto de lo declarado por el contribuyente.

En tanto, se establece que los contribuyentes que adhieran a este régimen simplificado deberán realizar sus operaciones a través del sistema financiero formal, utilizando medios autorizados por el Banco Central (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV).

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En cuanto a los últimos cambios aplicados en el dictamen, se acordó reducir un 25 % las multas por infracciones formales a las pequeñas y medianas empresas (PyMEs).

Fuente: UNO Entre Ríos

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