En medio de los desalojos, Figueroa le otorgó la personería mapuche a una comunidad de Villa La Angostura
Es la comunidad Melo, que la reclamaba hace 14 años. El decreto llega un día después de conocerse un nuevo mandamiento por desalojo.

Es la comunidad Melo, que la reclamaba hace 14 años. El decreto llega un día después de conocerse un nuevo mandamiento por desalojo.
La comunidad Melo en Villa La Angostura.
El Gobierno de Neuquén reconoció la personería jurídica de la comunidadmapuche Lof Melo, con domicilio legal en el paraje Paso Coihue, departamento Los Lagos, en Villa La Angostura. Una comunidad que estuvo bajo órdenes de desalojo por la ocupación de tierras reclamadas por privados.
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La medida quedó formalizada a través del Decreto 1402, firmado por el gobernador Rolando Figueroa y refrendado por el ministro de Gobierno, Jorge Tobares, publicado el pasado viernes en una edición especial del Boletín Oficial.
La norma reconoce también el estatuto comunitario presentado por la comunidad, que establece sus pautas de organización, los mecanismos de designación de autoridades y los procedimientos de ingreso y exclusión de miembros.
Según el texto oficial, la constitución del Lof Melo quedó validada mediante actas de fecha 27 y 29 de septiembre de 2014, y una tercera del 18 de agosto de este año, en la que se aprobó el estatuto y se eligieron autoridades.
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Las personerías son parte del conflicto que tiene la Confederación Mapuche del Neuquén con el gobierno provincial, y que desencadenó el pasado 20 de julio de 2025 un desalojo frente a Casa de Gobierno: en ese momento estaban reclamando los Melo, los Fvta Xayen (Tratayén en Vaca Muerta) y Ragnileo Cárdenas (cerca del parque eólico de Picúnb Leufú) y Newen Cura en Rincón de los Sauces.
El decreto que le da la personería a los Melo se apoya en un extenso marco normativo. En primer término, la Constitución Nacional y Provincial, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Ley 23.302, el Código Civil y Comercial de la Nación, y el convenio suscripto entre el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas y la provincia, ratificado por el Decreto 2462/13. El expediente había sido iniciado en 2021 ante la Inspección Provincial de Personas Jurídicas.
La resolución llega en un contexto marcado por el conflicto que enfrenta a la comunidad con la Justicia provincial por la permanencia en el Lote Pastoril 42, conocido como El Pedregoso, un predio de aproximadamente 625 hectáreas entre Villa La Angostura y Bariloche que también reclama el Lof Quintriqueo.
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El pasado 19 de agosto, un día antes de la fecha prevista, efectivos de la Policía de Neuquén y del grupo especial GEOP ingresaron al territorio para ejecutar una orden de desalojo.
El operativo pudo completarse en el sector ocupado por el Lof Quintriqueo, pero quedó trunco en la parte donde permanece el Lof Melo, luego de que no se presentaran en el lugar funcionarios de los organismos de protección de la infancia requeridos por la presencia de menores. Desde entonces, las comunidades definieron la situación como un "desalojo a medias" y sostuvieron la ocupación del predio, acompañadas por movilizaciones que reunieron a cientos de personas de distintos puntos de Neuquén y Río Negro.
El otorgamiento de la personería jurídica se conoció apenas un día después de que trascendiera un nuevo mandamiento de desalojo sobre el mismo territorio, lo que profundizó la incertidumbre entre los integrantes de la comunidad respecto de una eventual nueva diligencia judicial, para la que hasta el momento no hay fecha confirmada.
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El reconocimiento estatal constituye, formalmente, un acto administrativo. Le otorga al Lof Melo existencia legal y capacidad para actuar institucionalmente como persona jurídica, pero no tiene efecto directo sobre las resoluciones judiciales vinculadas al predio en disputa. La orden de desalojo continúa vigente en el fuero judicial, que tramita de manera independiente del expediente de personería resuelto por el Poder Ejecutivo.
Desde la Confederación Mapuche de Neuquén señalaron que el trámite de reconocimiento llevó 14 años y reclamaron que esa nueva situación jurídica sea incorporada como elemento a considerar en el expediente judicial de desalojo.
La organización había cuestionado duramente al Gobierno provincial por el operativo de agosto, al que calificó como parte de un conflicto vinculado a un reclamo territorial de la familia Broers sobre el mismo predio.
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Lucas Melo, lonko de la comunidad, había expresado semanas atrás su decisión de sostener la ocupación del territorio junto al Lof Quintriqueo, remarcando que el operativo de agosto no logró completarse pese a haber sido presentado como consumado.
Tras conocerse el decreto, la defensa de la comunidad solicitó formalmente que se suspenda el desalojo en el expediente judicial, al considerar que el reconocimiento de la personería constituye un hecho nuevo sobreviniente.
"Estamos pidiendo que se suspenda el desalojo por el hecho nuevo sobreviniente", planteó el abogado Luis Virgilio Sánchez, que remarcó además que Melo nunca fue parte demandada en la causa y que la comunidad no puede ser tratada como una simple ocupante del predio.
Según el planteo, al reconocer formalmente ese estatus jurídico, la propia provincia queda obligada a garantizar la tutela efectiva de los derechos de la comunidad, en línea con los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Lhaka Honhat, que estableció la obligación de los Estados de resguardar los derechos territoriales de las comunidades indígenas.
"Al reconocer la provincia formalmente, ese estatus jurídico se debe cumplir con la tutela efectiva de los derechos de la comunidad", sostuvo la defensa.
El planteo se suma así al reclamo de la Confederación Mapuche, que también pidió que la nueva situación jurídica del Lof Melo sea incorporada como elemento a evaluar en el expediente de desalojo.
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Fuente: LM Neuquén
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