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Encontró a su padre biológico casi a los 50: sumó su apellido y conservó el que llevó toda su vida en Cipolletti

Una mujer de Cipolletti obtuvo el reconocimiento legal de su padre biológico luego de una prueba genética con más del 99,9% de probabilidad de paternidad. La Justicia también autorizó que conserve el apellido que llevó desde su nacimiento y sume el de su progenitor.

Por Redacción3 min de lectura
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Encontró a su padre biológico casi a los 50: sumó su apellido y conservó el que llevó toda su vida en Cipolletti
Encontró a su padre biológico casi a los 50: sumó su apellido y conservó el que llevó toda su vida en Cipolletti · Foto: Río Negro

Por Redacción

La resolución del fuero de Familia de Cipolletti se apoyó en una pericia genética realizada dentro del expediente.

Después de casi cinco décadas con el mismo apellido, una mujer logró que la Justicia reconociera a su padre biológico sin perder el nombre con el que desarrolló toda su vida. El fallo hizo lugar a la impugnación de la filiación anterior y ordenó inscribirla como hija de su progenitor biológico, pero también permitió que conservara el apellido que llevó desde su nacimiento y sumara el de su padre.

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La decisión fue adoptada por el fuero de Familia de Cipolletti, donde la mujer había iniciado una acción luego de conocer, en 2021, información sobre su verdadero origen.

Durante casi 50 años, la mujer llevó el apellido del hombre que la había reconocido como hija cuando era pequeña. Él se casó con su madre y la crio dentro de esa familia. Con ese apellido creció y desarrolló sus vínculos personales, laborales y comerciales.

En 2021 conoció datos sobre su origen y tomó contacto con quien era señalado como su padre biológico. Ambos realizaron entonces un estudio privado de ADN que arrojó una compatibilidad del 99,89 por ciento. A partir de ese momento comenzaron a construir un vínculo cercano de padre e hija.

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La mujer acudió después a la Justicia con un doble pedido: dejar sin efecto la filiación paterna que figuraba desde hacía décadas y obtener el reconocimiento legal de su progenitor biológico.

Para entonces, el hombre que la había reconocido ya había fallecido. Por ese motivo, la acción de impugnación fue dirigida contra dos de sus herederas y también se convocó al hombre señalado como padre biológico.

Las personas involucradas fueron notificadas y, en un primer momento, no contestaron la presentación dentro del plazo previsto. Más tarde aceptaron el planteo a partir del resultado del estudio genético privado.

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Sin embargo, el fallo remarcó que la filiación es una cuestión de orden público y que era necesario contar con una prueba genética incorporada formalmente al expediente.

Para realizarla se tomaron muestras de la mujer, de su madre y del hombre señalado como padre biológico. El Laboratorio de Genética Forense informó una probabilidad de vínculo biológico de paternidad superior al 99,9 por ciento.

La sentencia consideró que esa pericia acreditó la relación biológica entre ambos y descartó el vínculo de filiación respecto del hombre que la había reconocido décadas atrás.

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La definición judicial no terminó con la determinación de la filiación. La mujer también pidió conservar el apellido que había utilizado desde su nacimiento, porque formaba parte de su identidad personal desde hacía casi cinco décadas.

Al mismo tiempo, solicitó incorporar el apellido correspondiente a su padre biológico.

El fallo analizó el planteo a partir del artículo 62 del Código Civil y Comercial, que reconoce el derecho y el deber de las personas de usar el prenombre y el apellido que les corresponden.

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La resolución valoró tanto el origen biológico acreditado mediante la prueba genética como la identidad construida a lo largo de su vida con el apellido que había llevado hasta entonces.

Finalmente, la sentencia hizo lugar a la impugnación de la filiación anterior y ordenó inscribir a la mujer como hija de su padre biológico.

También aceptó su pedido respecto del nombre: conservará el apellido que llevó desde su nacimiento y sumará el correspondiente a su progenitor biológico.

De esta manera, la resolución reconoció judicialmente su origen biológico sin desvincularla del apellido que había formado parte de su identidad durante casi toda su vida.

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Después de casi cinco décadas con el mismo apellido, una mujer logró que la Justicia reconociera a su padre biológico sin perder el nombre con el que desarrolló toda su vida. El fallo hizo lugar a la impugnación de la filiación anterior y ordenó inscribirla como hija de su progenitor biológico, pero también permitió que conservara el apellido que llevó desde su nacimiento y sumara el de su padre.

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Fuente: Río Negro

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