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Escándalo en el Hospital Rawson: acusan a un enfermero de burlar el sistema y robar 55 ampollas de analgésico adictivo

El profesional se valía de su huella digital para burlar el sistema automatizado de la Terapia Intensiva y sustraer tramadol. La maniobra salió a la luz cuando un colega advirtió marcas de inyecciones en sus brazos. Los detalles.

Por Pablo Mendoza4 min de lectura
Escándalo en el Hospital Rawson: acusan a un enfermero de burlar el sistema y robar 55 ampollas de analgésico adictivo
Escándalo en el Hospital Rawson: acusan a un enfermero de burlar el sistema y robar 55 ampollas de analgésico adictivo · Foto: Tiempo de San Juan

Un escándalo sacude las instalaciones del Hospital Rawson tras salir a la luz una sofisticada maniobra de sustracción de medicamentos controlados. Un enfermero fue formalmente imputado bajo la sospecha de haber robado 55 ampollas de tramadol, un potente analgésico opioide de características adictivas.

El sospechoso, identificado como Andrés Figueroa (oriundo de Tucumán, que vive actualmente en Santa Lucía y trabajador del nosocomio desde principios de 2020), se desempeñaba en el Área de Terapia Intensiva de Adultos. Según la investigación, el faltante comenzó a registrarse luego de que el profesional se reincorporara a sus tareas en marzo de 2026, tras una licencia médica por una operación de rodilla.

El Modus Operandi: burlando el Sistema PIXIS

La sustracción se habría llevado a cabo entre mediados de marzo y el 23 de abril de 2026. Aprovechando su cargo y su acceso legítimo a los medicamentos, Figueroa habría vulnerado el sistema de seguridad farmacéutica.

La jefa de Farmacia del hospital explicó ante la Justicia el funcionamiento del sistema PIXIS, un armario automatizado de nueve cajones y múltiples compartimientos al que solo puede ingresar el personal autorizado mediante huella digital.

Para llevar a cabo la maniobra, el enfermero ingresaba al sistema con sus credenciales biométricas, retiraba las ampollas de tramadol y, posteriormente, cancelaba o modificaba las transacciones en la interfaz digital.

Esto generaba una discrepancia crítica, ya que el stock virtual que reflejaba el software era muy superior a la cantidad física real de la medicación. A esto se le suma una total falta de justificación médica. Durante el período investigado, solo dos pacientes, ubicados en los boxes 5 y 14, tenían indicada esta droga. Sin embargo, los registros confirmaron que las 55 ampollas faltantes no fueron destinadas al tratamiento de estas personas.

La alarma no sonó por un control de inventario inicial, sino por la observación de un compañero de trabajo. Un colega enfermero notó hematomas y marcas sospechosas en los brazos de Figueroa. Ante la duda, solicitó de inmediato a la Jefatura de Farmacia que emitiera un reporte del sistema PIXIS, el cual confirmó finalmente las anomalías.

Durante la audiencia de formalización, las distintas partes expusieron sus teorías del caso y solicitudes ante la magistrada interviniente. El MPF compuesto por Adolfo Díaz y Romina Mascarell de UFI Delitos Especiales N°6 solicitaron que quede imputado por el delito de peculado y un plazo de 6 meses de investigación. La querella, a cargo de Gabriel Sanz representando a Fiscalía de Estado expresó que existiría el delito de estafa (Artículo 173, Inciso 16 del Código Penal Argentino).

La defensa rechazó las acusaciones y solicitó una pericia toxicológica para su defendido con el fin de desestimar el consumo personal. Negó enfáticamente que su cliente haya participado en la maniobra delictiva o que haya consumido la sustancia, motivo por el cual solicitó la realización de una pericia toxicológica, medida a la que la jueza hizo lugar.

Por su parte, la querella introdujo una hipótesis agravante. Dada la sensibilidad y el alto potencial adictivo del tramadol, sospechan que el robo no tenía como único fin el consumo personal, sino una posible comercialización a terceros, lo que configuraría el delito de estafa.

No obstante, uno de los puntos más tensos de la jornada fue la resolución de la jueza Carolina Parra, quien formuló críticas a la fiscalía por errores en la fundamentación de las medidas de coerción. La magistrada impuso únicamente el inciso 1 del artículo 295 del Código Procesal Penal, limitando la obligación del imputado a someterse al proceso y no entorpecer la investigación.

En su dictamen, Parra les llamó la atención a los representantes del Ministerio Público por no haber solicitado medidas cautelares más rigurosas. La advertencia radica en que Figueroa continúa trabajando en el Hospital Rawson, aunque reubicado en otra área, lo que, según la jueza, representa un riesgo procesal latente por la posibilidad de que el imputado influya o amedrente a los testigos del caso.

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Fuente: Tiempo de San Juan

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