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Está en la mira por abusar y golpear a su ex en Rivadavia: un tribunal lo dejó en libertad

La defensa consiguió que el acusado recupere la libertad tras estar unas semanas tras las rejas. Utilizará una tobillera electrónica para ser monitoreado a toda hora.

Por Tiempo de San Juan5 min de lectura
Está en la mira por abusar y golpear a su ex en Rivadavia: un tribunal lo dejó en libertad
Está en la mira por abusar y golpear a su ex en Rivadavia: un tribunal lo dejó en libertad · Foto: Tiempo de San Juan

En un crucial giro procesal dentro de las causas de violencia de género que se tramitan en la provincia, el Tribunal de Impugnación dispuso la inmediata libertad del hombre de 36 años, identificado bajo las iniciales R.M., quien se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el Servicio Penitenciario Provincial. El imputado está siendo investigado por la UFI CAVIG tras una denuncia por presunto abuso sexual con acceso carnal en concurso real con lesiones leves, delitos agravados por el vínculo y por mediar violencia de género contra su pareja en Rivadavia.

La sustancial novedad en el expediente se produjo luego de que prosperara el recurso de impugnación interpuesto por la defensora oficial, la doctora Sandra Leveque. El magistrado del Tribunal de Impugnación, el doctor Martín Heredia Zaldo, dictó la resolución que revocó la medida restrictiva de la libertad que pesaba sobre el imputado. Para fundamentar su decisión, el juez de alzada remarcó de manera taxativa que la resolución dictada en primera instancia por el juez de Garantías, Roberto Montilla, carecía de la debida fundamentación penal.

El doctor Martín Heredia Zaldo argumentó que los riesgos procesales invocados por la fiscalía pueden ser neutralizados con medidas de coerción menos gravosas que el encierro carcelario. Asimismo, advirtió que la aplicación de la perspectiva de género en los procesos judiciales no habilita de forma automática el dictado de la prisión preventiva, debiendo ponderarse de igual forma las garantías constitucionales del debido proceso, máxime cuando la teoría del caso fiscal presenta imprecisiones y el propio imputado evidenció lesiones en su cuerpo.

En virtud de este nuevo escenario legal, y a pesar de la oposición manifestada por el fiscal de impugnación, el doctor Fabrizio Medici -quien solicitó la continuidad del encierro-, el magistrado dispuso una serie de medidas alternativas y de control estricto. R.M. quedará sujeto al uso obligatorio de un dispositivo dual (tobillera electrónica) para asegurar su monitoreo continuo las 24 horas del día. De igual modo, se le impuso la prohibición absoluta de acercamiento y de cualquier tipo de contacto con la denunciante, sumado a la obligación de comparecer ante la comisaría jurisdiccional cada 15 días.

La causa de abuso

La investigación penal preparatoria se inició formalmente el pasado 27 de mayo a instancias de la UFI CAVIG, actualmente bajo la conducción de la fiscal Bazán. De acuerdo con la hipótesis formulada por el Ministerio Público Fiscal, el hecho de carácter sexual habría ocurrido en la vivienda que la pareja compartía en Rivadavia. La denunciante relató que aquella noche ingirió un ansiolítico (clonazepam) antes de dormir. Según su exposición, el encausado se habría aprovechado de su estado de somnolencia e insistió reiteradamente para mantener relaciones sexuales bajo la recriminación de: "Dale, demostremos que estamos bien".

La pieza acusatoria detalla que, pese a las persistentes negativas manifestadas por la presunta víctima, el agresor prosiguió con su accionar. La mujer declaró ante los gabinetes interdisciplinarios que el sujeto emitía frases confusas e incoherentes tales como "Mirá, culeado, es mía", sin lograr dilucidar a quién se refería en ese instante. Asimismo, constan en la causa agresiones físicas posteriores: horas después del suceso, en medio de un fuerte altercado donde la mujer le recriminó la agresión sexual, R.M. procedió a armar sus pertenencias en un bolso y, tras un violento forcejeo, comenzó a golpearla, cese de violencia que solo se materializó tras la irrupción de un tercero en el inmueble.

Las pericias preliminares y el informe de riesgo practicado por los profesionales de CAVIG arrojaron un índice crítico de vulnerabilidad calificado en 29 puntos, denotando un contexto de extrema violencia de género latente. Ello motivó al juez Roberto Montilla a ordenar originalmente la prisión preventiva por el término de dos meses, temperamento que ahora fue desarticulado en la instancia de revisión.

La versión del imputado y los argumentos defensivos

Desde el inicio de las audiencias, la defensa técnica encabezada por la doctora Sandra Leveque sostuvo la inocencia absoluta de su asistido, argumentando una mutación radical de la causa. Al prestar declaración ante el tribunal, R.M. manifestó su profunda sorpresa frente a los cargos penales y ofreció un relato diametralmente opuesto. Aseguró de forma taxativa que las relaciones sexuales existieron pero que correspondieron a un acto enteramente consentido por ambas partes, desestimando de plano cualquier clase de coacción física o psicológica.

El imputado aseveró que las relaciones sexuales tuvieron lugar cronológicamente antes de que la denunciante consumiera la medicación, puntualizando además que su expareja suele automedicarse con frecuencia y denota cansancio generalizado al regresar de sus jornadas laborales. En su declaración, el hombre afirmó que tras la cena compartieron el consumo voluntario de estupefacientes (cocaína) a solicitud de la propia mujer.

Respecto de las constataciones médicas de lesiones corporales que exhibía la denunciante, el acusado adujo haber obrado en legítima defensa frente a un ataque de celos y despecho motivado por su decisión de disolver la relación que mantenían desde hacía seis años. "Ella me pegó a mí porque yo me quería ir de la casa, la relación no daba para más. Me defendí; puede que le haya pegado en la pierna, pero fue para protegerme", argumentó R.M. en el acta judicial. Además, al momento de la audiencia rechazó tajantemente la acusación de abuso, esgrimiendo: *Jamás la forcé. Tengo una hija con otra pareja, ¿cómo me va a mirar ella ahora?".

Este planteo fue complementado por su defensa con la acreditación de registros médicos que constataban mordeduras y escoriaciones diversas en los brazos y torso del propio imputado, presuntamente provocadas por la denunciante.

Con esta resolución dictada por el juez de impugnación Martín Heredia Zaldo, el proceso judicial continuará su curso con el imputado en libertad ambulatoria y bajo estrictas reglas de conducta impuestas, mientras la fiscalía evalúa los pasos procesales a seguir de cara a la finalización de la etapa preparatoria.

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Fuente: Tiempo de San Juan

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