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Fallo histórico en Santa Cruz: el TSJ ratificó el Régimen Especial de la Ley 3610 para Higiene y Seguridad

El máximo tribunal provincial rechazó la demanda promovida por el CPAIA, desestimó el planteo de inconstitucionalidad y estableció que la Ley Provincial N.º 3610 constituye el régimen especial para el control del ejercicio efectivo de la Higiene y Seguridad en el Trabajo en Santa Cruz.

Por Redacción Nuevo Día3 min de lectura
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Fallo histórico en Santa Cruz: el TSJ ratificó el Régimen Especial de la Ley 3610 para Higiene y Seguridad
Fallo histórico en Santa Cruz: el TSJ ratificó el Régimen Especial de la Ley 3610 para Higiene y Seguridad · Foto: Diario Nuevo Día

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz dict� una sentencia de especial trascendencia para el ejercicio profesional de la Higiene y Seguridad en el Trabajo en todo el territorio provincial.

Mediante sentencia del 28 de septiembre de 2026, reca�da en los autos "Consejo Profesional de la Agrimensura, Ingenier�a y Arquitectura de la Provincia de Santa Cruz (CPAIA) c/ Provincia de Santa Cruz s/ Demanda Contencioso Administrativa", Expte. N.� C-809/19-TSJ, el m�ximo tribunal provincial rechaz� la demanda interpuesta por el CPAIA contra el Estado Provincial.

LA LEY 3610 ES EL R�GIMEN ESPECIAL

En su sentencia, el Tribunal estableci� que la Ley Provincial N.� 3610 constituye el r�gimen especial para el control del ejercicio efectivo de la Higiene y Seguridad en el Trabajo y dispone la matriculaci�n obligatoria en el Colegio de Trabajadores de la Higiene y Seguridad de la Provincia de Santa Cruz.

Asimismo, determin� que, conforme a los criterios de especialidad y posterioridad, este r�gimen prevalece y desplaza, en ese segmento concreto, la competencia reconocida al CPAIA por la Ley N.� 272.

El fallo deja expresamente a salvo la validez de las matr�culas expedidas por el CPAIA en funci�n del t�tulo y su �mbito de actuaci�n respecto de las restantes actividades profesionales.

Es decir, no se desconocen t�tulos ni otras matr�culas profesionales. La definici�n judicial se refiere espec�ficamente al r�gimen aplicable cuando se ejerce efectivamente la Higiene y Seguridad en el Trabajo dentro de Santa Cruz.

El Tribunal tambi�n rechaz� el planteo subsidiario de inconstitucionalidad de la Ley N.� 3610.

UNA DEFINICI�N DESPU�S DE A�OS DE DISCUSI�N

La sentencia pone una definici�n judicial sobre una controversia sostenida durante a�os respecto de la aplicaci�n de la Ley 3610, la competencia del Colegio especializado y la obligaci�n de matriculaci�n para quienes desarrollan actividades profesionales de Higiene y Seguridad en Santa Cruz.

Desde el Colegio se�alaron que comienza ahora una nueva etapa de informaci�n, regularizaci�n y fiscalizaci�n, tanto para los profesionales como para las empresas, contratistas, organismos p�blicos y privados que requieren servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo. FALLO HIST�RICO EN SANTA CRUZ

MAT�AS HERN�NDEZ: "AHORA TENEMOS QUE ESTAR A LA ALTURA DE ESA RESPONSABILIDAD"

Consultado sobre el fallo, el Lic. Mat�as Hern�ndez, Tesorero del Colegio de Trabajadores de la Higiene y Seguridad de la Provincia de Santa Cruz y uno de los impulsores de la creaci�n de la Ley Provincial N.� 3610, destac� el significado de la sentencia despu�s de a�os de discusi�n.

"Para quienes estuvimos desde el comienzo trabajando e impulsando la creaci�n de esta ley y del Colegio, esta sentencia tiene un significado enorme. Fueron muchos a�os defendiendo la necesidad de que la Higiene y Seguridad tuviera en Santa Cruz su propio �mbito de control profesional."

Hern�ndez aclar� que el fallo no implica desconocer t�tulos, incumbencias ni matr�culas de otras profesiones, sino establecer qu� r�gimen corresponde aplicar espec�ficamente al ejercicio de la Higiene y Seguridad en la provincia.

Tambi�n remarc� que la matriculaci�n no debe reducirse a una cuesti�n administrativa o econ�mica:

"La matr�cula no es simplemente pagar un arancel o tener un n�mero. Cuando un profesional interviene en una obra, una industria, una minera o cualquier establecimiento, est� asumiendo responsabilidades sobre condiciones de trabajo que pueden afectar directamente la integridad y la vida de las personas."

Finalmente, Hern�ndez sostuvo que el fallo debe marcar el comienzo de una nueva etapa para la instituci�n:

"La Higiene y Seguridad en el Trabajo no es una firma en un papel. Es prevenci�n, responsabilidad profesional y, fundamentalmente, proteger la vida y la salud de los trabajadores. Durante a�os defendimos la Ley 3610 y hoy existe una definici�n del m�ximo tribunal de nuestra provincia. Ahora tenemos que estar a la altura de esa responsabilidad."

Fuente: Diario Nuevo Día

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