Femicidios en Argentina: 192 víctimas fatales en lo que va de 2026
En 2026 se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones. En Entre Ríos 7 femicidios, 11 intentos y 18 ataques.

En 2026 se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones. En Entre Ríos 7 femicidios, 11 intentos y 18 ataques.
En 2026 se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones adultos y niños
En 2026 se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones adultos y niños
En 2026 se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones adultos y niños
Desde el 1° de enero al 30 de septiembre de 2026, se produjeron 164 femicidios y vinculados de mujeres y niñas, 9 transfemicidios y 19 femicidios vinculados de varones adultos y niños, según un nuevo informe del Observatorio de Femicidios en Argentina "Adriana Marisel Zambrano" que dirige La Casa del Encuentro.
Los datos más relevantes son que 226 hijas/hijos quedaron sin madre, el 55% son menores de edad; el 54% de los agresores eran parejas o exparejas. Como cada informe lo demuestra, el lugar más inseguro para una mujer en situación de violencia continúa siendo su vivienda o la vivienda compartidacon el agresor (56% fueron asesinadas en su hogar). Y si bien los femicidios abarcan el territorio nacional, en términos absolutos Buenos Aires sigue siendo la provincia con más casos, seguida por Santa Fe y Córdoba.
En relación a las tentativas de femicidios registramos 401 intentos que continúan en seguimiento. El 15% de las mujeres agredidas tenía denuncia previa, lo que indica claramente que las medidas dictadas y la falta de perspectiva integral en materia de derechos de la justicia fueron insuficientes, ya que le permitieron al agresor seguir actuando con impunidad.
"Analizar todas las variables que surgen entre los femicidios y los intentos, nos demuestra la realidad que viven cientos de mujeres en todo el país: la falta de acceso a justicia. Desde La Casa del Encuentro afirmamos que no toda muerte violenta de una mujer constituye un femicidio. Pero tampoco todo femicidio ocurre dentro de una pareja", se indica desde el Observatorio.
Los datos ponen de manifiesto que el franja etaria de 31 a 50 años aglutina el núcleo principal de la crisis, representando el 45.7% de las víctimas de femicidios con edad consignada (79 de 173) y el 39.3% de los femicidas (68 de 173). En las tentativas, este mismo rango concentra 104 víctimas y 134 agresores. Resulta asimismo alarmante la presencia de 6 femicidas adolescentes (de 13 a 18 años) y 2 agresores juveniles en tentativas, lo que da cuenta de la asimilación precoz de patrones de dominación violenta en varones jóvenes.
La evidencia empírica acumulada derrumba categóricamente el mito urbano que sitúa la principal amenaza en la vía pública o en la figura del "desconocido". Las estadísticas del Observatorio demuestran que el factor de mayor riesgo para la vida e integridad de las mujeres proviene del círculo íntimo, afectivo y familiar más cercano.
El análisis de la tipología relacional es contundente: la suma de parejas y exparejas representa el 54.3% de los femicidios consumados (94 de 173 casos) y alcanza un impresionante 94.5% en el universo de las tentativas de femicidio (379 de 401 casos).
La cifra de 172 tentativas perpetradas por exparejas adquiere una relevancia estratégica fundamental: demuestra que el momento de la ruptura vincular o el período subsiguiente constituye una fase de máxima peligrosidad letal. Ante la pérdida de control o el quiebre del mandato de posesión, los violentos escalan de manera drástica sus agresiones hacia la acción homicida como mecanismo final de dominación.Estas dinámicas de control y sometimiento en la intimidad se ejecutan mediante diversas modalidades físicas que reflejan una extrema crueldad y una marcada asimetría de fuerza.
En los femicidios consumados predominan de manera absoluta las armas blancas (28.3%) y las armas de fuego (26.0%), elementos que garantizan una efectividad destructora inmediata. Por el contrario, en las tentativas prevalece el uso de la fuerza física directa mediante golpes (45.6%) y el amedrentamiento verbal a través de amenazas explícitas de muerte (29.9%).
Esta divergencia prueba que la supervivencia de la víctima depende en gran medida del acceso efectivo del agresor a instrumentos de letalidad reforzada —como pistolas o cuchillos— y de la celeridad con que la víctima pueda pedir auxilio antes de la escalada física. El espacio físico donde se despliegan estos ataques consolida aún más la evidencia sobre el peligro imperante dentro del ámbito privado.
El hecho de que 126 niños, niñas y adolescentes hayan perdido a sus madres en un período de nueve meses impone una carga institucional crítica sobre el Estado nacional y los gobiernos provinciales. Esta situación activa de manera urgente la responsabilidad de garantizar la plena aplicación de la Ley Brisa (Ley 27.452 de Reparación Económica para Niñas, Niños y Adolescentes), no solo como transferencia monetaria, sino como un dispositivo integral de acompañamiento psicológico, educativo y social.
Asimismo, los 103 menores que presenciaron directamente las agresiones físicas extremas sufren daños psicotraumáticos profundos que transmiten el trauma intergeneracional de la violencia, demandando intervenciones interdisciplinarias inmediatas para evitar la reproducción de estos patrones.El análisis de esta tragedia colectiva exige evaluar de forma incisiva las fallas y omisiones del propio Estado en la prevención de estos delitos.
Las estadísticas expuestas por el Observatorio "Adriana Marisel Zambrano" ponen al descubierto fisuras estructurales en las rutas de acceso a la justicia y en los mecanismos estatales de protección. La ocurrencia de ataques letales contra mujeres que ya habían recurrido formalmente a las instituciones demuestra que las fallas del sistema convierten a muchos de estos crímenes en tragedias evitables y denunciadas que no recibieron una respuesta cautelar oportuna o efectiva.
La revisión de los antecedentes institucionales indica que 22 víctimas de femicidio (12.7% del total) y 59 víctimas de tentativas (14.7%) habían realizado denuncias previas por violencia de género contra sus agresores. Más grave aún es el diagnóstico respecto de las órdenes judiciales de restricción: al momento de cometerse el crimen, 11 femicidas (6.4%) y 44 agresores en tentativas (11.0%) contaban con medidas cautelares de prevención dictadas y vigentes (como prohibición de acercamiento o perímetro de exclusión).
El hecho de que 55 agresores hayan violado impunemente las disposiciones judiciales demuestra la falta de monitoreo tecnológico, la ausencia de patrullaje efectivo y la inoperancia de las sanciones ante el incumplimiento cautelar.
Un componente de altísima gravedad institucional lo constituye la presencia de agresores integrados al aparato coercitivo estatal: 8 femicidas y 17 agresores en tentativas (25 perpetradores en total) pertenecían o habían pertenecido a las fuerzas armadas o de seguridad.
Esta condición dota al agresor de un poder de fuego desproporcionado al portar el arma reglamentaria provista por el Estado las 24 horas, sumado a la capacitación en tácticas de letalidad y a la cobertura corporativa que suele demorar la recepción de denuncias intrafamiliares dentro de las comisarías.Por otro lado, la conducta de evasión de la justicia se refleja en el suicidio de 29 femicidas tras cometer el hecho y de 8 agresores luego de concretar una tentativa.
Asimismo se expresó la profunda preocupación ante la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación adopte una interpretación que restrinja el alcance de la figura de femicidio, prevista en el artículo 80 inciso 11 del Código Penal. "Desde 2008, cuando elaboramos el primer Informe de Femicidios en Argentina -ante la ausencia de estadísticas oficiales- trabajamos para visibilizar estos crímenes. También participamos activamente del proceso que permitió incorporar el femicidio como agravante en nuestra legislación. Por eso conocemos la importancia de este avance".
Por otra parte se señala que el contexto de violencia de género debe ser probado con pleno respeto de las garantías del debido proceso. "Pero exigir una relación de pareja, convivencia o antecedentes previos de violencia que la ley no pide, no solo significaría restringir el alcance de la figura sino también desconocer la Ley 26.485 cuando define los diferentes tipos y modalidades de las violencias. No se trata de ampliar la figura de femicidio (agravante artículo 80). Se trata de no vaciarla de contenido. Después de tantos años de trabajo para que estos crímenes fueran nombrados, registrados y reconocidos por el Estado, consideramos fundamental no retroceder. Es la ley la que debe encuadrar la interpretación de la Corte Suprema y no la Corte la que reduzca los alcances de la ley caprichosamente", concluyeron.
Se exige el cumplimiento de las leyes:
Fuente: UNO Entre Ríos
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