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Feriado del 17 de agosto: ¿es feriado nacional?

El lunes 17 de agosto de 2026 será feriado nacional por San Martín y habrá un fin de semana largo de tres días.

Por Redacción Nuevo Día2 min de lectura
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Feriado del 17 de agosto: ¿es feriado nacional?
Feriado del 17 de agosto: ¿es feriado nacional? · Foto: Diario Nuevo Día

S�. El lunes 17 de agosto de 2026 ser� feriado nacional en Argentina por el Paso a la Inmortalidad del General Jos� de San Mart�n.

La fecha est� incluida entre los feriados nacionales trasladables establecidos por la Ley 27.399. En 2026, el 17 de agosto coincide con el tercer lunes del mes, por lo que el descanso se mantiene ese d�a.

Por lo tanto, no ser� un d�a no laborable optativo, sino un feriado nacional.

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S�. El feriado del lunes 17 de agosto se combinar� con el s�bado 15 y el domingo 16, por lo que habr� tres d�as consecutivos de descanso.

El esquema ser�:

De esta manera, quienes habitualmente no trabajan los fines de semana tendr�n un fin de semana largo de tres d�as.

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Adem�s, el D�a del Ni�o se celebrar� el domingo 16 de agosto de 2026, aunque esta celebraci�n no constituye un feriado nacional.

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El 17 de agosto se recuerda el Paso a la Inmortalidad del General Jos� de San Mart�n, fallecido el 17 de agosto de 1850 en Boulogne-sur-Mer, Francia.

San Mart�n fue una de las figuras centrales de las guerras de independencia sudamericanas. Entre sus principales acciones se encuentran la creaci�n del Regimiento de Granaderos a Caballo, la campa�a de los Andes y las expediciones que contribuyeron a la independencia de Chile y Per�.

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La diferencia principal est� en el car�cter obligatorio de cada jornada.

En un feriado nacional, rigen las normas laborales correspondientes a los feriados. Si una persona trabaja durante un feriado nacional, corresponde la remuneraci�n prevista por la Ley de Contrato de Trabajo para esas jornadas.

En cambio, un d�a no laborable tiene un r�gimen diferente y, en determinados casos, la decisi�n de trabajar queda en manos del empleador. Si se trabaja durante un d�a no laborable, la remuneraci�n es la habitual.(LMN)

Fuente: Diario Nuevo Día

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