Flavio Fama no podrá votar de manera on line
El pedido para que pueda participar de manera virtual fue enviado a la Comisión de Asuntos Constitucionales. Fama adujo problemas de salud.

El pedido para que pueda participar de manera virtual fue enviado a la Comisión de Asuntos Constitucionales. Fama adujo problemas de salud.
Tras la derrota del Gobierno al tener que ceder el capítulo que modificaba la actual Ley de Tierras, la oposición no pudo lograr que dos de sus senadores puedan participar de manera virtual para debatir la Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada. Pese a que la vicepresidenta Victoria Villarruel los había habilitado, la mayoría del pleno rechazó a mano alzada la posibilidad y tanto el legislador radical por Catamarca Flavio Fama y la senadora mendocina Anabel Fernández Sagasti no podrán votar.
Al comenzar la sesión, cerca de las 14, la titular del bloque libertario, Patricia Bullrich, pidió una moción a mano alzada para avalar o no el pedido de Sagasti y Fama de participar de modo remoto. La senadora mendocina atraviesa la semana 32 de un embarazo de riesgo, por lo que tiene contraindicado viajar tanto por vía terrestre como aérea. En tanto, el senador catamarqueño fue operado de una rodilla la semana pasada y tampoco está en condiciones de trasladarse.
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Pasó a comisiones el pedido para que Flavio Fama y Anabel Fernández Sagasti sesionen: no se decidirá hoyEl Senado votó a favor de la moción realizada por la jefa de la bancada de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, para que los senadores puedan sesionar. pic.twitter.com/lldXQB1Nnv
"A partir de un debate que se ha hecho público sobre licencias o voto no presencial, con la presentación de proyectos parlamentarios necesarios para poder habilitar este tema, se discuta en la Comisión de Asuntos Constitucionales", planteó Bullrich. Al instante, el tema se votó a mano alzada y se dio por aprobado por unanimidad. De esta manera, el pedido fue remetido a Comisión y continuó la sesión como estaba prevista, sin la participación de ambos.
La posición de los senadores se basó en el artículo 227 del reglamento del Senado. "Ninguna disposición de este reglamento puede ser alterada ni derogada por resolución sobre tablas, sino únicamente por medio de un proyecto en forma, que seguirá la misma tramitación que cualquier otro y requerirá para su aprobación mayoría de dos tercios de los miembros de la Cámara", dice esa parte del texto.
Fuente: El Ancasti
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