Fuerte disputa jurisdiccional por un caso de abuso: la Justicia sanjuanina retendrá la causa pese a la oposición de Fiscalía
El Ministerio Público Fiscal solicitaba que la investigación se trasladara a Jujuy para evitar la revictimización de la menor. Sin embargo, la querella, la defensa y los propios padres pidieron que el proceso continúe en San Juan. El juez Guillermo Adarvez priorizó el derecho a u…

Un complejo debate de carácter constitucional y jurisdiccional se desató en los tribunales locales este viernes, 2 de octubre de 2026, en el marco de una grave denuncia por abuso sexual. El conflicto central radicó en determinar qué provincia debía investigar el caso: Jujuy, donde reside actualmente la presunta víctima y donde se avanzó a nivel jurídico, o San Juan, escenario de los hechos y lugar de residencia del único imputado.
Tras un intenso cruce de fundamentos, el juez de Garantías Guillermo Adarvez resolvió declarar su competencia para que la investigación penal preparatoria se lleve adelante en la Primera Circunscripción de la Justicia sanjuanina, basándose en la voluntad expresa de los padres de la menor y en la necesidad de no dilatar y someterse al proceso, ya que nuevamente se deberán hacer diferentes pericias como entrevista videograbada (ex Cámara Gesell).
El fiscal Duilio Ejarque de UFI ANIVI sostuvo desde un principio que la causa, remitida desde la provincia del norte el pasado 13 de agosto, debía retornar y tramitarse íntegramente en Jujuy. Su principal argumento se centró en el resguardo de la integridad psíquica de la menor y en el Interés Superior del Niño. Para el Ministerio Público, retener el expediente en San Juan implicaba una inminente revictimización, ya que la niña debería someterse desde cero a nuevas pericias y a una segunda Cámara Gesell, reviviendo el trauma de los hechos.
Sin embargo, la postura de la fiscalía encontró una férrea oposición por parte de la querella, representada por el abogado Arce Bazán, y, de forma contundente, de los propios padres de la víctima.
El padre de la menor, quien es efectivo de Gendarmería Nacional, explicó que por la naturaleza de su trabajo están sujetos a constantes traslados provinciales, por lo que un cambio de jurisdicción a esta altura solo lograría dilatar el acceso a la justicia. "Es mi voluntad que la causa quede en la justicia sanjuanina. Queremos que sea rápido, que no haya dilatación y que esto se cierre", expresó el progenitor ante el magistrado.
En la misma línea, la madre subrayó que la niña nació y vivió la mayor parte de su vida en San Juan. Como un factor determinante en la audiencia, ambos padres asumieron el estricto compromiso de trasladar a su hija a la provincia las veces que sea necesario y garantizaron su plena disposición para que la menor vuelva a declarar y se someta a nuevas pericias, priorizando la celeridad del caso por sobre la incomodidad del traslado.
La denuncia original fue radicada en una Oficina de Violencia de Género el 9 de abril de 2026 en Jujuy. Según la acusación, el hecho tuvo lugar la madrugada del 25 de diciembre de 2025, cuando la menor se encontraba en San Juan para pasar las fiestas de Navidad.
La niña relató que en el domicilio del imputado -quien es su padrino-, este le ofreció tragos de fernet mientras se encontraban cerca de la pileta. Tras perder la noción del tiempo y advertir que se encontraba sin ropa, la víctima intentó resguardarse en el agua, momento en el que el acusado habría ingresado a la pileta manifestando sus intenciones de abusar de ella. Posteriormente, en el interior de la vivienda y sobre un sillón, el sujeto le exigió que lo masturbara. La menor logró detener la situación fingiendo haberse quedado dormida.
La situación del imputado y la resolución
Por su parte, la defensa técnica de este sujeto, encabezada por la abogada María Filomena Noriega, acompañó el pedido de la querella y solicitó que el juez se declarara competente. Noriega fundamentó el principio de territorialidad, indicando que tanto el ilícito como el escenario pertenecen a San Juan.
Además, la letrada expuso la compleja situación procesal y de salud de su cliente. Este hombre padece obesidad mórbida, arrastra complicaciones posoperatorias tras un grave accidente sufrido el año pasado, y actualmente cumple prisión domiciliaria por otra investigación penal preparatoria llevada a cabo por UFI CAVIG, donde está imputado por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de su propia esposa.
Al momento de resolver, el juez Adarvez realizó un exhaustivo análisis constitucional. El magistrado citó el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional y la Convención de los Derechos del Niño, destacando la necesidad de encontrar un equilibrio entre el Interés Superior del Niño -que sugiere litigar en su centro de vida habitual- y el legítimo derecho a la defensa del imputado, así como los principios procesales que sugieren no desdoblar causas.
Finalmente, Adarvez concluyó que los padres son quienes mejor representan los intereses de la menor en esta instancia. Al escuchar su voluntad indeclinable de que el proceso se desarrolle en San Juan y contar con el compromiso de contención familiar para afrontar las nuevas pericias, el juez falló a favor de la competencia local para no generar demoras injustificadas en la búsqueda de la verdad.
Fuente: Tiempo de San Juan
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